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Documento BOE-A-1995-12517

Resolución de 2 de mayo de 1995, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de Administración y Servicios de los grupos A, B, C y D, vacantes en esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 1995, páginas 15522 a 15533 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1995-12517

TEXTO ORIGINAL

Vacantes puestos de trabajo en esta Universidad, dotados presupuestariamente, y cuya provisión corresponde llevar a efecto por el procedimiento fijado para cada uno de ellos en la relación de puestos de trabajo (RPT) aprobado por la Comisión Gestora el 23 de marzo de 1994,

Esta Presidencia, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el artículo 8.º de la Ley 5/1993, del Parlamento de Andalucía, de 1 de julio, por la que se crea la Universidad de Jaén, ha dispuesto anunciar la convocatoria para la provisión de los puestos de trabajo relacionados en el anexo I como vacantes, así como cuantas vacantes se produzcan con motivo de la adjudicación de las anteriores.

Este concurso, además de por las bases de esta convocatoria, se regirá con carácter supletorio, en cuanto le sea de aplicación, por el artículo 20,1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado por Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Bases de la convocatoria

I. Aspirantes

1.1 Podrán tomar parte en el presente concurso:

a) Funcionarios de carrera al servicio de la Administración de la Universidad de Jaén, pertenecientes a los Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos A, B, C y D de los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con funciones de Administración General, que se encuentren en situación de servicio activo, siempre que reúnan las condiciones generales y requisitos determinados en la convocatoria para cada puesto en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

b) Los funcionarios de Escalas propias de la Universidad de Jaén en situación de excedencia voluntaria, de acuerdo con la legislación vigente.

1.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicar, por escrito, a la autoridad convocante tal opción.

II. Puestos

2.1 Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud son los que aparecen relacionados en el anexo I de esta convocatoria como vacantes, así como cuantas vacantes se produzcan por obtener otra plaza los titulares actuales en el presente concurso, que se incorporarán en concepto de resultas a las plazas ofertadas.

2.2 Los puestos de trabajo se proveerán mediante concurso de méritos, que tendrá carácter general u ordinario para todos los que tengan atribuido un nivel de complemento de destino inferior a 22.

En los puestos de trabajo con nivel 22 o superior se tendrán en cuenta otros criterios que dan al concurso carácter específico.

III. Solicitudes

3.1 Los interesados, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», dirigirán sus solicitudes al excelentísimo señor Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Jaén, debiendo ajustarse al modelo que se facilitará en el Servicio de Personal y en el Negociado de Información.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad de Jaén (paraje Las Lagunillas, sin número, edificio número 10, Jaén), o en las oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aunque en este caso el aspirante, mediante telegrama o telefax dirigido a la Gerencia de la Universidad, número (953) 21 22 39, de Jaén, anunciará de forma simultánea su presentación dentro del plazo establecido. Las solicitudes que no sigan el procedimiento indicado anteriormente quedarán excluidas del concurso.

Los participantes que soliciten varias plazas deberán indicar el orden de preferencia de las mismas y de no hacerlo se entenderá establecido en el mismo orden en que aparezcan en la solicitud de participación.

3.2 Finalizado el plazo de presentación de instancias no se admitirán renuncias ni modificaciones sobre el contenido de las solicitudes.

3.3 Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos originales o de las fotocopias compulsadas que el solicitante considere necesario para acreditar los méritos alegados.

IV. Valoración

La valoración de los méritos para la adjudicación de plazas se ajustará al siguiente baremo:

I. Méritos de carácter general u ordinario. Máximo 60 puntos.

A) Personales. Máximo 25 puntos.

A.1 Grado consolidado: Máximo 8 puntos.

Grado consolidado / Puntos

27 al 30 / 8

26 / 7

24 / 6

22 / 5

20 / 4

18 / 3

16 / 2

14 / 1

A.2 Cuerpo o Escala: Máximo 4 puntos.

