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Documento BOE-A-1996-1362

Acuerdo de 9 de enero de 1996, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, haciendo público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias de 13 de diciembre de 1995, por el que se aprueba la nueva distribución de materias entre las Secciones funcionales en que se integró la Sala de lo Contencioso-Administrativo del citado Tribunal.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 20 de enero de 1996, páginas 1827 a 1827 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1996-1362

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 9 de enero de 1996, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias de 13 de diciembre de 1995, por el que se aprueba la nueva distribución de materias entre las secciones funcionales en que se integró la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Al proceder a dividir en dos Secciones esta Sala de lo Contencioso-Administrativo, en virtud de acuerdo aprobado por el Consejo General del Poder Judicial con fecha 8 de octubre de 1991, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 16, del mismo mes y año, se estableció la prudente previsión de revisar la distribución de materias entre las Secciones, una vez transcurrido el plazo de seis meses, previsión que se reiteró en revisiones semestrales para mantener el adecuado equilibrio entre las Secciones, en acuerdo de la Sala de Gobierno de 28 de abril de 1993, publicada por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de mayo siguiente.

Como tal circunstancia concurre, al evidenciarse un notorio desequilibrio en el número de asuntos, en perjuicio de la Sección Segunda, procede efectuar una nueva revisión en la distribución de las materias, en el sentido de atribuir como comunes a ambas Secciones los recursos sobre materias no atribuidas de manera expresa a cada una de ellas (residual) y las que tengan por objeto la responsabilidad patrimonial de la Administración, con normas internas de distribución por períodos de tiempo determinado a fin de mantener el equilibrio entre las dos Secciones, y sin perjuicio de las revisiones semestrales que las circunstancias aconsejen.

Los efectos de la nueva distribución comenzarán a regir a partir del 1 de enero de 1996.

Madrid, 9 de enero de 1996.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

SALA SANCHEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 09/01/1996
  • Fecha de publicación: 20/01/1996
Materias
  • Administración de Justicia
  • Asturias
  • Reparto de asuntos
  • Tribunales Superiores de Justicia

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