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Documento BOE-A-1995-8439

Resolución de 14 de marzo de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el recurso contencioso-administrativo número 994/94, interpuesto por doña María Ángela Paz Cabarcos Herrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 1995, páginas 10339 a 10340 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-8439

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado una sentencia el 30 de diciembre de 1994 en el recurso contencioso-administrativo número 994/94, interpuesto por doña María Angela Paz Cabarcos Herrero, contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 11 de abril de 1994 que denegó la petición de la reclamante de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía correspondiente al grupo al que pertenece.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Angela Paz Cabarcos Herrero, contra resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 11 de abril de 1994, por la que se deniega la petición de la recurrente de abono en cuantía correspondiente al grupo de su pertenencia de todos los trienios perfeccionados en grupo inferior; sin hacer imposición de costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 14 de marzo de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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