De acuerdo con la siguiente distribución:

Grupo / Puntos

A / 4

B / 3

C / 2

D / 1

A.3 Antigüedad: Máximo ocho puntos.

Con arreglo a la siguiente distribución:

Un punto por año o fracción de, al menos, tres meses de servicios prestados en centros o unidades integrados actualmente en la Universidad de Jaén.

0,75 puntos por año o fracción de, al menos, tres meses de servicios prestados en otras Administraciones.

La suma de puntos obtenida acumulando varias fracciones de tiempo, en ningún caso podrá ser superior a la que resultaría si se hubiera computado por años completos.

A.4 Titulación: Máximo cinco puntos.

En caso de poseer varios títulos, se computará sólo aquel de ellos que dé derecho a una mayor puntuación. El resto de los títulos poseídos serán valorados en el apartado de otros méritos.

Titulación / Puntos

Doctor / 5

Licenciado / 4

Diplomado / 3

Bachiller / 2

Graduado Escolar / 1

B) Méritos de carácter profesional: Máximo 35 puntos.

B.1 Nivel del último puesto de trabajo desempeñado: Máximo 8 puntos.

Se valorará con 0,5 puntos cada unidad de intervalo de nivel, correspondiendo 1 punto al nivel 14 e inferiores y 7 puntos al nivel 26.

Los niveles 27 al 30 se valorarán con 8 puntos.

B.2 Experiencia: Máximo 10 puntos.

1,25 puntos por año o fracción de, al menos, tres meses desempeñando puestos de trabajo en centros o unidades integradas actualmente en la Universidad de Jaén.

Un punto por año o fracción de, al menos, tres meses desempeñando puestos de trabajo en centros o unidades de otras Universidades.

0,75 puntos por año o fracción de, al menos, tres meses desempeñando puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas.

0,25 puntos por año o fracción de, al menos, tres meses desempeñando en el sector privado puestos con funciones de naturaleza similar a la de los puestos a cubrir. El candidato deberá acreditar las relaciones laborales a que se refiere este apartado y su duración de modo fehaciente con justificantes de cotización a la Seguridad Social.

B.3 Similitudes: Máximo 9 puntos.

A los puestos a que se refiere el apartado anterior, desempeñados en diversas entidades, se atribuirán cuatro niveles de menor a mayor similitud con el puesto solicitado, con valores: 0; 0,5; 1 y 1,5.

Los valores asignados actuarán como correctores al multiplicar la puntuación obtenida en el apartado B.2 por cada uno de los puestos desempeñados.

B.4 Cursos de carácter general expedidos por centros oficiales y relacionados con las funciones propias que se desempeñan en la Universidad de Jaén: Máximo 6 puntos.

De acuerdo con la siguiente escala:

Duración / Relacionados con el puesto al que se aspira / No relacionados con el puesto al que se aspira

Hasta 20 horas / 0,2 / 0,1

De 21 a 40 horas / 0,4 / 0,2

De 41 a 60 horas / 0,6 / 0,3

De 61 a 80 horas / 0,8 / 0,4

Más de 80 horas / 1,0 / 0,5

B.5 Otros méritos: Máximo 2 puntos.

II. Méritos de carácter específico: Máximo 40 puntos.

C) Memoria: Máximo 20 puntos.

D) Entrevista: Máximo 10 puntos.

E) Cursos específicos: Máximo 6 puntos.

F) Titulación específica: Máximo 4 puntos.

V. Comisión de Valoración

5.1 Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por:

Gerente de la Universidad o persona en quien delegue.

Director del Gabinete de Recursos Humanos o persona en quien delegue.

Dos miembros designados por la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Un funcionario de la Universidad nombrado por el Presidente de la Comisión Gestora, que podrá ser diferente para algún puesto o grupo de puestos.

Un funcionario del Servicio de Personal que actuará como Secretario.

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que, en calidad de asesores, actuarán con voz pero sin voto en el proceso de adjudicación de uno o varios puestos.

