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Documento BOE-A-1995-10771

Resolución 452/38430/1995, de 25 de abril, de la Secretaría de Estado de Administración Militar, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso a la condición de Militar de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 1995, páginas 13093 a 13105 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1995-10771

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con el Real Decreto 561/1995, de 7 de abril, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 84, por el que se determina la provisión de plazas para ingreso en los centros docentes militares de foramción y acceso a Militares de Empleo de las categorías de Oficial y de Tropa y Marinería Profesionales durante el año 1995, vengo a disponer lo siguiente:

Primero.-Se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas para acceso a la condición de Militar de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales, en el número que resulte necesario para alcanzar 31.574 efectivos al 31 de diciembre y de acuerdo con los créditos presupuestarios para el año 1995.

Segundo.-Las pruebas selectivas se regirán por las disposiciones siguientes:

Real Decreto 562/1990, de 4 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 110, del 8), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en los Centros Docentes Militares de Formación y de Acceso a la Condición de Militar de Empleo.

Real Decreto 984/1992, de 31 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 209, de 31 de agosto), por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas Armadas.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1410/1994, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 172, de 20 de julio) por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Militar.

Las bases que se aprueban por esta Resolución y que se publican como anexo a ella.

Tercero.-El Director general del Servicio Militar y los Directores de Enseñanza del Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire adoptarán las disposiciones necesarias para llevar a cabo el proceso selectivo que les corresponda, de acuerdo con las normas establecidas en estas bases.

Madrid, 25 de abril de 1995.-El Secretario de Estado, Julián Arévalo Arias.

ANEXO

Bases de la convocatoria

1. Objeto

Regular las pruebas selectivas para el sistema de concursooposición para cubrir plazas para el acceso a Militar de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, distribuidas en tres Incorporaciones a los centros de selección, como a continuación se indica:

1.1 Ejército de Tierra.

1.1.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Cortos:

Plazas correspondientes a la primera Incorporación: 634.

Plazas correspondientes a la segunda Incorporación: 365.

CODIGO / ESPECIALIDAD / DESTINO DURANTE EL COMPROMISO INICIAL / DURACION COMPROMISO INICIAL - AÑOS / NUMERO DE PLAZAS POR CADA INCORPORACION: PRIMERA / SEGUNDA / TERCERA / CENTRO DE FORMACION: NOMBRE / LOCALIDAD / DURACION FORMACION ELEMENTAL - SEMANAS

5036 / Infantería / BRIAC XII Madrid / 2 / / 250 / / BRIAC XII / Madrid / 8

5037 / Artillería / BRIAC XII Madrid / 2 / / 15 / / BRIAC XII / Madrid / 8

5038 / Ingenieros / BRIAC XII Madrid / 2 / / 60 / / BRIAC XII / Madrid / 8

5039 / Transmisiones / BRIAC XII Madrid / 2 / / 25 / / BRIAC XII / Madrid / 8

5040 / Logística / BRIAC XX Madrid / 2 / / 15 / / BRIAC XII / Madrid / 8

5070 / Infantería / BRCZAM XLII (3) Jaca (Huesca) / 2 / 250 / / / BRCZAM XLII / Barbastro (Huesca). / 8

5071 / Artillería / BRCZAM XLII (3) Huesca / 2 / 24 / / / BRCZAM XLII / Barbastro (Huesca). / 8

5072 / Ingenieros / BRCZAM XLII (3) Huesca / 2 / 60 / / / BRCZAM XLII / Barbastro (Huesca). / 8

5073 / Transmisiones / BRCZAM XLII (3) Huesca / 2 / 40 / / / BRCZAM XLII / Barbastro (Huesca). / 8

5074 / Logística / BRCZAM XLII (3) Huesca / 2 / 25 / / / BRCZAM XLII / Barbastro (Huesca). / 8

5075 / Infantería / Rgto. América 66 (3) Pamplona / 2 / 125 / / / BRCZAM XLII / Barbastro (Huesca). / 8

5131 / Infantería / GOE IV (1) (2) Barcelona / 2 / 80 / / / GOE IV / Barcelona / 8

5201 / Caballería / Guardia Real (4) / 2 / 30 / / / Guardia Real / El Pardo (Madrid) / 8

Total / 634 / 365

BRIAC XII: Brigada Acorazada XII.

BRCZAM XLII: Brigada de Cazadores de Alta Montaña XLII.

GOE: Grupo de Operaciones Especiales.

(1) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 12.2 de esta convocatoria.

(2) Destino que requiere realizar el curso elemental de Operaciones Especiales.

(3) Destino que podrá requerir realizar el curso elemental de esquí-escalada.

(4) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros, los hombres, y 165 centímetros, las mujeres.

1.1.2 Especialidades y plazas reservadas a los alumnos de los Institutos Politécnicos del Ejército de Tierra, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera, apartado 6, del Real Decreto 984/1992, de 31 de julio. Las plazas no cubiertas se acumularán a las indicadas en las bases 1.1.1 y 1.1.2 *.

Número de plazas: 366.

CODIGO / ESPECIALIDAD / DESTINO DURANTE EL COMPROMISO INICIAL / DURACION COMPROMISO INICIAL - AÑOS / NUMERO DE PLAZAS POR CADA INCORPORACION: PRIMERA / SEGUNDA / TERCERA / CENTRO DE FORMACION: NOMBRE / LOCALIDAD / DURACION FORMACION ELEMENTAL - SEMANAS

5506 / Mecánica de Automoción (AME) / Unidades / 3 / 95 / / / IP.1 / Madrid / 8

5507 / Mecánica de Carrocería y Soldadura (MCH) / Unidades / 3 / 11 / / / IP.1 / Madrid / 8

5508 / Hostelería y Alimentación (ALI) / Unidades / 3 / 13 / / / IP.1 / Madrid / 8

5509 / Mecánica de Helicópteros (AMH) / Unidades / 3 / 35 / / / IP.1 / Madrid / 8

5510 / Operador de Máquinas y Herramientas (MMH) / Unidades / 3 / 22 / / / IP.1 / Madrid / 8

5511 / Mecánica de Máquinas y Equipos (MME) / Unidades / 3 / 15 / / / IP.1 / Madrid / 8

5512 / Artes Gráficas (AGR). / Unidades / 3 / 28 / / / IP.1 / Madrid / 8

5513 / Auxiliar de Administración y Gestión (IPA) / Unidades / 3 / 32 / / / IP.2 / Calatayud / 8

5514 / Electrónica de Radares y Armas (EAM). / Unidades / 3 / 40 / / / IP.2 / Calatayud / 8

5515 / Electrónica de Telecomunicaciones (EST) / Unidades / 3 / 61 / / / IP.2 / Calatayud / 8

5516 / Química de Artificios (QAR) / Unidades / 3 / 14 / / / IP.2 / Calatayud / 8

Total / 366

IPE: Instituto Politécnico del Ejército.

* Las plazas no cubiertas se acumularán a las indicadas en las bases 1.1.1 y 1.1.2.

1.2 Armada.

1.2.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Cortos:

Infantería de Marina.

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 388.

CODIGO / ESPECIALIDAD / DESTINO DURANTE EL COMPROMISO INICIAL / DURACION COMPROMISO INICIAL - AÑOS / NUMERO DE PLAZAS POR CADA INCORPORACION: PRIMERA / SEGUNDA / TERCERA / CENTRO DE FORMACION: NOMBRE / LOCALIDAD / DURACION FORMACION ELEMENTAL - SEMANAS

6260 / Infantería / a) / 18 / 187 / / / CEIM / Cartagena (Murcia). / 10

6261 / Carros / a) / 18 / 18 / / / CEIM / Cartagena (Murcia). / 10

6262 / Artillería / a) / 18 / 28 / / / CEIM / Cartagena (Murcia). / 10

6263 / Comunicaciones / a) / 18 / 29 / / / CEIM / Cartagena (Murcia). / 10

6264 / Zapadores / a) / 18 / 28 / / / CEIM / Cartagena (Murcia). / 6265 / Servicio de Combate / a) / 18 / 24 / / / CEIM / Cartagena (Murcia). / 10

6266 / Infantería / b), c), d), e), f), g), h). / 18 / 34 / / / CEIM / Cartagena (Murcia). / 10

6360 / Infantería / Guardia Real (2) / 18 / 20 / / / El Pardo / Madrid / 10

6363 / Comunicaciones / Guardia Real (2) / 18 / 8 / / / El Pardo / Madrid / 10

6364 / Zapadores / Guardia Real (2) / 18 / 5 / / / El Pardo / Madrid / 10

6365 / Servicio de Combate / Guardia Real (2) / 18 / 7 / / / El Pardo / Madrid / 10

Total / 388

a) TEAR: Tercio de Armada, San Fernando (Cádiz) (1).

b) TERSU: Tercio Sur, San Fernando (Cádiz).

c) TERNOR: Tercio Norte, El Ferrol (Coruña).

d) TERLEV: Tercio Levante, Cartagena (Murcia).

e) AGRUMAD: Agrupación Infantería Marina Madrid.

f) AGRUCAN: Agrupación Infantería de Marina de Canarias.

g) Unidad de Seguridad de la Base Naval de Rota.

h) Buque «Príncipe de Asturias», Rota (Cádiz).

CEIM: Centro de Instrucción de Infantería de Marina.

(1) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 12.2 de esta convocatoria.

(2) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros, los hombres, y a 165 centímetros, las mujeres.

1.2.2 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de Compromisos Largos:

Marinería.

Plazas correspondientes a la primera Incorporación: 777.

CODIGO / ESPECIALIDAD / DESTINO DURANTE EL COMPROMISO INICIAL / DURACION COMPROMISO INICIAL - AÑOS / NUMERO DE PLAZAS POR CADA INCORPORACION: PRIMERA / SEGUNDA / TERCERA / CENTRO DE FORMACION: NOMBRE / LOCALIDAD / DURACION FORMACION ELEMENTAL - SEMANAS / DURACION FORMACION COMPLEMENTARIA - SEMANAS

6501 / Maniobra y Navegación / a), b), c), d), e) / 3 / 90 / / / Esc. de Maniobra y Naveg. / El Ferrol (La Coruña) / 10 / 26

6502 / Artillería y Misiles / a), b), c), e) / 3 / 45 / / / Escuela de Tiro y Artillería Naval «Janer» / San Fernando (Cádiz) / 10 / 26

6503 / Dirección de Tiro / a), f) / 3 / 60 / / / Esc. de Tiro y Artillería Naval «Janer» / San Fernando (Cádiz) / 10 / 26

6504 / Armas Submarinas / d), e), f) / 3 / 20 / / / Escuela de Armas / Cartagena (Murcia) / 10 / 26

6505 / Sónar / d), e), f) / 3 / 47 / / / Escuela de Armas / Cartagena (Murcia) / 10 / 26

6506 / Sistemas Tácticos / a), f) / 3 / 35 / / / Escuela de Transmisiones y Electrónica / Vigo (Pontevedra) / 10 / 26

6507 / Comunicaciones / a), b), c), d), e) / 3 / 65 / / / Escuela de Transmiones y Electrónica / Vigo (Pontevedra) / 10 / 26

6508 / Electrónica / a), b), c), d), e) / 3 / 30 / / / Escuela de Transmisiones y Electrónica / Vigo (Pontevedra) / 10 / 26

6509 / Electricidad / a), b), c), d), e) / 3 / 90 / / / Escuela de Energía y Propulsión / El Ferrol (La Coruña) / 10 / 26

6510 / Mecánico Instalaciones de Vapor / g) / 3 / 75 / / / Escuela de Energía y Propulsión / El Ferrol (La Coruña) / 10 / 26

6511 / Mecánico Instalaciones de Motores y Turbinas de Gas / a), b), c), d), e) / 3 / 75 / / / Escuela de Energía y Propulsión / El Ferrol (La Coruña) / 10 / 26

6512 / Administración / a), b), c), d), e) / 3 / 60 / / / Escuela de Aprovisionamiento y Servicios / El Ferrol (La Coruña) / 10 / 26

6513 / Hostelería y Alimentación / a), b), c), d), e), h). / 3 / 60 / / / Escuela de Aprovisionamiento y Servicios / El Ferrol (La Coruña) / 10 / 26

6514 / Sanitario / a), b), c), d), e) / 3 / 25 / / / Hospital de San Carlos / San Fernando (Cádiz) / 10 / 26

Total / 777

a): Buque «Príncipe de Asturias» (Rota).

b): Buque «Juan Sebastián Elcano» (Cádiz).

c): Buques: Cartagena, Ferrol, Rota, Las Palmas de Gran Canaria.

d): Submarinos: Cartagena (*).

e): Flotilla de aeronaves: Rota (*).

f): Buques: Cartagena, Ferrol, Rota.

g): Buques: Ferrol, Rota.

h): Dependencias de Tierra.

