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Documento BOE-A-1995-17506

Orden de 29 de junio de 1995 por la que se dispone, para general conocimiento y cumplimiento, la publicación del fallo de la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en los recursos contencioso-administrativos acumulados 1.344/1991, 1.815/1991 y 1.816/1991, promovidos por don Manuel Sevilla Corella.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 1995, páginas 22250 a 22250 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1995-17506

TEXTO ORIGINAL

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 28 de febrero de 1995, en los recursos contencioso-administrativos acumulados 1.344/1991, 1.815/1991 y 1.816/1991, en el que son partes, de una, como demandante, don Manuel Sevilla Corella, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Los citados recursos fueron promovidos contra la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 1 de abril de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 10), que convocó el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en dicho Departamento; la del mismo Ministerio de fecha 25 de julio de 1991 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de agosto), que resolvió el anterior concurso, y la Orden del mismo organismo, de 31 de octubre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), que resolvía el concurso de méritos para la provisión de plazas convocado el 16 de julio del mismo año («Boletín Oficial del Estado» del 26).

La parte dispositiva de la referida sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Estimamos, en parte, la demanda deducida por don Manuel Sevilla Corella, en los recursos contencioso-administrativos acumulados números 03/1.344, 03/1.815 y 03/1.816/1991, en cuanto al recurso último citado (03/1.816/1991), por el que se impugnó la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 31 de octubre de 1990, que resolvió el concurso de méritos para la provisión de plazas convocado por Orden del mismo Departamento, de 16 de julio del mismo año y, en consecuencia, anulamos dicha resolución de 31 de octubre de 1991 en el particular que aquí se refiere, por ser contraria al ordenamiento jurídico, y declaramos el derecho del actor a que se le adjudique el puesto de trabajo número 22, Jefe de Area de Gestión, que fue declarado desierto, y condenamos a la Administración General del Estado demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que adopte las medidas necesarias para su efectividad; desestimamos las demás pretensiones deducidas en la demanda, de las que se absuelve a la Administración demandada; sin condena en las costas causadas en este proceso.»

En su virtud, este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que se comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 29 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1993, «Boletín Oficial del Estado» del 29), el Director general de Servicios, Enrique Heras Poza.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos de los Organismos Autónomos.

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