En cumplimiento de lo solicitado por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Tercera), y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 64.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Subsecretaría acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso número 1/457/1996, interpuesto por la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos, contra el Real Decreto 398/1996, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1485/1987, de 4 de diciembre, que fija especificaciones de gasóleos, en corcondancia con las de la UE y se especifican gasolinas sin plomo.
Asimismo, y a tenor de lo dispuesto en el citado precepto, se emplaza a todos los interesados en el mismo, para que comparezcan y se personen en los autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de esta Resolución.
Madrid, 2 de agosto de 1996.-El Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.
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