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Documento BOE-A-1995-12563

Orden de 9 de mayo de 1995 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 2.188/1992, promovido por «Asistencia Sanitaria Interprovincial, Sociedad Anónima» (ASISA).

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 1995, páginas 15563 a 15563 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-12563

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia, con fecha 10 de noviembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 2.188/1992 en el que son partes, de una, como demandante «Asistencia Sanitaria Interprovincial, Sociedad Anónima» (ASISA), y de otra como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 14 de febrero de 1991, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 6 de noviembre de 1990, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la entidad «Asistencia Sanitaria Interprovincial, Sociedad Anónima» (ASISA), representada por el Procurador don Antonio Miguel Angel Araque Almendros, contra las Resoluciones de 6 de noviembre de 1990 y 14 de febrero de 1991, dictada respectivamente por el Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), y por el Subsecretario para las Administraciones Públicas, por delegación del Ministro, que estimaron las reclamación formulada por el mutualista don Pedro de la Cruz, relativa a la cantidad de 1.205.496 pesetas, en concepto de reintegro de los gastos causados por su asistencia sanitaria; debemos declarar y declaramos que tales Resoluciones son ajustadas a Derecho, y en su virtud, las confirmamos, absolviendo a la Administración de las pretensiones del recurso; sin costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid 9 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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