Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-11812

Orden de 3 de mayo de 1995 por la que se distribuyen territorialmente, para el ejercicio económico de 1995, las subvenciones correspondientes al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, que han de gestionar las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia y Comunidad Valenciana.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 1995, páginas 14581 a 14583 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1995-11812

TEXTO ORIGINAL

El artículo 153 de la Ley General Presupuestaria (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre), establece en su regla segunda que los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de las subvenciones gestionadas por las Comunidades, se fijarán por los respectivos departamentos ministeriales, oídas las Comunidades interesadas, al comienzo del ejercicio económico, y serán aprobados por el Gobierno.

En su reunión de 24 de marzo de 1995 el Consejo de Ministros aprobó los citados criterios, por lo que debe procederse a la distribución de las cantidades asignadas a cada Comunidad Autónoma.

En consecuencia, he dispuesto:

Artículo 1.

La distribución territorial de las subvenciones correspondientes al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, y Orden de 13 de abril de 1994), se llevará a cabo, en el ejercicio económico de 1995, de acuerdo con los criterios objetivos aprobados por el Consejo de Ministros que figuran en el anexo I de esta Orden, en el que aparecen también los porcentajes y cantidades correspondientes a cada una de las Comunidades Autónomas que han asumido sus competencias de gestión en esta materia.

Artículo 2.

De conformidad con lo establecido en el artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, finalizado el ejercicio económico, las Comunidades Autónomas deberán remitir a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, hasta el cierre del ejercicio económico, por las subvenciones gestionadas.

Los remanentes de fondos resultantes al finalizar cada ejercicio que se encuentren en poder de las Comunidades Autónomas, seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente ejercicio, como situación de tesorería en el origen, para la concesión de nuevas subvenciones.

Los documentos justificativos, firmados por el titular del centro directivo que gestione la subvención o subvenciones y adverados por el Interventor, se ajustarán a los modelos que aparecen en los anexos II y III.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de mayo de 1995.

GRIÑAN MARTINEZ

Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales, Directores generales de Empleo y del Instituto Nacional de Empleo e Interventor Delegado de Hacienda en este Ministerio.

ANEXO I

Criterios de distribución, porcentajes y cantidades correspondientes a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia y Valencia, para la gestión del Plan de Formación e Inserción Profesional en 1995

Aplicaciones presupuestarias y asignaciones.

De acuerdo con los criterios de distribución, las cantidades del capítulo IV del presupuesto de gastos del INEM en el programa 324-A y 800-X a distribuir entre todas las Comunidades Autónomas con gestión traspasada en materia de Formación Profesional Ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, una vez deducidas las cuantías de 61.080.000 pesetas (aplicación presupuestaria 4.8.1.02), 456.089.000 pesetas (aplicación presupuestaria 4.8.2.01), y 2.200.000 pesetas (aplicación presupuestaria 4.9.1), destinadas a actuaciones con competencia propia de la Administración Central del Estado y 51.048.163.000 pesetas (aplicación presupuestaria 4.8.3.03), con destino a la financiación del Acuerdo Nacional de Formación Continua de trabajadores ocupados, serán las siguientes:

Aplicaciones presupuestarias / Descripción / Importe Pesetas

19.101.800-X.401 / Para la realización de acciones de F.P.O. / 29.472.057

19.101.324-A.442 / Para F.P.O. de alumnos universitarios / 6.966.125

19.101.324-A.452 / Para Formación Profesional / 3.572.370

19.101.324-A.459 / Para contratación de expertos docentes para acciones de F.P.O. / 1.307.029.000

19.101.324-A.481.00 / De alumnos de F.P.O. / 9.400.972

19.101.324-A.482.00 / Becas y ayudas a alumnos de F.P.O. / 4.829.814.489

19.101.324-A.483.00 / A centros colaboradores y otras de F.P.O. para parados / 34.359.324.778

Criterios de distribución.

Se basan en la participación porcentual de cada Comunidad Autónoma, respecto al número total de perceptores de prestaciones por desempleo y respecto al número total de parados que no sean perceptores de esas prestaciones.

El índice final será una combinación ponderada de estos dos porcentajes, según el peso específico que, en la programación general de cada año tienen asignados ambos colectivos, siendo para 1995 del 61,54 y 38,46 por 100, respectivamente, de acuerdo con el Programa Nacional de Formación Profesional (Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1993).

Para la medición de los indicadores se han utilizado las estadísticas de paro registrado del INEM y perceptores de prestaciones por desempleo en cada territorio y abarcando un año completo (enero a diciembre de 1994).

