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Documento BOE-A-1996-1051

Resolución de 20 de diciembre de 1995, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en las Escalas de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos y Gestores Técnicos de Bibliotecas de esta Universidad, por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1996, páginas 1160 a 1164 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-1051

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3), de medidas urgentes para la reforma de la Función Pública, adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 29), y en uso de la autorización contenida en el apartado tres 1 del artículo 34 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de junio),

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuídas en el artículo 18, en relación con el artículo 3.º, e), de la Ley de Reforma Universitaria, así como en los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real Decreto 1291/1991, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3), acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en las Escalas de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos y Gestores Técnicos de Biblioteca de la Universidad de Castilla-La Mancha, por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas, para la funcionarización del personal laboral fijo de la Universidad que ocupe un puesto de trabajo adscrito en la Relación de Puestos de Trabajo a personal funcionario, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas Generales

1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir las siguientes plazas de las escalas de funcionarios de la Universidad de Castilla-La Mancha, por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas:

Seis plazas de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Tres plazas de la Escala de Gestores Técnicos de Biblioteca.

1.2 El proceso selectivo constará de una fase de concurso y otra de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.3 Los programas que han de regir las pruebas selectivas son los que figuran en el anexo III de esta convocatoria.

1.4 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir de la primera quincena del mes de marzo de 1996.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el ejercicio de la fase de oposición, el Rector de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá ser expuesta, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del Rectorado.

1.6 El personal que supere las pruebas selectivas quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que su puesto se haya reconvertido, y deberá permanecer en el mismo durante un plazo mínimo de dos años, siéndole de aplicación lo dispuesto en el artículo 20.1, f), de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.7 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril), el anexo III del acuerdo de Junta de Gobierno de la Universidad de 20 de julio de 1994 por el que se aprueba el Reglamento de implantación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Universidad de Castilla-La Mancha («Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo de 1995), y lo dispuesto en las presentes bases.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión de la siguiente titulación académica o legalmente equivalente:

2.1.3.1 Para la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos: Título de Diplomado universitario, Ingeniero técnico o Arquitecto técnico.

2.1.3.2 Para la Escala de Gestores Técnicos de Biblioteca: Título de Bachiller superior o Formación Profesional II.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.1.6 Desempeñar un puesto de trabajo clasificado como reservado a funcionario en la correspondiente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Universidad de Castilla-La Mancha, «Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo de 1995.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad, Vicerrectorado de Albacete, Cuenca y Toledo, y Centros docentes de la Universidad. A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

A efectos de puntuación en la fase de concurso, los aspirantes deberán presentar certificación, expedida por la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad de Castilla-La Mancha, acreditativa de los extremos contenidos en el punto 1.2.1 del anexo 1 a la presente convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna para mejor valoración de los méritos alegados.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1, «ejemplar a presentar por el interesado», del modelo de solicitud) se hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de Castilla-La Mancha, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá al Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Las solicitudes cursadas por los españoles en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 6 de la misma. Asimismo deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 7, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los ejercicios de la fase de oposición se realizarán únicamente en Ciudad Real; en consecuencia, los aspirantes deberán dejar en blanco el recuadro correspondiente a «provincia de examen».

3.5 Los derechos de examen serán de 2.500 pesetas y se ingresarán en la cuenta cliente código 2105 0200 37 0140037223 de Caja Castilla-La Mancha, oficina calle Ciruela, número 9, en Ciudad Real.

El ingreso podrá realizarse en metálico o mediante transferencia bancaria.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del pago de los derechos. La falta de este justificante determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la transferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7 A la solicitud se incorporará, de oficio, certificación expedida por la Gerencia acreditativa de hallarse incluido en alguno de los supuestos previstos en el apartado 5.º del Acuerdo de Junta de Gobierno, sobre proceso de funcionarización, publicado por Resolución de la Universidad, de fecha 21 de marzo de 1995, «Boletín Oficial del Estado» del 8 de mayo.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluídos, se recogerán los lugares y fechas de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluídos con indicación de las causas de exclusión. En esta lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluídos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

La Resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes definitivamente excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de las pruebas será el que figura como anexo III de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procediemiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las causas de abstención citadas.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad al comienzo de las pruebas selectivas, el Rector publicará en el «Boletín Oficial del Estado» Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudiera suscitar la aplicación de estas normas, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que las hubieran solicitado en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la administración laboral, sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Castilla-La Mancha, calle Paloma 9, 13001 Ciudad Real. Teléfono (926) 29 53 00.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que a cada Escala corresponda, de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar o declarar que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra O, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 16 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 19), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 11 de mayo de 1995.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del tribunal para que acrediten su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización del ejercicio, en único llamamiento, siendo excuídos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades en que haya incurrido el aspirante, en la solicitud de admisión, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso ordinario ante el Rector.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas, por orden de puntuación y con indicación de sus números de documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se hubieran hecho públicas las listas de aprobados en el « Boletín Oficial del Estado», los opositores aprobados deberán presentar en la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad de Castilla-La Mancha los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite tener cursados todos los estudios necesarios para la obtención del mismo.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiesen haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en la base 1.4 previa oferta de los mismos.

