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Documento BOE-A-1996-15494

Orden de 17 de junio de 1996 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en los recursos contencioso-administrativos acumulados 3/624/93; 3/1912/93 y 5/1712/91, promovidos por doña Teresa de Jesús García del Valle.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 5 de julio de 1996, páginas 21633 a 21633 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-15494

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 1 de febrero de 1996, en los recursos contencioso-administrativos acumulados números 3/624/93; 3/1912/93 y 5/1712/91, en el que son partes, de una, como demandante doña Teresa de Jesús García del Valle, y de otra como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Los citados recursos se promovieron contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas de fechas 23 de enero de 1991, 14 de junio de 1991 y 3 de septiembre de 1991, desestimatorias de los recursos de reposición interpuestos contra otras de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fechas 12 de noviembre de 1990, 9 de abril de 1991 y 27 de mayo de 1991, respectivamente, sobre participación, por promoción interna, en pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo General Auxiliar.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: Estimamos en parte los presentes recursos contencioso-administrativos números 3/624/91; 3/1912/93 y 5/1712/91, interpuestos por doña Teresa de Jesús García del Valle, funcionaria hoy día del Cuerpo Auxiliar de la Administración General de la Seguridad Social, y funcionaria en excedencia del Cuerpo de Ayudantes Postales y de Telecomunicación, en el que se encontraba en activo en el momento de la convocatoria, contra la resolución del Presidente del Instituto Nacional de Administración Pública, por delegación del Secretario de Estado para la Administración Pública; de 23 de enero de 1991 (en el recurso 3/624/93), la de la misma autoridad con delegación de 14 de junio de 1991 (en el recurso 3/1912/93), y la del Subsecretario, por delegación del citado Secretario de Estado, de 3 de septiembre de 1991 (en el recurso 5/1712/91), que desestimaron los tres recursos de reposición interpuestos contra las resoluciones de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fechas 12 de noviembre de 1990, 9 de abril de 1991 y 27 de mayo de 1991, respectivamente, relativas a la Resolución de 25 de septiembre de 1990, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se convocaron pruebas selectivas unitarias para ingreso en los Cuerpos General Auxililar de la Administración del Estado y Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social, y en ambos Cuerpos tanto por el sistema general de acceso libre como por el sistema de promoción interna, teniendo como contenido cada una de las resoluciones impugnadas, la primera por la que se publican las listas de peticionarios admitidos y excluidos para la práctica de dichas pruebas, la segunda por la que se ofrecen vacantes a los aprobados en la convocatoria, y la tercera por la que a los anteriores se les nombra funcionarios de carrera, y por ello anulamos dichas resoluciones, en cuanto que excluyeron a la aquí actora de la participación en la práctica de dichas pruebas, por no ser conformes con el ordenamiento jurídico, y declaramos el derecho que asiste a doña Teresa de Jesús García del Valle, de participar en la referida convocatoria de 25 de septiembre de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" del siguiente día 28 -disposición 23893-), en cuanto a su condición de funcionaria de carrera del Cuerpo de Ayudantes Postales y de Telecomunicación, y por el procedimiento de promoción interna establecido en dicha convocatoria, con todos los efectos establecidos en la misma y que se deriven del resultado, y condenamos a la Administración General del Estado demandada, a estar y pasar por tales declaraciones, y a que adopte las medidas necesarias para su ejecución y cumplimiento; desestimamos las demás pretensiones de las demandas, absolviendo a la Administración demandada de las mismas; todo ello, sin expresa imposición de las costas causadas en este proceso.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 17 de junio de 1996.-P. D. (Orden 11 de septiembre de 1992 «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime RodríguezArana Muñoz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública y Director del Instituto Nacional de Administración Pública.

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