Desglose de porcentajes y cuantías de capítulo IV-F.P.O. a transferir a Comunidades Autónomas en 1995

Comunidades Autónomas / General (1): Porcentaje / Pesetas / A. P. 4.5.9(2): Porcentaje / Pesetas / Total: Porcentaje / Pesetas

Andalucía / 21,45 / 14.325.742.661 / 36,51 / 477.187.886 / 21,74 / 14.802.930.547

Canarias / 4,97 / 3.316.709.058 / 8,45 / 110.478.976 / 5,03 / 3.427.188.034

Cataluña / 13,66 / 9.119.820.123 / 23,24 / 303.779.552 / 13,84 / 9.423.599.675

Comunidad Valenciana / 11,28 / 7.532.183.890 / 19,20 / 250.895.677 / 11,43 / 7.783.079.567

Galicia / 7,40 / 4.944.095.059 / 12,60 / 164.686.909 / 7,50 / 5.108.781.968

Total / 58,76 / 39.238.550.791 / 100,00 / 1.307.029.000 / 59,54 / 40.545.579.791

(1) Incluye la totalidad de las cuantías que son objeto de reparto contenidas en las aplicaciones presupuestarias del capítulo IV de F.P.O. a excepción de la 4.5.9.

(2) El destino específico de esta aplicación es exclusivamente para estas Comunidades Autónomas.

Cuantías por aplicaciones presupuestarias a transferir en 1995 a las Comunidades Autónomas con traspaso de la gestión de F.P.O.

Comunidades Autónomas / Aplicaciones presupuestarias: 401 / 442 / 452 / 459 / 481.00 / 482.00 / 483.00 / Total

Andalucía / 10.760.058 / 2.543.288 / 1.304.249 / 477.187.886 / 3.432.234 / 1.763.334.223 / 12.544.368.609 / 14.802.930.547

Canarias / 2.491.178 / 588.824 / 301.961 / 110.478.976 / 794.635 / 408.248.754 / 2.904.283.706 / 3.427.188.547

Cataluña / 6.849.894 / 1.619.066 / 830.290 / 303.779.552 / 2.184.973 / 1.122.545.009 / 7.985.790.891 / 9.423.599.675

Comunidad Valenciana / 5.657.419 / 1.337.209 / 685.748 / 250.895.677 / 1.804.599 / 927.125.242 / 6.595.573.673 / 7.783.079.567

Galicia / 3.713.508 / 877.738 / 450.122 / 164.686.909 / 1.184.531 / 608.561.261 / 4.329.307.899 / 5.108.781.968

Total / 29.472.057 / 6.966.125 / 3.572.370 / 1.307.029.000 / 9.400.972 / 4.829.814.489 / 34.359.324.778 / 40.545.579.791

ANEXO II

Estado justificativo de la gestión de las subvenciones en materia de formación profesional ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional

Ejercicio 1995

Don/doña , Director/a general de de la

CERTIFICA: Que la gestión de las subvenciones reseñadas, resultantes del traspaso de competencias en dicha materia presenta la siguiente ejecución:

Cuantificación de las subvenciones concedidas por acuerdo de Consejo de Ministros de (1): Importes / Obligaciones reconocidas y explicación del gasto (2): Importes / Remanentes (1-2)

Contratación expertos docentes F.P.O. / Contratación expertos docentes F.P.O.

Seguros de accidentes alumnos / Seguros de accidentes alumnos

Becas y ayudas alumnos / Becas y ayudas alumnos

Subvención entidades colaboradoras / Subvención entidades colaboradoras

Total /

Y para que surta efectos ante el Instituto Nacional de Empleo, se expide el presente certificado en a (fecha)

(Firma y sello)

Conforme,

El Interventor responsable de la

Firmado

ANEXO III

Don/doña , Director/a general de de la Comunidad Autónoma de , certifica que el presente documento concuerda fielmente con la ejecución presupuestaria del ejercicio económico de

INEM/F.S.E.: Conceptos / Seguimiento presupuestario justificación F.S.E.: Capítulos presupuestarios: I / II / IV / VI / Total

Personal impart. directa cursos / / /

Personal técnico F.P.O.

Personal de apoyo

Total capítulo I

Gastos funcionamiento cursos MM. PP. / / /

Otros costes imputables progr. F.P.O.

Total capítulo II

Becas alumnos R 25 años / / /

Becas alumnos » 25 años

Ayudas transporte alumnos R 25 años

Ayudas alojamiento alumnos R 25 años

Ayudas transporte alumnos » 25 años

Ayudas alojamiento alumnos » 25 años

Becas formador formadores

Ayudas formador formadores

Seguro accidentes alumnos

Subvención C. C. (modelo A)

Subvención C. C. (modelo B)

Subvención emp. prac. profesinales

Total capítulo IV

Inversión equi. doc. normales / / /

Inver. equi. doc. nuevas tecnologías

Total capítulo VI

Total gasto

En a de de 199

Firmado / Conforme (Firma y sello),

El Interventor responsable de la

Firmado

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid