En el recurso contencioso-administrativo número 1.106/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «The Concentrate Manufacturing Company of Ireland» (comerciando también como Seven-Up International), contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha 4 de enero de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 21 de mayo de 1993, por la que se concedió el registro a la marca número 1.509.941 denominación «Tonic-Up», clase 32, declaramos que dicha resolución es nula, por no ser ajustada a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid