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Documento BOE-A-1995-20077

Resolución de 7 de agosto de 1995, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la provisión de la plaza de Director del Centro Cultural de San José (Costa Rica).

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 24 de agosto de 1995, páginas 26263 a 26264 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1995-20077

TEXTO ORIGINAL

I. Características de las plazas y funciones.-Concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de Economía y Hacienda y para las Administraciones Públicas, en base a lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994, y de acuerdo con lo dispuesto en la circular de 12 de abril de 1993 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, se anuncia, a convocatoria pública y abierta, la plaza de Director del Centro Cultural de San José (Costa Rica), que será cubierta en régimen de contrato de alta dirección.

El Director del centro cultural desempeñará, en su destino, las siguientes funciones:

a) Dirección del personal del centro cultural y gestión de los recursos económicos asignados al mismo.

b) Programación y ejecución de las actividades culturales a realizar por el centro tras su aprobación por la Dirección General del ICI.

c) Identificación de los temas susceptibles de promocionar la cooperación cultural de España en el país de destino.

d) Contactar con los responsables culturales del país de destino.

e) Asesorar al excelentísimo Embajador de España en temas culturales.

II. Régimen de contratación.-El candidato seleccionado para ocupar la plaza objeto de la presente convocatoria, suscribirá contrato de trabajo de alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, de 6 de mayo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» número 122, del 21).

Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas para la categoría profesional de Experto-Coordinador, mediante Resolución de 30 de marzo de 1995, de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones.

III. Requisitos de los aspirantes.-Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

e) Ser titulado superior universitario.

IV. Méritos específicos:

a) Conocimiento de la realidad sociopolítica y cultural iberoamericana.

b) Experiencia en gestión de recursos humanos y económicos.

c) Experiencia en identificación, gestión, organización y coordinación de proyectos culturales.

d) Conocimientos de la legislación laboral y administrativa española.

e) Facilidad para las relaciones públicas.

f) Se valorará especialmente la experiencia previa en el área de cooperación cultural y la experiencia profesional en instituciones públicas de carácter cultural y particularmente la desarrollada en vinculación con Iberoamérica.

V. Solicitudes.-Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae, dirigido a la excelentísima señora Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional (Secretaría General, avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid), citando expresamente «Plaza de Director del Centro Cultural de San José (Costa Rica)», sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

VI. Valoración de méritos.-La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión formada por el Director general del Instituto de Cooperación Iberoamericana o en quien delegue, que la presidirá; la Secretaria general de la AECI, o en quien delegue, que actuará como Secretaria de la Comisión; un Vocal miembro del citado Instituto y un Vocal miembro del Gabinete Técnico de la Presidencia de la AECI.

La Comisión podrá citar, para la realización de entrevistas personales, a los candidatos que considere oportunos.

Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará una propuesta en forma de terna, a la Presidencia de la AECI, que resolverá, disponiendo la contratación del candidato designado.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, 7 de agosto de 1995.-La Presidenta, Ana María Ruiz-Tagle Morales.

Ilmos. Sres. Directores generales del Instituto de Cooperación Iberoamericana y del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, Director del Gabinete Técnico de la Presidencia y Secretaria General de la AECI.

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