(*): Los destinos a submarinos y flotilla de aeronaves se hallan sujetos a lo dispuesto en la base 12.2 de esta convocatoria.

1.3 Ejército del Aire.

1.3.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Cortos:

Plazas correspondientes a la tercera Incorporación: 116.

CODIGO / ESPECIALIDAD / DESTINO DURANTE EL COMPROMISO INICIAL / DURACION COMPROMISO INICIAL - MESES / NUMERO DE PLAZAS POR CADA INCORPORACION: PRIMERA / SEGUNDA / TERCERA / CENTRO DE FORMACION: NOMBRE / LOCALIDAD / DURACION FORMACION ELEMENTAL - SEMANAS

7002 / Seguridad y Defensa. / Unidades Aéreas: AB, A, BA, PM, B, BU, GI, GR, C, GC, M, MA, MU, NA, SA, SG, SE, TA, TO, V, VA, Z (1) (2) / 18 / / / 41 / CETAPO / Zaragoza / 10

7003 / Defensa ABQ y CI / Unidades Aéreas: AB, A, BA, PM, B, GI, GR, GC, LE, M, MA, MU, NA, SA, SE, TA, TO, V, VA, Z (1) (2) / 18 / / / 20 / CETAPO y CLOMA / Zaragoza y Cuatro Vientos (Madrid) / 4 y 6

7004 / Aux. Supervisor de carga / Unidades aéreas: AB, BA, PM, GR, GC, M, MU, SA, SE, VA, Z, (1) (2) / 18 / / / 10 / CETAPO / Zaragoza / 10

7009 / Aux. Abastecimientos / Unidades aéreas: AB, A, BA, PM, GR, GC, M, MU, SA, SE, V, VA, Z (1) (2) / 18 / / / 9 / CETAPO y CETAER / Zaragoza y Torrejón de Ardoz (Madrid) / 4 y 6

7011 / Conductor / Unidades aéreas: AB, A, BA, PM, GR, GC, M, MA, ML, MU, NA, SA, SG, SE, TA, TO, V, Z (1) (2) / 18 / / / 20 / CETAPO y ESAUTO / Zaragoza y Getafe (Madrid) / 4 y 6

7102 / Seguridad y Defensa. / Guardia Real, El Pardo (Madrid) (3) / 18 / / / 5 / CETAPO, El Pardo / Zaragoza y Madrid / 4 y 6

7109 / Conductor / Guardia Real, El Pardo (Madrid) (3) / 18 / / / 10 / ESAUTO, El Pardo / Getafe (Madrid) y Madrid / 4 y 6

7111 / Aux. Abastecimientos / Guardia Real, El Pardo (Madrid) (3) / 18 / / / 1 / CETAPO y CETAER / Zaragoza y Torrejón (Madrid). / 4 y 6

Total / 116

(1):

CETAPO: Centro de Técnicas de Apoyo.

ESAUTO: Escuela de Automovilismo.

CETAER: Centro de Técnicas Aeroespaciales.

CLOMA: Centro Logístico de Material de Apoyo.

AB: Albacete. A: Alicante. BA: Badajoz. PM: Baleares. B: Barcelona. BU: Burgos. GI: Girona. GR: Granada. C: La Coruña. GC: Las Palmas. LE: León. M: Madrid. MA: Málaga. ML: Melilla. MU: Murcia. NA: Navarra. SA: Salamanca. SE: Sevilla. SG: Segovia. TA: Talavera. TF: Tenerife. V: Valencia. TO: Toledo. VA: Valladolid. Z: Zaragoza.

(2) La oferta de destinos queda sujeta a posibles modificaciones orgánicas y de plantillas que puedan afectar al cambio de desplazamiento y número de vacantes de las unidades.

(3) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros, los hombres, y a 165 centímetros, las mujeres.

1.3.2 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Largos:

Plazas correspondientes a la tercera incorporación: 40.

CODIGO / ESPECIALIDAD / DESTINO DURANTE EL COMPROMISO INICIAL / DURACION COMPROMISO INICIAL - MESES / NUMERO DE PLAZAS POR CADA INCORPORACION: PRIMERA / SEGUNDA / TERCERA / CENTRO DE FORMACION: NOMBRE / LOCALIDAD / DURACION FORMACION ELEMENTAL - SEMANAS

7507 / Cartografía e Imagen / Unidades aéreas: AB, A, BA, PM, B, GI, GR, GC, LE, M, MA (1) (2) / 36 / / / 15 / CETAPO y CECAF / Zaragoza y Cuatro Vientos (Madrid) / 4 y 6

7512 / Música / Unidades aéreas: GC, M, MU (3) / 36 / / / 25 / CETAPO y MACEN / Zaragoza y Madrid / 4 y 6

Total / 40

(1):

CETAPO: Centro de Técnicas de Apoyo.

MACEN: Mando Aéreo del Centro.

CECAF: Centro Cartográfico y Fotográfico.

AB: Albacete. A: Alicante. BA: Badajoz. PM: Baleares. B: Barcelona. BU: Burgos. GI: Girona. GR: Granada. C: La Coruña. GC: Las Palmas. LE: León. M: Madrid. MA: Málaga. ML: Melilla. MU: Murcia. NA: Navarra. SA: Salamanca. SE: Sevilla. SG: Segovia. TA: Talavera. TF: Tenerife. V: Valencia. TO: Toledo. VA: Valladolid. Z: Zaragoza.

