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Documento BOE-A-1996-18560

Resolución de 10 de julio de 1996, de la Universidad de Extremadura, por la que se ejecuta, en sus propios términos, la sentencia número 775/1996, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo número 882/1994, promovido por doña María José Morlans Loriente.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 9 de agosto de 1996, páginas 24808 a 24808 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-18560

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 882/1994, seguido a instancia de doña María José Morlans Loriente, y que versa sobre resolución dictada por el Rectorado de la Universidad de Extremadura, de fecha 3 de marzo de 1994 por la que se destina la solicitud de abono de trienios devengados en la cuantía correspondiente al grupo al que actualmente pertenece, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado sentencia número 775/1996, de fecha 29 de junio de 1996, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María José Morlans Loriente contra los actos reflejados en el fundamento de derecho primero de la presente Resolución, los cuales se confirman por ser ajustados a derecho, y todo ello sin efectuar declaración alguna en cuanto a costas.»

En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Badajoz, 10 de julio de 1996.-El Rector, César Chaparro Gómez.

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