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Documento BOE-A-1996-20091

Orden de 30 de julio de 1996 por la que se aprueba, de oficio, la extinción de la autorización de los centros privados de educación especial que se relacionan en anexo a la presente Orden.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 3 de septiembre de 1996, páginas 26873 a 26874 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-20091

TEXTO ORIGINAL

Vistos los antecedentes de los centros privados de educación especial que se relacionan en anexo y que, de hecho, han cesado en sus actividades docentes, extinguiéndose así su autorización.

Hechos

Primero.-Los centros tratados no han cumplido la obligatoriedad de aportar los datos de escolarización que se les había solicitado, con lo que se evidencia su falta de funcionamiento.

Segundo.-Por parte de la Dirección General de Centros Educativos, se ha otorgado a los titulares de los centros trámite de audiencia, tal como contempla la normativa legal.

Tercero.-Los centros relacionados en anexo no están acogidos al régimen de conciertos educativos.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Son de aplicación, en este caso, las siguientes disposiciones:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 4), reguladora del Derecho a la Educación.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo.

Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorización de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Segundo.-Es objetivo primordial llevar a cabo las correspondientes inscripciones de cese en el Registro de Centros Docentes, a fin de que los datos contenidos en el mismo reflejen la realidad existente.

Tercero.-En consecuencia, y según lo dispuesto en el artículo 16.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, proceder dar cumplimiento a lo expuesto.

Por todo ello, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar, de oficio, la extinción de la autorización de los centros privados de educación especial que se relacionan en anexo a la presente Orden ministerial, por no ejercer la actividad docente para la que fueron autorizados.

Segundo.-Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dichos centros; siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura de los mismos, dar cumplimiento a los preceptos legales vigentes en materia de autorización de centros escolares privados.

Tercero.-Contra la presente disposición, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre.

Madrid, 30 de julio de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

ANEXO QUE SE CITA

Código: 33021461. Provincia: Asturias. Municipio: Oviedo. Localidad: Oviedo. Denominación: «Alfalar». Domicilio: Campomanes, 11. Titular: Doña María Jesús García Sánchez.

Código: 28030290. Provincia: Madrid. Municipio: Collado Villalba. Localidad: Los Negrales. Denominación: «Apascovi». Domicilio: travesía Batalla de Bailén, sin número. Titular: Asociación de Padres y Amigos de Niños Subdotados.

Código: 28007929. Provincia: Madrid. Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Denominación: «María Inmaculada». Domicilio: Méjico, 10. Titular: Reverendas Terciarias Franciscanas de la Purísima.

Código: 28030587. Provincia: Madrid. Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Denominación: «Peripatos». Domicilio: Endrinas, 7. Titular: Don Benigno Martín García.

Código: 28028295. Provincia: Madrid. Municipio: Móstoles. Localidad: Móstoles. Denominación: «FANEM». Domicilio: Simón Hernández, 92 (urbanización «Los Delfines»). Titular: Familias y Amigos de Niños Especiales de Móstoles.

Código: 28035779. Provincia: Madrid. Municipio: Paracuellos del Jarama. Localidad: Belvis del Jarama. Denominación: «Belvis del Jarama». Domicilio: Escuelas, sin número. Titular: Asociación de Padres de Niños Autistas.

Código: 47003179. Provincia: Valladolid. Municipio: Valladolid. Localidad: Puente Duero. Denominación: «Inmaculada Concepción». Domicilio: Carretera de Villanueva de Duero, kilómetro 11,400. Titular: Don Emilio Bautista Soto.

Código: 50010260. Provincia: Zaragoza. Municipio: Zaragoza. Localidad: Zaragoza. Denominación: «Centro de Educación Especial para Deficientes Motóricos». Domicilio: Balbino Orensanz, sin número. Titular: Asociación de Padres de Disminuidos Físicos de Zaragoza.

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