8.4 Por el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ciudad Real, 20 de diciembre de 1995.-El Rector, Luis Alberto Arroyo Zapatero.

ANEXO I
1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección en todas las Escalas constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

1.2 Fase de concurso:

1.2.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán exclusivamente los méritos adquiridos por el personal no funcionario, con contrato laboral fijo, que a la entrada en vigor de la Ley 23/1988, de 28 de julio, viniera prestando servicios en la Universidad de Castilla-La Mancha en puestos a desempeñar por personal funcionario de las Escalas a las que corresponde la presente convocatoria.

1.2.2 En esta fase se tendrán en cuenta específicamente los méritos adquiridos por dicho personal en el desempeño de los puestos de trabajo citados.

1.3 Fase de oposición:

1.3.1 Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

La fase de oposición constará de tres ejercicios, ninguno de los cuales, individualmente considerados, tendrá carácter eliminatorio. El primer y segundo ejercicio se desarrollarán en la misma sesión.

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas con respuestas alternativas basado en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

Segundo ejercicio.-Constará de dos partes:

a) Redacción de los asientos bibliográficos de dos impresos modernos, uno de los cuales deberá ser obligatoriamente en castellano. El asiento bibliográfico constará de:

Catalogación de acuerdo con las vigentes «Reglas de Catalogación» de la Dirección General del Libro y Bibliotecas.

Encabezamiento de materia, según la lista de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla.

CDU.

Los opositores podrán utilizar el material antes mencionado para proceder a la catalogación y clasificación, además de los diccionarios de las lenguas en que estén escritas las obras sobre las que vayan a trabajar.

b) Redacción de la ficha catalográfica de un expediente de los siglos XIX y XX. Los opositores trabajarán sobre fotocopias, pudiendo consultar los originales en la Mesa del Tribunal.

El tiempo para la realización del segundo ejercicio será de dos horas.

Tercer ejercicio.-Resolución de un caso práctico sobre las siguientes materias: Información bibliográfica, organización y funcionamiento de los servicios bibliotecarios, aplicación de nuevas tecnologías, bibliometría, evaluación de calidad y organización de los archivos universitarios.

El tiempo de realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

1.3.2 Escala de Gestores Técnicos de Biblioteca.-La fase de oposición constará de dos ejercicios, ninguno de los cuales, individualmente considerados, tendrá carácter eliminatorio, y ambos se desarrollarán en la misma sesión.

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar un cuestionario de 25 preguntas con respuestas alternativas basado en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos.

Segundo ejercicio.-Constará de dos partes:

a) Resolución de un supuesto práctico sobre: Ordenación de fondos, referencias bibliográficas y resolución de preguntas de usuarios.

b) Catalogación a un nivel de dos monografías.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

2. Valoración

2.1 Fase de concurso: Se otorgará a cada aspirante por cada año completo, o fracción superior a seis meses, de servicio efectivamente prestado, o reconocido en virtud de convenio, en cualquiera de los puestos de trabajo especificados en el punto 1.2.1 de este anexo, hasta la fecha de esta convocatoria, 1 punto, hasta un máximo de 20 puntos.

2.2 Fase de oposición:

2.2.1 Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán en la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará con una puntuación entre 0 y 15 puntos.

Segundo ejercicio: Se calificará con una puntuación entre 0 y 15 puntos.

Tercer ejercicio: Se calificará con una puntuación entre 0 y 15 puntos.

2.2.1.1 La calificación final de la fase de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la misma, siendo necesario obtener una puntuación total de 20 puntos para superarla y un mínimo de cinco puntos en cada ejercicio.

2.2.2 Escala de Gestores Técnicos de Biblioteca.-Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán en la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará con una puntuación entre 0 y 15 puntos.

Segundo ejercicio: Se calificará con una puntuación entre 0 y 15 puntos.

2.2.2.1 La calificación final de la fase de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la misma, siendo necesario obtener una puntuación total de 15 puntos para superarla y un mínimo de cinco puntos en cada ejercicio.

2.3 En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio o sucesivos de la oposición. Si persistiese el empate a puntos, éste se dirimirá por orden alfabético del primer apellido, iniciándose el citado orden por la letra a que se refiere la base 6.1 de la presente convocatoria.

ANEXO II
Programas

1. Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Castilla-La Mancha

Tema 1. Bibliotecas y Sistemas de Información. Concepto, función y clases.

