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Documento BOE-A-1995-3305

Resolución de 13 de enero de 1995, de la Dirección de Administración y Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Energía, por la que se amplia la homologación concedida a la caldera mural marca «Fagor» modelo F-15, a la caldera mural marca «Fagor» modelo FC-15L, fabricada por «Fagor Electrodomésticos, Sociedad Cooperativa Limitada», en Mondragón (Guipúzcoa).

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 7 de febrero de 1995, páginas 3924 a 3924 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-1995-3305

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección de Administración y Seguridad Industrial, la solicitud presentada en la Delegación Territorial de Industria de Guipúzcoa con fecha 1 de diciembre de 1994, por «Fagor Electrodomésticos, Sociedad Cooperativa Limitada», número RI 20/19.627, con domicilio social en Mondragón, barrio San Andrés, sin número, Territorio Histórico de Guipúzcoa, para la ampliación de la homologación concedida a la caldera mural marca «Fagor» modelo F-15, a la caldera mural marca «Fagor» modelo base FC-15L, y sus modelos derivados FC-15 y FC-15 D, ambos de la misma marca «Fagor», fabricada por «Fagor Electrodomésticos, Sociedad Cooperativa Limitada», en su instalación industrial ubicada en Mondragón, barrio San Andrés, sin número, Territorio Histórico de Guipúzcoa.

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya ampliación de homologación solicita;

Resultando que por Resolución de 30 de diciembre de 1992 de la Dirección de Administración Industrial se procedió a la homologación de la caldera mural marca «Fagor» modelo base F-20 y su modelo derivado F-15 de la misma marca, con la contraseña de homologación CGC-0074 P, haciendo constar que el producto cumple con las especificaciones estabelcidas en el Real Decreto 494/1988, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos que utilizan gas como combustible;

Resultando que las diferencias existentes entre el nuevo modelo y el ya homologado son solamente de tipo estético por lo que no afectan para nada al funcionamiento ni a la seguridad de personas y bienes;

Resultando que el laboratorio AMT de Tres Cantos de Madrid, mediante escrito de fecha 21 de noviembre de 1994, hace constar que no se encuentra ninguna diferencia entre el nuevo modelo de caldera mural FC-15L y el modelo ya homologado F-15, ensayado con fecha 21 de diciembre de 1992 como se refleja en el dictamen de referencia G920108-2 que sirvió de base para su homologación, que pueda afectar a las exigencias de seguridad y justifique la realización de nuevos ensayos;

Resultando que los nuevos modelos derivados FC-15 y FC-15 D, se diferencian del modelo base FC-15L en que el primero no incluye programador y el segundo incorpora mando a distancia;

Resultando que se han cumplido todos los trámites procedimentales establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normas que resultan de aplicación;

Considerando que la Dirección de Administración y Seguridad Industrial, es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el Decreto 56/1993, de 23 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria y Energía, así como en el artículo 9.º del Decreto 275/1986, de 25 de noviembre, sobre Calidad y Seguridad Industrial, resuelvo:

Primero.-Ampliar la homologación concedida a la caldera mural marca «Fagor» modelo F-15, a la caldera mural marca «Fagor» modelo base FC-15L y sus modelos derivados FC-15 y FC-15 D.

Segundo.-Mantener la misma contraseña de homologación CGC-0074 P.

Tercero.-Definir como características técnicas las que figuran en las fichas técnicas.

Cuarto.-Disponer, asimismo, como fecha límite para que el interesado presente, en su caso, los Certificados de Conformidad de Producción antes del 13 de enero de 1997.

Quinto.-Ordenar la notificación y, en su caso, publicación, en forma legal, de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso ordinario, ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Administración y Planificación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Vitoria, 13 de enero de 1995.-La Directora, María Luisa Fuentes Alfonso.

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