De conformidad con lo interesado por la Sala Tercera, sección número 6, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 61.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Subsecretaría acuerda la remisión a dicha Sala del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo número 1/307/95, interpuesto por la Asociación Humanista de Objetores, contra el Real Decreto 266/1995, de 24 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 16 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento sobre Objeción de Conciencia y Prestación Social Sustitutoria.
Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 64.1 de la Ley citada, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor derivasen derechos de la disposición impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen ante la referida Sala, en el plazo de nueve días siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de enero de 1996.-El Subsecretario, Luis Herrero Juan.
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