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Documento BOE-A-1996-17350

Orden de 21 de junio de 1996 por la que se aprueba la extinción de la autorización, por cambio de domicilio, y se autoriza la apertura y funcionamiento, en el nuevo domicilio, al centro concertado de Educación Especial «El Nido», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 27 de julio de 1996, páginas 23368 a 23368 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-17350

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente promovido por don Andrés Aberasturi Ferrer, en representación de la «Sociedad Cooperativa Limitada El Nido», titular del centro privado concertado de Educación Especial denominado «El Nido», en solicitud de cambio de domicilio de la avenida de la Victoria, 120, a la calle Adonis, 1 (antes Villadiego), ambas de Madrid.

Hechos

Primero.-El centro domiciliado en la avenida de la Victoria, 120, se encuentra autorizado para cinco unidades de Educación Especial de seis a dieciséis años. Asimismo, tiene suscrito concierto educativo para el mismo número de unidades, en virtud de Orden de 13 de abril de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 23).

Segundo.-Con fecha 15 de febrero de 1996, la Dirección General de Centros Escolares dictó resolución aprobatoria del proyecto de instalaciones de un centro de Educación Especial, con capacidad para cinco unidades de alumnos de seis a dieciséis años.

Tercero.-El promotor del centro, mediante escrito de fecha 14 de marzo de 1996, comunica que han finalizado las reformas previstas en el mismo.

Cuarto.-La Unidad Técnica de Construcción de la Dirección Provincial de Educación y Ciencia de Madrid, en su informe de fecha 9 de mayo de 1996, manifiesta que las instalaciones son conformes al proyecto aprobado.

Fundamentos de derecho

Primero.-Son de aplicación a este expediente las siguientes disposiciones:

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 4), reguladora del Derecho a la Educación.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 16), de Ordenación de la Educación Especial.

Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 25), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.

Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Orden de 26 de marzo de 1981 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de abril), por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de centros de Educación Especial.

Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), por la que se establecen las proporciones profesionales/ alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales.

Segundo.-Teniendo en cuenta los informes de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos y de la Unidad Técnica de Construcción, de fechas 16 de enero y 9 de mayo de 1996, respectivamente, y demás documentación que contiene el expediente, y dado que las instalaciones propuestas coinciden con el proyecto aprobado, se deduce que el centro reúne los requisitos establecidos en la vigente legislación sobre autorizaciones de centros docentes privados para acceder a la autorización solicitada.

Tercero.-Asimismo, teniendo en cuenta que el centro «El Nido», sito en avenida de la Victoria, 120, se encuentra acogido al régimen de conciertos educativos, y que el alumnado perteneciente al mismo se escolariza en el centro de la calle Adonis, 1, procede mantener el concierto educativo para las nuevas dependencias y con el mismo número de unidades.

Por todo ello, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la extinción de la autorización, por cese de actividades docentes, del centro privado de Educación Especial denominado «El Nido», con domicilio en avenida de la Victoria, 120, de Madrid, debiendo causar baja en el Registro de Centros Docentes.

Segundo.-Conceder autorización de apertura y funcionamiento al centro privado de Educación Especial, cuyos datos se detallan a continuación:

Denominación: «El Nido».

Provincia: Madrid.

Municipio: Madrid.

Localidad: Madrid.

Domicilio: Calle Adonis, 1.

Persona o entidad titular: «Sociedad Cooperativa Limitada El Nido».

Capacidad: Cinco unidades de Educación Especial para alumnos de seis a dieciséis años.

El centro deberá cumplir lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), por la que se establecen las proporciones profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales.

El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/91, de Condiciones de Protección contra Incendios de los Edificios, aprobada por Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.

Tercero.-Rescindir el concierto educativo suscrito por el centro «El Nido», sito en avenida de la Victoria, 120, de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 47.g) del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

Cuarto.-Aprobar la suscripción de concierto educativo, del centro privado de Educación Especial «El Nido», domiciliado en calle Adonis, 1, de Madrid, para cinco unidades de alumnos de seis a dieciséis años.

Quinto.-a) La Dirección Provincial de Educación y Cultura de Madrid, notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse el concierto en los términos que por la presente se acuerda.

b) El nuevo concierto educativo se firmará por el Director provincial de Educación y Cultura de Madrid y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 21 de junio de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nassarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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