(2) La oferta de destinos queda sujeta a posibles modificaciones orgánicas y de plantillas que puedan afectar al cambio de desplazamiento y número de vacantes de las unidades.

(3) Los aspirantes a la especialidad de Música deberán tener superados los estudios correspondientes a tercer curso de Solfeo y haber realizado dos años de estudios en cualquiera de los siguientes instrumentos: Oboe, Requinto, Clarinete, Si Bemol, Saxofón Alto, Saxofón Tenor, Fliscornio, Trompeta, Trompa, Trombón, Bombardino, Bajo o Percusión.

Asimismo, en las pruebas de admisión deberán interpretar una obra de estudio a su elección, con un instrumento de su propiedad.

2. Condiciones para tomar parte en la convocatoria

Podrán optar a las plazas convocadas quienes cumplan las siguientes condiciones:

2.1 Generales:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos los dieciocho años en la fecha límite de admisión de instancias en los centros de reclutamiento, para cada una de las Incorporaciones y no cumplir ni haber cumplido veintiséis años en 1995.

c) No estar privado de los derechos civiles.

d) No estar procesado por delito doloso o separado del servicio de las Administraciones Públicas, ni inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

e) No estar clasificado exento del servicio militar, excepto que hayan obtenido esta clasificación por mantener obligaciones familiares de carácter excepcional o como consecuencia de convenios internacionales suscritos por España.

f) No ser militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales con compromiso en vigor o estar realizando el período de formación elemental para adquirir tal condición, ni haber sido nombrado alumno aspirante en alguna de las incorporaciones de esta convocatoria.

2.2 Particulares:

a) Los solicitantes de las plazas de especialidades de la modalidad de trayectoria de compromisos largos, estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado u otro equivalente o superior.

b) Los solicitantes de las plazas de especialidades de la modalidad de trayectoria de compromisos cortos, estar en posesión del Certificado de Escolaridad.

2.3 En cada incorporación solamente se podrá optar a un ejército y, por consiguiente, solicitar especialidades correspondientes al mismo. Los que soliciten participar en las pruebas selectivas de más de una incorporación, deberán presentar en su centro de reclutamiento una instancia por cada una de las que solicita, indicando en cada una de ellas las especialidades elegidas de las que se ofertan para cada Incorporación.

2.4 Los alumnos de los institutos politécnicos del Ejército de Tierra podrán optar a las plazas especificadas en la base 1.1.2, reservadas exclusivamente para ellos, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera, apartado 6, del Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, siempre que superen el último año correspondiente a su plan de estudios.

3. Instancias

3.1 Las instancias para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo del apéndice I.

3.2 Los aspirantes podrán presentar personalmente o remitir por correo certificado sus instancias al centro de reclutamiento correspondiente a la provincia de su residencia habitual, con el domicilio actualizado.

Los centros de reclutamiento devolverán al interesado una copia de la instancia, debidamente sellada y fechada, que servirá como justificante de haberla presentado.

Los solicitantes que se encuentren realizando el servicio militar deberán presentar la instancia en su unidad. Esta deberá remitirlas, diariamente, al centro de reclutamiento del que dependa el interesado.

No se admitirá ninguna instancia ni documentación adelantada por fax, télex, ni medio similar, excepto la de aquellos solicitantes que se encuentren fuera del territorio nacional.

3.3 La fecha límite de admisión de instancias y documentaciones completas en los centros de reclutamiento para cada una de las Incorporaciones serán:

Primera Incorporación: Día 26 de mayo de 1995.

Segunda Incorporación: Día 1 de septiembre de 1995.

Tercera Incorporación: Día 11 de octubre de 1995.

3.4 Los aspriantes presentarán en el centro de reclutamiento correspondiente, junto con su instancia, la siguiente documentación, que constituirá su expediente de admisión a las pruebas selectivas y que será válida para todas las Incorporaciones solicitadas de un mismo Ejército de esta convocatoria:

a) Dos fotografías iguales y de fecha recientes, tamaño carné, con nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad estampados al dorso.

b) Fotocopia por ambas caras del documento nacional de identidad.

c) Fotocopia compulsada de los títulos que establece la base 2.2 de esta convocatoria, o superiores en su caso.

d) Fotocopia, debidamente compulsda, de los documentos especificados en el apéndice III, acreditativo de los méritos que el aspirante desea se le valoren en la fase de concurso.

e) Por los que estén cumpliendo el servicio militar, certificado expedido por el Jefe de la Unidad, en el que haga constar la fecha de ingreso en las Fuerzas Armadas y el empleo que en ese momento ostenta el aspirante.

f) Para los que hayan cumplido el servicio militar, fotocopia de la cartilla militar o certificado del centro de reclutamiento del que dependa el solicitante, con indicación del empleo alcanzado y del tiempo permanecido en las Fuerzas Armadas.

g) Para los que hayan particpado en misiones fuera del territorio nacional durante un período de tiempo superior a tres meses, fotocopia compulsada del certificado de la unidad especificando la misión o misiones en las que ha participado.

h) Para aquellos que en la actualidad forman parte de unidades o agrupaciones tácticas que realizan misiones a las que se refiere el apartado g), certificado del Jefe de dicha unidad o agrupación de participación en la misma.

i) Certificado médico acreditativo de estar en condiciones de realizar las pruebas físicas, según modelo del apéndice III.

j) Documento de designación de beneficiarios, del seguro colectivo de vida y accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa, según modelo del apéndice IV.

3.5 La no presentación de alguno de los documentos a que hacen referencia los apartados a), b) y c) de la base 3.4 antes de la fecha límite de admisión de instancias en los centros de reclutamiento, correspondiente a cada Incorporación, será causa de no admisión a las pruebas selectivas.

3.6 Los centros de reclutamietno no admitirán a trámite la instancia y documentación de aquellos aspirantes que no reúnan alguna de las condiciones generales o particulares a que se hace referencia en las bases 2.1 y 2.2 de esta convocatoria.

