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Documento BOE-A-1995-15940

Real Decreto 912/1995, de 2 de junio, por el que se segrega y da de baja en la red de carreteras del Estado las autopistas A-17 (Meridiana-Montmeló) y A-19 (Montgat-conexión con la carretera GI-600, de Blanes a Hostalric), de la concesión administrativa unificada de la que es titular «Autopistas, Concesionaria Española, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1995, páginas 20094 a 20095 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-15940
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1995/06/02/912

TEXTO ORIGINAL

En la sesión plenaria de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Generalidad de Cataluña, celebrada el día 10 de mayo de 1995, se adoptó el acuerdo por el que se traspasa funciones de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de carreteras.

Como quiera que las concesiones administrativas de dichas autopistas se encuentran unificadas en una única concesión junto con las relativas a los tramos Montmeló-La Junquera, Barcelona-Tarragona, Montmeló-Papiol y Zaragoza-Mediterráneo, resulta necesario como paso previo para hacer efectivo al traspaso citado en favor de la Generalidad de Cataluña, en calidad de nueva Administración concedente, proceder a la segregación de las citadas autopistas de la actual concesión administrativa unificada de la que es titular «Autopistas, Concesionaria Española, Sociedad Anónima», y el Estado, Administración concedente.

En su virtud, previa comunicación a la sociedad concesionaria, sin que por la misma se haya planteado reparo alguno, y al amparo de lo establecido en los artículos 4.2 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, y 12 de su Reglamento General de Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre; a propuesta del Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de junio de 1995,

DISPONGO:

Artículo 1.

1. Se segregan de la concesión administrativa unificada para la construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión de la que es titular «Autopistas, Concesionaria Española, Sociedad Anónima» (ACESA), las autopistas A-17 (Meridiana-Montmeló) y A-19 (Montgat-conexión con la carretera GI-600, de Blanes a Hostalric), cuya identificación se recoge en el anexo al presente Real Decreto.

2. La concesión matriz y la concesión ahora segregada se regirán por el mismo régimen jurídico, fiscal, administrativo y de cualquier otra índole por el que se venían rigiendo, en la medida en que el mismo no resulte expresamente modificado por el presente Real Decreto.

Artículo 2.

1. Como consecuencia de dicha segregación, la sociedad concesionaria deberá arbitrar cuentas separadas para cada una de las dos concesiones resultantes, matriz y segregada. No obstante, el plan económico-financiero de la sociedad continuará siendo único y constituirá la base económico-financiera global aplicable a ambas concesiones.

2. La sociedad concesionaria deberá presentar a la Generalidad de Cataluña cuentas separadas de las autopistas segregadas a los efectos pertinentes, así como toda la documentación económica y técnica necesaria para el ejercicio de las funciones que como Administración concedente le corresponden.

Artículo 3.

1. Quedan excluidas del catálogo de carreteras del Estado las citadas autopistas A-17 (Meridiana-Montmeló) y A-19 (Montgat-conexión con la carretera GI-600, de Blanes a Hostalric).

2. De acuerdo con lo anterior queda modificado el inventario de las carreteras estatales, incorporado como anexo a la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras.

Dado en Madrid a 2 de junio de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Obras Públicas,

Transportes y Medio Ambiente,

JOSE BORRELL FONTELLES

ANEXO

I. Autopista A-17 (Meridiana-Montmeló)

Formando parte del itinerario Barcelona-Montmeló, cuyo kilómetro 0 se sitúa en la plaza de Las Glorias, la autopista A-17 se inicia en el punto kilométrico 5,525 del mismo, a la altura de la confluencia de la avenida Meridiana con las autopistas A-17 y A-18 y la carretera N-152, y finaliza en el punto kilométrico 19,315 de la calzada sentido norte y en el punto kilométrico 19,400 de la calzada sentido sur, que se corresponden, respectivamente, con los puntos kilométricos 136,245 y 136,165 de la autopista A-7.

La autopista A-17 está compuesta por dos calzadas de tres carriles cada una y comprende los siguientes enlaces:

1. Enlace de la A-17 con la A-18 (punto kilométrico 7,0).

2. Enlace de Mollet (punto kilométrico 14,3), unidireccional en dirección sur, con la carretera B-143, hasta la sección de cruce con el ferrocarril al Papiol-Mollet.

3. Enlace de Montmeló (punto kilométrico 19,0) con la N-152, incluyendo todos sus ramales de enlace con dicha carretera.

II. Tramo Montgat-conexión con la GI-600 (Blanes-Hostalric) de la A-19 (Barcelona-Maçanet)

El tramo se compone de dos subtramos: Uno, en servicio de Montgat a Palafolls (Malgrat), y otro, en fase de proyecto desde el final del primero hasta la conexión con la carretera GI-600, de Blanes a Hostalric.