Tema 2. Principales Bibliotecas y Centros de Documentación en España y en el extranjero.

Tema 3. Selección y adquisición de fondos en las bibliotecas y Centros de Documentación.

Tema 4. Proceso Técnico de las publicaciones. Procedimientos normales y automatizados.

Tema 5. Análisis de los distintos tipos de catálogos utilizados en una Biblioteca.

Tema 6. Principales sistemas de clasificación bibliográfica. La CDU.

Tema 7. Descriptores y encabezamientos de materias: Concepto, función y diferencias.

Tema 8. La normalización de la identificación bibliográfica: Las ISBD, el ISBN, el ISSN.

Tema 9. Análisis documental. Indización. Resúmenes.

Tema 10. Lenguajes documentales. Thesaurus: Concepto, elaboración y mantenimiento.

Tema 11. Servicios a los lectores: Información bibliográfica, difusión selectiva de la información, préstamo.

Tema 12. La automatización de la gestión y de los servicios bibliotecarios.

Tema 13. La cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes de bibliotecas.

Tema 14. Formación de usuarios en las bibliotecas universitarias. Servicios de extensión universitaria.

Tema 15. Las nuevas tecnologías de información y su aplicación a los servicios bibliotecarios.

Tema 16. La Bibliometría. Aplicación a los servicios bibliotecarios.

Tema 17. Definición y objetivo de la bibliografía. Clases de bibliografías. Principales repertorios bibliográficos.

Tema 18. Los catálogos colectivos. Concepto y fines. Principales catálogos colectivos del mundo.

Tema 19. Clases de archivos. Archivos españoles e internacionales más importantes.

Tema 20. Instalación de archivos. Conservación y restauración de los documentos.

Tema 21. Concepto y valor de los documentos. Clasificación y ordenación.

Tema 22. Organización de los fondos documentales. Instrumentos de descripción: Guías, índices, registros, inventarios y catálogos.

Tema 23. Transferencias de documentos y expurgo. Mecanización de las tareas de archivo.

Tema 24. Los museos. Concepto, función y clasificación.

Tema 25. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.

Tema 26. El libro y las bibliotecas desde la invención de la imprenta hasta el siglo XX.

Tema 27. Ilustración y encuadernación del libro.

Tema 28. La industria editorial y el comercio librero en la actualidad.

Tema 29. Legislación sobre la propiedad intelectual y el patrimonio artístico, bibliográfico y documental.

Tema 30. La Universidad de Castilla-La Mancha. Sus Estatutos.

Tema 31. El funcionario público. Concepto y clases. Situaciones, deberes y derechos.

2. Escala de Gestores Técnicos de Bibliotecas de la Universidad de Castilla-La Mancha

Tema 1. Concepto y función de la Biblioteca. Tipos de Bibliotecas.

Tema 2. Las Bibliotecas Universitarias.

Tema 3. Los documentos y sus clases.

Tema 4. La adquisición y registro de fondos bibliográficos. Control de publicaciones periódicas.

Tema 5. Los catálogos: Concepto, clases y fines.

Tema 6. Sistemas de clasificación bibliográfica: la CDU. Ordenación de fondos.

Tema 7. Conservación y restauración de fondos bibliográficos. Técnicas de reproducción de documentos.

Tema 8. Las nuevas tecnologías y su aplicación a los servicios de información.

Tema 9. Servicios a los lectores. Préstamo interno e interbibliotecario.

Tema 10. Servicios a los lectores. Información y atención al público.

Tema 11. El funcionario público: Concepto y clases. Situaciones, deberes y derechos.

Tema 12. La Universidad de Castilla-La Mancha. Sus Estatutos.

ANEXO III
Tribunales

Tribunal titular:

Presidente: Don Ignacio Miguel Gavira Tomás, Funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Castilla-La Mancha, por delegación del Rector.

Vocales:

Doña Enma Cadahía Fernández, Funcionaria del Cuerpo Facultativo de Archivos y Bibliotecas, en representación de la Universidad.

Doña Pilar Alonso Rodríguez, Funcionaria de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Carlos III, en representación de la Universidad.

Don Francisco Alía Miranda, Funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación de la Universidad.

Don Antonio Galán Gall, Funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Gervasio Fernández Riol, Funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Castilla-La Mancha, por delegación del Rector.

Vocales:

Doña María Begoña Marlasca Gutiérrez, Funcionaria del Cuerpo Facultativo de Archivos y Bibliotecas, en representación de la Universidad.

Don Mariano Garcia Ruiperez, Archivero Municipal de Toledo, en representación de la Universidad.

Don Angel Aguilar Bañón, Funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, en representación de la Universidad.

Don Ramón Caballero Klink, Funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Castilla La Mancha, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

ANEXO IV
Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala , que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En, a de de 199

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