Visto el expediente de indulto de don Juan José Delgado Ramos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz, en sentencia de fecha 25 de marzo de 1993, como autor de un delito de robo, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 20 de julio de 1989, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero de 1995,
Vengo en conmutar a don Juan José Delgado Ramos la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión menor, a condición de que satisfaga las responsabilidades civiles fijadas en sentencia, en el plazo de un mes, y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 10 de febrero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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