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Documento BOE-A-1996-14840

Corrección de erratas de la Resolución de 12 de junio, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, relativa al diseño de los soportes magnéticos relativos al avituallamiento a aeronaves, embarcaciones y en operaciones de dragado.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 28 de junio de 1996, páginas 20869 a 20870 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-14840
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/06/12/(1)/corrigendum/19960628

TEXTO ORIGINAL

Advertidas erratas en el texto remitido para su publicación de la Resolución de 12 de junio de 1996, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, relativa al diseño de los soportes magnéticos relativos al avituallamiento a aeronaves, embarcaciones y en operaciones de dragado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 148, de 19 de junio de 1996, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 20073, apartado cuarto, párrafo segundo, línea tercera, donde dice: «Gsetión», debe decir: «Gestión».

En la página 20077, anexo II:2/8, línea tercera, donde dice: «IA», debe decir: «1A».

En la página 20085, anexo V:5/9, décima línea, donde dice: «66», debe decir: «6».

En la misma página y anexo, línea catorce, donde dice: «está a blancos», debe decir: «están a blancos».

En la página 20086, anexo V:9/9, segunda línea, donde dice: «y si se tratase de», debe decir: «y se tratase de».

En la página 20092, anexo VIII:1/10, donde dice: «DATGttaa», debe decir: «DAGttaa».

En la página 20093, anexo VIII:4/10, donde dice: «Número de registros tipo», debe decir: «Número de registros de tipo».

En la misma página, anexo VIII:6/10, donde dice: «011-069», debe decir: «011-060».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 28/06/1996
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Resolución de 8 de octubre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-19791).
  • Fecha de derogación: 13/11/2001
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 12 de junio de 1996 (Ref. BOE-A-1996-14063).
Materias
  • Aeronaves
  • Buques
  • Carburantes y combustibles
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Impuestos Especiales
  • Informática
  • Productos petrolíferos

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