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Documento BOE-A-1995-645

Orden de 20 de diciembre de 1994 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de noviembre de 1994 en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en fecha 6 de junio de 1994 por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 1/2.805/1992 interpuesto por don José Antonio Hergueta García.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 1995, páginas 965 a 965 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1995-645

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/2.805/1992 interpuesto por don José Antonio Hergueta García contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 30 de noviembre de 1990 por el que se desestima la reclamación formulada por el actor en solicitud de indemnización por daños y perjuicios derivados de la aplicación del artículo 33 y disposición transitoria novena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, confirmado por Acuerdo de 18 de octubre de 1991, al resolver recurso de reposición, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 6 de junio de 1994, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 2.805/1992 interpuesto por don José Antonio Hergueta García, asistido del Letrado don José Luis de Juan Peñalosa, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 30 de noviembre de 1990 por el que se desestima la reclamación formulada por el actor en solicitud de indemnización por daños y perjuicios derivados de la aplicación del artículo 33 y disposición transitoria novena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, confirmado por Acuerdo de 18 de octubre de 1991, al resolver, recurso de reposición; sin hacer expresa condena en costas.»

El Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de noviembre de 1994 ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 20 de diciembre de 1994.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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