3.7 La aceptación a trámite de la instancia y documentación por los centros de reclutamiento supondrá, para aquellos que cumplan las condiciones establecidas en las bases 2.1 y 2.2 de esta convocatoria, la admisión del aspirante a las pruebas selectivas.

3.8 Los centros de reclutamiento comunicarán por escrito a los aspirantes que no sean admitidos a las pruebas selectivas las causas de la no admisión a las mismas, y a los aspirantes admitidos, el número de opositor, el centro de selección donde deberá realizar las pruebas selectivas, así como la fecha y hora de comienzo de las mismas.

3.9 Los centros de reclutamiento remitirán a la Dirección de Enseñanza del Ejército correspondiente relación de los aspirantes a dicho Ejército por orden del número de opositor, con indicación de la puntuación obtenida en la fase de concruso, y el expediente que contenga la documentación correspondiente a cada aspirante. Los expedientes se enviarán igualmente clasificados por número de opositor.

4. Proceso selectivo

4.1 El proceso selectivo constará de:

a) Fase de concurso.

b) Fase de oposición.-En función del número de aspirantes, y según las necesidades de cada Ejército, esta fase se podrá realizar por el sistema de tandas y comprenderá las siguientes pruebas:

1. Psicotécnica-cultural.

2. Aptitud física.

3. Reconocimiento médico.

4.2 Las diferentes pruebas se ajustarán a lo establecido en la base 7 de esta convocatoria.

4.3 El proceso selectivo para los aspirantes procedentes de los institutos politécnicos del Ejércitos de Tierra que reúnan las condiciones especificadas en la base 2.4 y opten a las plazas reservadas para ellos, se regirá por lo dispuesto en la base 10.2 de esta convocatoria.

5. Desarrollo del proceso selectivo

5.1 El proceso selectivo de cada una de las Incorporaciones se desarrollará de la siguiente forma:

5.1.1 Se realizará en primer lugar una prueba psicotécnica-cultural, que evaluará la aptitud de los aspirantes para obtener el adecuado rendimiento académico y profesional y el nivel de conocimientos, de acuerdo con las titulaciones mínimas a que se refieren los apartados a) y b) de la base 2.2, respectivamente.

5.1.2 Los que superen la prueba psicotécnica-cultural efectuarán la prueba de aptitud física que acreditará las condiciones físicas de los aspirantes mediante la superación de las pruebas de aptitud física aprobadas por Orden número 42/1994, de 13 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 92).

Para realizar las pruebas físicas será necesario haber presentado, junto con la solicitud de participación en las pruebas selectivas, en el centro de reclutamiento correspondiente, el certificado médico que acredite que el aspirante está capacitado para la realización de las citadas pruebas, según el modelo del apéndice II de este anexo.

Si por causa justificada, algún aspirante no lo presentase, lo podrá obtener en el centro de selección mediante el oportuno reconocimiento, efectuado por un médico militar designado al efecto.

Los aspirantes que sean militares de reemplazo quedarán exentos de presentar el certificado médico a que se refiere el párrafo anterior.

5.1.3 Finalmente, los aspirantes que hayan superado las pruebas psicotécnica-cultural y de aptitud física, deberán superar, asimismo, el reconocimiento médico conforme al cuadro médico de exclusiones aprobado por Orden número 42/1994, de 13 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 92).

5.1.4 En las pruebas que lo requieran, el orden de actuación de los aspirantes será el establecido en la Resolución 442/38058/1995, de 19 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 27, de fecha 1 de febrero), de la Secretaría de Estado de Administración Militar.

5.2 Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por los miembros del Tribunal para que acrediten su identidad. Para ello deberán esta en posesión del documento nacional de identidad durante el desarrollo de todas las pruebas.

5.3 Durante el proceso selectivo o con ocasión de las pruebas, las faltas de respeto hacia el Tribunal o alguno de sus miembros podrá ser motivo de exclusión de los implicados, a juicio del propio Tribunal, elevándose el acta correspondiente al Director de Enseñanza respectivo, a los efectos que procedan.

6. Centros, lugar, fechas y hora del proceso selectivo

6.1 Centros de selección y lugar.-Las pruebas selectivas se realizarán en los centros de selección siguientes:

6.1.1 Ejército de Tierra:

Centro de selección número 1: Instituto Politécnico del Ejército número 1, avenida de Carabanchel Alto, número 17, Madrid, teléfono 91/508 54 40.

Centro de selección número 2: Acuartelamiento Daoiz y Velarde, carretera de Cádiz, sin número, Sevilla, teléfono 95/461 06 50.

Centro de selección número 3: Acuartelamiento El Copero, carretera Isla Menor, Dos Hermanas, Sevilla, teléfono 95/469 01 00.

Centro de selección número 4: Acuartelamiento San Fernando, avenida de Andalucía, sin número, Sevilla, teléfono 95/451 33 22.

Centro de selección número 5: Base de Betera, carretera Betera-Olocau, kilómetro 2,2, Bétera, Valencia, teléfono 96/160 00 01.

Centro de selección número 6: Base de Marines, Marines, Valencia, teléfono 96/278 02 00.

Centro de selección número 7: Academia General Militar, carretera de Huesca, sin número, Zaragoza, teléfono 976/51 70 00.

Centro de selección número 8: Base Castrillo del Val, Castrillo del Val, Burgos, teléfono 947/42 10 00.

Centro de Selección número 9. Base de Figuerido. Carretera de Pontevedra, kilómetro 7. Vilaboa. Pontevedra. Teléfono 986/86 44 30.

Centro de Selección número 10. Acuartelamiento del RAA. Arco de Ladrillo, número 39. Valladolid. Teléfono 983/23 18 00.

Centro de Selección número 11. Acuartelamiento Teniente Galiana. Carretera de Rueda, sin número. Valladolid. Teléfono 983/23 31 04.

Centro de Selección número 12. Acuartelamiento Lomas Coloradas. Calle La Isleta, sin número. Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono 928/46 39 50.

Centro de Selección número 13. Acuartelamiento Bailén. Paseo Torras i Bagues, número 116. Barcelona. Teléfono 93/346 08 00.

6.1.2 Armada:

Centro de Selección número 1. Agrupación de Infantería de Marina. Calle Arturo Soria, 291. Madrid. Teléfono 91/379 56 00.

Centro de Selección número 2. Escuela de Energía y Propulsión. Avenida Tejeras, sin número. Ferrol. La Coruña. Teléfono 981/33 62 62.

Centro de Selección número 3. Centro de Instrucción de Infantería de Marina. Carretera de Algameca, kilómetro 2. Cartagena. Murcia. Teléfono 956/59 90 29.

Centro de Selección número 4. Cuartel de Instrucción de Marinería de San Fernando. Población militar de San Carlos. San Fernando-Naval. Cádiz. Teléfono 956/59 90 29.

Centro de Selección número 5. Arsenal Militar de Las Palmas. Calle León y Castillo, número 310. Las Palmas-Naval. Teléfono 928/44 31 00, extensión 3133.

6.1.3 Ejército del Aire:

Centro de Selección número 1. Academia Básica del Aire. Aeródromo Militar de León. Virgen del Camino. León. Teléfono 987/30 20 00.

Centro de Selección número 2. Aeródromo Militar de Reus. Carretera de Reus a Tarragona. Reus. Tarragona. Teléfono 977/75 35 01.

Centro de Selección número 3. Base aérea de Zaragoza. Carretera del Aeropuerto, sin número. Zaragoza. Teléfono 976/71 09 70.

Centro de Selección número 4. Base aérea de Son San Juan. Carretera de Manacor, sin número. Palma de Mallorca. Teléfono 971/26 42 66.

Centro de Selección número 5. Escuela Militar de Paracaidismo. Base aérea de Alcantarilla. Alcantarilla. Murcia. Teléfono 968/80 03 00.

Centro de Selección número 6. Base aérea de Armilla. Armilla. Granada. Teléfono 968/57 00 22.

Centro de Selección número 7. Escuela de Transmisiones. Carretera de Extremadura kilómetro 10,600. Cuatro Vientos. Madrid. Teléfono 91/509 00 00.

Centro de Selección número 8. Escuela de Automovilismo. Paseo de John Lennon, sin número. Getafe. Madrid. Teléfono 91/696 00 13.

Centro de Selección número 9. Grupo del Cuartel General del Mando Aéreo de Canarias. Acuartelamiento Aéreo de Las Palmas. Paseo de Chill, número 301. Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono 928/29 05 64.

6.2 Fecha y hora.-Presentación para el comienzo de las pruebas selectivas correspondientes a cada una de las Incorporaciones:

Primera Incorporación: Día 19 de junio de 1995, a las nueve horas.

Segunda Incorporación: Día 18 de septiembre de 1995, a las nueve horas.

Tercera Incorporación: Día 6 de noviembre de 1995, a las nueve horas.

6.3 Para su incorporación a los Centros de Selección y regreso a su domicilio, los aspirantes civiles dispondrán de un pasaporte oficial emitido por el Centro de Reclutamiento correspondiente, que le será remitido una vez admitido a dichas pruebas.

Los que se encuentren cumpliendo el Servicio Militar serán pasaportados por su Unidad, una vez que el Centro de Reclutamiento correspondiente les haya comunicado su admisión a las pruebas selectivas, especificando el Centro de Selección, el número de opositor, fecha y hora de presentación.

Durante el viaje de incorporación al Centro de Selección, el desarrollo de las pruebas selectivas y el viaje de regreso a su lugar de residencia habitual o Unidad de destino, los aspirantes estarán acogidos al Seguro Colectivo de Vida y Accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa.

También disfrutarán de este seguro los aspirantes que tengan que comparecer ante el Tribunal Médico de Apelación, en los mismos términos que en el párrafo anterior.

6.4 El alojamiento y manutención durante el período que abarque el proceso selectivo será gestionado y a cargo de los respectivos Ejércitos, desde la noche anterior al día de iniciación de las pruebas.

7. Calificación de las pruebas

7.1 La calificación de la prueba psicotécnica será de apto o no apto, sin carácter vinculante para la realización, en su caso, del servicio militar.

Los calificados no aptos serán excluidos del proceso selectivo sin posibilidad de participar en las pruebas selectivas del mismo Ejército, en siguientes incorporaciones de esta convocatoria.

La prueba cultural se calificará de 0 a 10 puntos.

7.2 Para superar la prueba de aptitud física será necesario alcanzar en todos y cada uno de los ejercicios el mínimo indicado en el apartado «Tabla» del anexo II de la Orden número 42/1994, de 13 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 92).

La calificación de esta prueba será de apto o no apto.

La calificación de no apto será causa de exclusión del proceso selectivo de la Incorporación correspondiente.

7.3 La calificación del reconocimiento médico será de apto o no apto, sin carácter vinculante para la prestación en su caso, del servicio militar.

Los calificados no aptos serán excluidos del proceso selectivo sin posibilidad de participar en las pruebas selectivas de siguientes Incorporaciones de la presente convocatoria, salvo que acrediten fehacientemente haber superado las causas de su falta de aptitud.

Los presidentes de los Tribunales remitirán a la Dirección General del Servicio Militar, y a los Centros de Reclutamiento la lista de no aptos con indicación del motivo de la exclusión. Estas listas serán expuestas en dichos centros, una semana después de finalizar los reconocimientos.

La calificación de no apto podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud al Presidente del Tribunal de Exámenes, en el plazo máximo de tres días a partir del siguiente al de hacerse públicas las mismas en los Centros de Reclutamiento. Dicha solicitud se cursará a través del Centro de Reclutamiento del que dependa el solicitante.

El Presidente del Tribunal de Exámenes dispondrá su comparecencia ante el Tribunal Médico Militar de Apelación correspondiente, siendo pasaportados de ida y regreso por su Centro de Reclutamiento. Aquellos aspirantes que se encuentren realizado el Servicio Militar y tengan que comparecer ante el citado Tribunal serán pasaportados por su unidad y con cargo a su Ejército.

Recibido el dictamen médico, el fallo del Tribunal de Exámenes será definitivo y deberá ser comunicado por escrito, al interesado por el propio Tribunal de Exámenes.

