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Documento BOE-A-1995-14775

Resolución de 29 de mayo de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Aragón, la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón y el Cabildo de Huesca para la realización de trabajos de restauración en la Catedral de Huesca.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 1995, páginas 18276 a 18277 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1995-14775

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Aragón, la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón y el Cabildo de Huesca el Convenio de colaboración para la realización de trabajos de restauración en la Catedral de Huesca, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de mayo de 1995.-La Secretaria general técnica, María Eugenia Zabarte Martínez de Aguirre.

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA, LA DIPUTACION GENERAL DE ARAGON, LA CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON Y EL CABILDO DE HUESCA PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS DE RESTAURACION EN LA CATEDRAL DE HUESCA

En Zaragoza a 15 de mayo de 1995.

REUNIDOS

La excelentísima señora doña Carmen Alborch Bataller, Ministra de Cultura; la excelentísima señora doña Angela Abós Ballarin, Consejera de Educación y Cultura de la Diputación General de Aragón, actuando de acuerdo con los principios competenciales que en materia de cultura confiere a la Administración General del Estado el artículo 149.2 de la Constitución, y a la Comunidad Autónoma de Aragón el artículo 148.1, 16.º, de la Constitución, y el artículo 35, apartado 1.22, del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y reformado por la Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo; el ilustrísimo señor don Manuel Solá Sánchez de Rojas, Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, en su nombre y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas, y el ilustrísimo señor don Damián Peñart Peñart, Presidente del Cabildo de la Catedral de Huesca, en representación del mismo, manifiestan su voluntad de colaborar estrechamente en la realización de trabajos de restauración en la Catedral de Huesca.

Por todo ello, las partes firmantes, exponen:

Que dentro del marco del Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Aragón para la conservación de Catedrales, de 1 de marzo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 24), es su voluntad colaborar en la restauración del Retablo Mayor de la Catedral de Huesca, obra de Damián Forment, a cuyos efectos acuerdan la celebración del presente Convenio, con arreglo a las siguientes

CLAUSULAS

Primera.-El presente Convenio tendrá una vigencia de treinta meses, a partir del momento de su firma, suponiendo una inversión de 40.000.000 de pesetas.

Segunda.-Los estudios previos necesarios, así como la redacción del proyecto de restauración, serán efectuados por los servicios técnicos del Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura.

Tercera.-El Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales designará un Director de los trabajos de restauración, que será asistido en sus labores de supervisión por un Técnico nombrado al efecto por cada uno de los restantes firmantes del Convenio.

Cuarta.-Las obras de conservación y restauración del Retablo Mayor de la Catedral de Huesca, con una inversión estimada en 40.000.000 de pesetas, serán financiadas de acuerdo con la siguiente distribución:

Caja de Ahorros de la Inmaculada: 20.000.000 de pesetas.

Diputación General de Aragón: 12.000.000 de pesetas.

Ministerio de Cultura: 8.000.000 de pesetas.

Los análisis necesarios para la realización de los trabajos serán efectuados por los laboratorios de la Subdirección General de Información e Investigación en Técnicas de Conservación y Restauración, estimándose su costo en 2.000.000 de pesetas, con cargo al presupuesto de gastos corrientes del Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, con independencia de la inversión correspondiente al Ministerio de Cultura arriba indicada.

Quinta.-Las aportaciones correspondientes al Ministerio de Cultura serán efectuadas por mitades en los ejercicios de 1996 y 1997. Las correspondientes a la Diputación General de Aragón lo serán del siguiente modo:

Ejercicio 1995: 1.000.000 de pesetas.

Ejercicio 1996: 5.000.000 de pesetas.

Ejercicio 1997: 6.000.000 de pesetas.

Dichas aportaciones se efectuarán con antelación suficiente para atender los pagos derivados del contrato a que se refiere la cláusula siguiente.

Sexta.-Con el fin de facilitar la continuidad de los trabajos, la contratación de los mismos y demás actuaciones necesarias para la restauración del Retablo Mayor de la Catedral de Huesca será efectuada por la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, transfiriendo las otras partes firmantes a esta institución la parte correspondiente a cada una de ellas.

El pago de las certificaciones periódicas requerirá la conformidad del Director de los trabajos y del Subdirector general de Bienes Muebles del Ministerio de Cultura.

Séptima.-Para el control y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión de la que formarán parte dos representantes de cada una de las instituciones firmantes, designados a tal efecto.

Octava.-En la difusión, por cualquier medio, de los trabajos objeto del presente Convenio habrá de hacerse mención expresa de todas las partes que lo integran y de la autoría del Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales en la redacción del proyecto de conservación-restauración del Retablo Mayor de la Catedral de Huesca.

Novena.-La vigencia del presente Convenio finalizará en el momento que las actuaciones previstas lleguen a término o en el plazo marcado en la cláusula primera, pudiendo ser prorrogado por el tiempo necesario para la finalización, previo acuerdo de todas las partes.

Décima.-La efectividad del presente Convenio queda supeditada a la condición de que en los Presupuestos Generales del Estado, en los de la Diputación General de Aragón y de los de la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, para el período de su vigencia, se consignen las cantidades necesarias para su cumplimiento.

En prueba de conformidad, se firma el presente Convenio por cuadruplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados.

La Ministra de Cultura, Carmen Alborch Bataller.-La Consejera de Educación y Cultura, Angela Abós Ballarin.-El Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, Manuel Solá Sánchez de Rojas.-El Presidente del Cabildo de la Catedral de Huesca, Damián Peñart Peñart.

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