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Documento BOE-A-1995-6723

Orden de 23 de febrero de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 2.141/1992, interpuesto por doña Merce fuentes Pujol y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 1995, páginas 8490 a 8490 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1995-6723

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 17 de octubre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena), en el recurso contencioso-administrativo número 2.141/1992, promovido por doña Merce Fuentes Pujol y otros, contra Resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de alzada formulado sobre su exclusión de la lista de admitidos al curso de perfeccionamiento para la obtención del título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Alvarez Buylla, en nombre y representación de doña Merce Fuentes Pujol, don Francisco Javier Forga Visa, don Jordi Olle Pons y don Pere Casafont Clotet, contra la Resolución de la Dirección General de Servicios de 15 de abril de 1991, confirmada en alzada por acuerdos de 18, 19 y 21 de noviembre de 1991, de la Dirección General de Recurso Humanos y Organización, por ser conformes a Derecho.

No ha lugar a hacer un especial pronunciamiento sobre las costas causadas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 23 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Profesional.

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