7.4 La calificación de la fase de concurso se llevara a cabo de acuerdo con las puntuaciones y valoraciones de los méritos establecidos en el apéndice III a este anexo, por los Centros de Reclutamiento.

7.5 La calificación de la fase de oposición será la nota obtenida en la prueba cultural.

7.6 La calificación final del concurso-oposición será el resultado de dividir por tres la suma de la puntuación del concurso, más el doble de la de oposición. Estas calificaciones se ordenarán de mayor a menor, para los aspirantes que hayan sido declarados aptos en el reconocimiento médico. A continuación, se establecerá la correspondencia entre las puntuaciones y los aspirantes. Este orden, las preferencias manifestadas por cada uno de ellos y el número de plazas convocadas de las distintas especialidades determinará las relaciones provisionales de los aspirantes seleccionados, que serán remitidas por las respectivas Direcciones de Enseñanza a la Dirección General del Servicio Militar y se harán públicas en los cuarteles generales de los respectivos Ejércitos y en los Centros de Reclutamiento.

7.7 Cada Dirección de Enseñanza remitirá a los Mandos de Personal de los otros Ejércitos, relación de los seleccionados que se encuentran cumpliendo el servicio militar en ese Ejército.

7.8 Los aspirantes que superen la prueba psicotécnica, la prueba de aptitud física, o el reconocimiento médico, quedarán exentos de la realización de las mismas; si decide presentarse al mismo Ejército en siguientes incorporaciones de esta convocatoria. Las Direcciones de Enseñanza serán las encargadas de controlar las pruebas que cada uno de los solicitantes tienen superadas y de las que deban realizar. En el caso de solicitar otro Ejército deberá superar nuevamente todas las pruebas.

7.9 Para garantizar los principios de confidencialidad e igualdad, las pruebas se corregirán y calificarán mediante un sistema clave que impida la identificación personal de los aspirantes.

7.10 En caso de igualdad en la calificación final, la asignación de plazas se resolverá según el orden de prelación siguiente:

a) Mayor puntuación en la fase de concurso.

b) Mayor puntuación en la fase de oposición.

c) Mayor edad.

8. Organos de selección

8.1 Para el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas, los Directores de Enseñanza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, constituirán Tribunales de Exámenes compuestos por un Presidente, un Secretario y un número par de Vocales no inferior a cuatro, y otros tantos suplentes.

Los Tribunales tendrán la categoría que corresponda de acuerdo con la legislación vigente.

8.2 Dependiente de cada Presidente del Tribunal de Exámenes se constituirá una Secretaría compuesta por el personal necesario para la gestión de las pruebas selectivas.

8.3 Los Directores de Enseñanza remitirán a la Dirección General del Servicio Militar, las Resoluciones por las que se nombran los titulares y suplentes del órgano de selección y de los Tribunales de Exámenes, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con anterioridad al día marcado para la presentación a las pruebas selectivas correspondientes a cada incorporación.

8.4 Ningún Tribunal de Exámenes podrá declarar seleccionado para el período de formación elemental un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. En el caso de que en alguna especialidad queden plazas sin cubrir, se podrán acumular a las que se convoquen para otra Incorporación del mismo Ejército, con independencia de la modalidad de trayectoria.

9. Documentación

9.1 Los aspirantes que resulten seleccionados al efectuar su presentación en el Centro de Formación Elemental correspondiente deberán entregar el certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes.

9.2 Quienes no presentasen, salvo caso de fuerza mayor, la documentación anterior, o si del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, les quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de que puedan serles exigidas las posibles responsabilidades en que pudieran haber incurrido.

10. Nombramiento y formación

10.1 Los aspirantes seleccionados de acuerdo con lo establecido en la base 7.6, excepto los procedentes de los Institutos Politécnicos del Ejército de Tierra, serán nombrados alumnos de las correspondientes especialidades, por Resolución del Secretario de Estado de Administración Militar, publicada en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa».

10.2 Los aspirantes procedentes de los Institutos Politécnicos del Ejército de Tierra realizarán las pruebas de selección en los propios Institutos Politécnicos, en el plazo de treinta días, desde la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Los que superen las pruebas previstas en la base 4 de esta convocatoria iniciarán a continuación la fase básica de formación militar y el curso de perfeccionamiento para el desempeño de los cometidos de Cabo Profesional, a que se refiere el artículo 11 del Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales.

Los que resulten aptos, y tras la firma del compromiso inicial, serán nombrados Militares de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales, pudiendo ascender al empleo de Cabo Profesional con ocasión de vacante.

10.3 Los alumnos nombrados (excepto aquellos a que se refiere la base anterior) causarán alta administrativa y efectuarán su presentación en el centro o unidad de formación correspondiente, en las siguientes fechas:

Primera incorporación:

Ejército de Tierra: 17 de julio de 1995.

Armada: 5 de septiembre de 1995.

Segunda incorporación:

Ejército de Tierra: 2 de noviembre de 1995.

Tercera incorporación:

Ejército del Aire: 5 de febrero de 1996.

Para su incorporación a dichos Centros de Formación, los alumnos dispondrán de pasaporte oficial, emitido por los Centros de Reclutamiento y a cargo de cada Ejército.

Los que hayan sido nombrados alumnos y se encuentren realizando el Servicio Militar serán pasaportados a dichos centros por sus respectivas Unidades.

Si alguno no efectuase su incorporación en la fecha indicada, sin la debida justificación, se interpretará que renuncia a la plaza obtenida. Cuando la causa de no incorporación se justifique documentalmente, se les reservará el derecho de repetición del citado período, durante el tiempo máximo de un año, contado a partir de la fecha en que hubiera tenido que incorporarse, previa solicitud, por el interesado, al Director de Enseñanza del Cuartel General correspondiente.

10.4 Los que resulten seleccionados en alguna de las incorporaciones de la presente convocatoria, y hayan sido nombrados alumnos adquirirán la condición militar al incorporarse al centro o unidad donde deban desarrollar el período de formación elemental, debiendo firmar la notificación de incorporación a las Fuerzas Armadas, como alumnos para el acceso a Militar de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales, según modelo aprobado por Resolución 451/39137/93, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 268), de la Secretaría de Estado de Administración Militar.