5.2 Los miembros de la Comisión deberán pertenecer a un grupo para cuyo acceso se requiere titulación igual o superior al exigido para los grupos que puedan participar en el concurso de los puestos convocados. Cuando el procedimiento sea concurso específico deberán, además, poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados.

5.3 Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y aplicar el baremo.

5.4 No se calificarán las solicitudes presentadas fuera de plazo ni las formuladas por quienes no fuesen funcionarios de carrera al servicio de la Universidad de Jaén o estuvieran sujetos a limitaciones que les impidan tomar parte en el presente concurso.

5.5 Los requisitos y méritos invocados por los interesados deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

VI. Resolución

6.1 El concurso será resuelto en el plazo de un mes a partir de la fecha en que finalizó el de presentación de instancias.

6.2 La puntuación mínima exigida para la adjudicación de los puestos convocados será de 15 puntos en cuanto se refiere a los méritos ordinarios -apartado I del baremo-. En el concurso a puestos de trabajo que deban cubrirse con méritos específicos -apartado II del baremo-, sólo se valorarán aquellos a los concursantes que hubiesen obtenido, al menos, 25 puntos por aplicación del apartado I, y para la adjudicación del puesto será preciso obtener un mínimo de 15 puntos en la valoración de los méritos específicos a que se refiere dicho apartado II.

6.3 Constituida la Comisión de Valoración, tras examinar las solicitudes y documentación presentada, aprobará la lista provisional de adjudicaciones de puestos de trabajo, que durante cinco días naturales será expuesta al público en los tablones de anuncios del edificio número 10 del campus universitario de Las Lagunillas, en cuyo plazo podrán los interesados formular reclamaciones.

Transcurrido el referido plazo, y resueltas las reclamaciones presentadas, la Comisión de Valoración aprobará la lista definitiva de adjudicación de puestos de trabajo. Contra la misma podrá interponerse recurso ordinario ante el Presidente de la Comisión Gestora.

En el caso de que varios aspirantes tuviesen igual puntuación se dará preferencia al funcionario que hubiese obtenido mayor puntuación en el apartado de méritos específicos del baremo -si los hubiese habido-, y de persistir el empate se atenderá a la mayor puntuación otorgada en la valoración de los puestos desempeñados.

6.4 La Comisión de Valoración dirigirá propuesta de adjudicación de puestos al Presidente de la Comisión Gestora, quien, si así lo estima, procederá a la aprobación y adjudicación definitiva de los puestos de trabajo, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

6.5 La toma de posesión del destino obtenido tendrá lugar en la fecha que señale la Gerencia, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de la lista definitiva, pudiendo prorrogarse excepcionalmente por circunstancias organizativas y del servicio hasta un plazo máximo de tres meses.

La presente convocatoria y los actos derivados podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 2 de mayo de 1995.-El Presidente de la Comisión Gestora, Luis Parras Guijosa.

(ANEXO OMITIDO)

Notas y observaciones a la relación de puestos de trabajo de la Universidad de Jaén

1. Modos de provisión:

LD = Libre designación.

C = Concurso.

2. Requisitos específicos:

A/B* Para poder ocupar la Jefatura de los Servicios Jurídicos, puesto número 173, es necesario hallarse en posesión del título de Licenciado en derecho y ser funcionario de carrera de los grupos que se indican.

Observaciones:

DH = Disponibilidad horaria según necesidades del Servicio.

T = Jornada de tarde.

JP = Jornada partida.

HE = Horario especial.

CC = Plazas ya cubiertas en concursos celebrados con anterioridad que se integran en éste, sólo si su actual titular solicita acceder y obtiene cualquier puesto de los ofertados como vacante.

C = Plazas ya cubiertas que se integran en este concurso, sólo si su actual titular solicita acceder y obtiene cualquier puesto de los ofertados como vacante.

CLD = Plazas ya cubiertas por libre designación que se integran en éste, sólo si su actual titular solicita acceder y obtiene cualquier puesto de los ofertados como vacante.

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