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Documento BOE-A-1995-16404

Ley foral 5/1995, de 10 de marzo, por la que se autoriza al Gobierno de Navarra a prestar el aval de la Comunidad Foral de Navarra en favor de la compañía mercantil «Papelera Navarra, Sociedad Anónima».

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1995, páginas 20785 a 20785 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1995-16404
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/1995/03/10/5

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente

LEY FORAL POR LA QUE SE AUTORIZA AL GOBIERNO DE NAVARRA A PRESTAR EL AVAL DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN FAVOR DE LA COMPAÑIA MERCANTIL «PAPELERA NAVARRA, SOCIEDAD ANONIMA»

La Compañía mercantil «Papelera Navarra, Sociedad Anónima», ha solicitado acogerse a los beneficios previstos en la Ley Foral reguladora de la concesión de ayudas al saneamiento y relanzamiento de empresas en crisis, demandando la concesión de avales de la Comunidad Foral de Navarra, por una cuantía máxima de 1.200.000.000 de pesetas, en garantía de los créditos que obtenga de las entidades financieras al objeto fundamental de contribuir a la financiación del plan de inversiones que tiene previsto acometer en el período 1995 a 1997, dentro del plan de saneamiento y relanzamiento proyectado con el fin de superar su crítica situación actual.

Habida cuenta del importe del aval, su concesión por el Gobierno de Navarra precisa de la previa autorización del Parlamento de Navarra, de acuerdo con lo establecido en los artículos 81 de la Ley Foral de la Hacienda Pública de Navarra y 20 de la vigente Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra.

Por lo anterior, el objeto de la presente Ley Foral es conceder la necesaria autorización para prestar el aval referido.

Artículo único.

Se autoriza al Gobierno de Navarra a conceder el aval de la Comunidad Foral de Navarra, hasta el límite máximo de 1.200.000.000 de pesetas, en las operaciones de crédito que pueda concertar la compañía mercantil «Papelera Navarra, Sociedad Anónima», dentro de los ejercicios de 1995, 1996 y 1997, para la financiación del plan de inversiones previstas en el Plan de saneamiento y relanzamiento de dicha compañía.

Disposición final única.

Esta Ley Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S. M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra», y su remisión al «Boletín Oficial del Estado», y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 10 de marzo de 1995.

JUAN CRUZ ALLI ARANGUREN,

Presidente

(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 36, de 20 de marzo

de 1995)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 10/03/1995
  • Fecha de publicación: 07/07/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 20/03/1995
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el BON núm. 36, de 20 de marzo de 1995.
Referencias anteriores
Materias
  • Aval
  • Navarra

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