10.5 Superado el período de formación elemental y tras la firma del compromiso inicial, los alumnos serán nombrados Soldados o Marineros Profesionales, y adquirirán la condición de Militar de empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales por nombramiento del Secretario de Estado de Administración Militar, mediante publicación, por resolución expresa, en el «Boletín Oficial de Defensa».

10.6 En aplicación del artículo 9.2 del Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, los alumnos que no superen este período de formación podrán solicitar su repetición por una única vez dentro de la misma especialidad, o también se les podrá asignar, previa su conformidad, aquella otra especialidad que mejor se adapte a sus capacidades personales. Durante el período que transcurra desde que causen baja en el período de formación elemental hasta su incorporación al siguiente período de formación, perderán la condición de Militar.

Los alumnos que causen baja durante el período de formación elemental por lesión o enfermedad no perderán la condición de Militar hasta que sean dados de alta o a petición del interesado, y se les reservará el derecho de repetición del citado período durante el tiempo máximo de un año, contado a partir de la fecha en que causó baja en el mismo.

10.7 Los alumnos que soliciten la baja a petición propia por motivos justificados de interés particular, como alumnos para el acceso a la condición de Militar de empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales, deberán firmar el modelo de comunicación de baja aprobado por Resolución 451/39136/93, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 268), de la Secretaría de Estado de Administración Militar, no pudiendo solicitar su participación en siguientes incorporaciones de la presente convocatoria.

La baja y la consiguiente pérdida de la condición de Militar será efectiva a las veinticuatro horas desde la firma de dicha documentación.

11. Compromiso inicial

11.1 El compromiso inicial se formalizará mediante el modelo de impreso aprobado por Orden número 95/1992, de 14 de diciembre. Podrá ampliarse a solicitud del interesado, en las condiciones y con los requisitos establecidos en el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales.

11.2 Para la resolución del compromiso contraído se tendrá en cuenta lo dispuesto en los artículos 14 y 15 del Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 273, del 14), por el que se aprueba el Reglamento General de Adquisición y Pérdida de la Condición de Militar y de Situaciones Administrativas del Personal Militar Profesional, y lo dispuesto en el artículo 6.5 del Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales.

12. Destinos

12.1 Superado el período de formación elemental, y tras la firma del compromiso inicial, se podrá solicitar unidad y localidad de destino de las indicadas en la base 1 de este anexo, según las plazas existentes en las distintas especialidades. La adjudicación de dichos destinos se efectuará por el orden de la puntuación obtenida en el mencionado período.

12.2 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas Armadas, el personal femenino podrá optar a todos los destinos de su empleo militar, excepto los de tipo táctico u operativo en unidades de la Legión, de operaciones especiales, paracaidistas y cazadores paracaidistas. Tampoco podrán formar parte de las fuerzas de desembarco, de las dotaciones de submarinos, ni de buques menores en los que sus condiciones estructurales no permitan el alojamiento en condiciones adecuadas.

12.3 Los destinos posteriores se regirán por lo dispuesto en el citado Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales.

13. Retribuciones

Las retribuciones a percibir por los Militares de empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales serán las que determina el Reglamento General de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1494/1991, de 11 de octubre, y modificado parcialmente por el Real Decreto 2/1994, de 14 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 13).

14. Norma final

El alojamiento y manutención de los aspirantes en cualquiera de los centros militares de selección se realizará de acuerdo con las normas de régimen interno dictadas por el Mando correspondiente. El incumplimiento de dichas normas por parte de los mismos, durante todo el proceso selectivo, podrá suponer la exclusión inmediata del mencionado proceso.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación de los Tribunales de Exámenes podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» número 285, de 27 de noviembre), ante el Secretario de Estado de Administración Militar (Subdirección General de Recursos e Información Administrativa, Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana, número 109, 28071 Madrid).

(APENDICES I Y II OMITIDOS)

APENDICE III

Baremo fase de concurso

Méritos profesionales

Personal que ha pertenecido o pertence en la actualidad a las Fuerzas Armadas:

Cabo Primero profesional: Siete puntos.

Cabo Primero de reemplazo o Cabo profesional: Cinco puntos.

Cabo de reemplazo, soldado o marinero profesional y Guardia Civil auxiliar: Tres puntos.

Soldado o marinero de reemplazo: Un punto.

Por cada año (o fracción) de servicio en las Fuerzas Armadas: Un punto.

Por cada participación en misiones fuera del territorio nacional, superior a tres meses: Cinco puntos.

Por estar participando en una misión fuera del territorio nacional: Cinco puntos.

Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico: Cinco puntos.

Mención honorífica: Dos puntos.

Méritos académicos

Estar en posesión del documento acreditativo de:

COU o superior: Cuatro puntos.

Título de FP-2 o BUP: Tres puntos.

Título de FP-1: Dos puntos.

Graduado Escolar: Un punto.

Sólo se valorará la titulación superior que posea el aspirante debidamente legalizada o compulsada.

APENDICE IV

Documento de designación de beneficiarios

Apellidos Nombre DNI Fecha de nacimiento Designo beneficiarios del seguro de vida y accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa a:

Don/doña

Nombre/apellidosDNI

Parentesco

Don/doña

Nombre/apellidosDNI

Parentesco

Don/doña

Nombre/apellidosDNI

Parentesco

a de de 199....

Firma

NOTA: Si no designa expresamente beneficiarios se considerarán como tales a: 1.º, cónyuge; 2.º, hijos/as; 3.º, padres; 4.º, hermanos/as.

APENDICE V

Documentación que se acompaña

i Dos fotografías iguales.

i Fotocopia del DNI.

i Certificado médico.

i Fotocopia compulsada del título académico.

i Fotocopia compulsada de la Cartilla Militar o certificado del Jefe de la Unidad (para los que estén cumpliendo el servicio militar).

i Certificado de haber participado en misiones fuera del territorio nacional.

i Certificado de estar participando en misiones fuera del territorio nacional.

i Documento de designación de beneficiarios.

Marcar con un aspa (X) la documentación relacionada en la base 3.4, que se presenta junto con la instancia de solicitud.

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