El subtramo Montgat-Palafolls (Malgrat) se inicia en el punto kilométrico 10,179 de la autopista A-19 (Barcelona-Maçanet) y finaliza en el punto kilométrico 59,173 en su conexión con la carretera N-II, a la altura del punto kilométrico 678 (punto kilométrico 684 que figura en el Real Decreto 1547/1990) de dicha carretera, en las proximidades de la localidad de Palafolls.

El subtramo Palafolls-conexión con la GI-600 se inicia en el final del subtramo anterior y termina en el punto de conexión con la mencionada GI-600, en las inmediaciones del cual tendrá el origen la futura unión de la autopista A-19 con la A-7, siendo la longitud aproximada del subtramo de 3.700 metros.

El subtramo Montgat-Palafolls comprende, además del tronco, compuesto por dos calzadas de tres carriles cada una, los siguientes enlaces, cuya definición completa y elementos funcionales se concretan en los planos de detalle incluidos en las actas de entrega.

1. Enlace de la A-19 con la B-20 (punto kilométrico 12,4).

2. Enlace de Alella (punto kilométrico 14,1) con la carretera BV-5002, de El Masnou a Granollers.

3. Enlace de Premiá (punto kilométrico 20,0) con la carretera BV-5023, de Premiá de Mar a Vilassar de Mar.

4. Enlace de Argentona (punto kilométrico 22,9), unidireccional en dirección sur, con la carretera B-502, de Vilassar de Mar a Argentona.

5. Enlace de Mataró sur (punto kilométrico 23,7), unidireccional en dirección sur, con la carretera N-II (punto kilométrico 645,5), acceso a Mataró, que se extiende hasta el punto kilométrico 26,850 (antiguo) de la A-19 antes de su prolongación, y dentro del ramal, una derivación que incluye el enlace con el camino del Mig.

6. Enlace de Mataró sur (punto kilométrico 25,3), unidireccional en dirección norte, con la carretera N-II (punto kilométrico 643,6), y dentro del ramal, una derivación que incluye el enlace con el camino del Mig.

7. Enlace de la A-19 con la B-40 (punto kilométrico 27,0), de Mataró a Granollers.

8. Enlace de Mataró oeste (punto kilométrico 28,6) con la carretera BV-5032, de Veïnat de Cirera a Mataró.

9. Enlace de Mataró norte (punto kilométrico 31,3), unidireccional en dirección norte, con la carretera BV-5031, de Cornellá a Fogars de Tordera (carretera de Mata).

10. Enlace de Mataró norte (punto kilométrico 31,8), unidireccional en dirección sur, con la carretera N-II (punto kilométrico 648,6).

11. Enlace de Sant Andreu de Llavaneres (punto kilométrico 33,2), unidireccional en dirección sur, con la carretera BV-5033, de Sant Andreu de Llavaneres a la N-II.

12. Enlace de Sant Vicenç de Montalt (punto kilométrico 36,5) con la carretera BV-5034, de Sant Vicenç de Montalt a Caldes d'Estrac.

13. Enlace de Arenys de Mar/Arenys de Munt, que se desarrolla entre los puntos kilométricos 38,5 y 39,5 de la autopista A-19 y que comprende dos conexiones con la red exterior de carreteras: una, con la vía de acceso al polígono industrial desde la N-II, en su punto kilométrico 655,8, y otra, con la B-511, de Arenys de Mar a Sant Celoni. Ambas conexiones quedan unidas mediante dos calzadas laterales paralelas al tronco de la autopista e integradas a la misma como parte del enlace.

14. Enlace de Canet de Mar (punto kilométrico 41,9), en construcción, con vía local lateral a la canalización de la riera, en ejecución.

15. Enlace de Sant Pol de Mar (punto kilométrico 45,5) con la carretera BV-5128, de Sant Cebriá a Sant Iscle de Vallalta y a Sant Pol de Mar.

16. Enlace de Calella-Pineda de Mar (punto kilométrico 50,3) con la carretera N-II (punto kilométrico 668,8).

17. Enlace de Pineda de Mar (punto kilométrico 52,7), unidireccional en dirección norte, con vía local de la riera de Pineda hasta camino paralelo a la riera.

18. Enlace de Palafolls (punto kilométrico 58,6) con la carretera N-II (punto kilométrico 678) (punto kilométrico 684 que figura en el Real Decreto 1547/1990).

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 02/06/1995
  • Fecha de publicación: 30/06/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 20/07/1995
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 12 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (Ref. BOE-A-1994-20934).
  • EN RELACIÓN con la Ley 25/1988, de 29 de julio (Ref. BOE-A-1988-18844).
Materias
  • Autopistas
  • Carreteras
  • Cataluña
  • Concesiones administrativas
  • Demarcaciones de carreteras

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