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Documento BOE-A-1994-12187

Resolución de 16 de mayo de 1994, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial para el año 1993 del Convenio Colectivo Transitorio del Ente Público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 1994, páginas 16756 a 16757 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1994-12187
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1994/05/16/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para el año 1993 del Convenio Colectivo Transitorio del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) (número de Código 9000112), que fue suscrito con fecha 14 de marzo de 1994 de una parte por representantes de las Centrales Sindicales CC.OO., UGT y USO, en representación del colectivo laboral afectado, y de otra por los designados por la dirección de la empresa, en representación de la misma, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora y con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993, en la ejecución de dicha revisión salarial.

Segundo.-Disponer su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 16 de mayo de 1994.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ANEXO I

Tabla salarial para 1993

Nivel / Salario base nivel / Complemento de nivel / Total mensual

1 / 194.609 / 23.587 / 218.196

2 / 164.463 / 18.865 / 183.328

3 / 146.485 / 15.942 / 162.427

4 / 130.263 / 12.272 / 142.535

5 / 125.087 / 9.972 / 135.059

6 / 119.910 / 8.942 / 128.852

7 / 116.478 / 8.336 / 124.814

8 / 112.991 / 7.863 / 120.854

9 / 110.307 / 6.378 / 116.685

ANEXO II

1. Complemento de antigüedad:

Importes mensuales

Nivel / Antiguos / Nuevos

1 / 3.114 / 3.054

2 / 3.054 / 3.054

3 / 3.054 / 3.054

4 / 3.054 / 3.054

5 / 3.054 / 3.054

6 / 3.054 / 3.054

7 / 3.054 / 3.054

8 / 3.054 / 3.054

9 / 3.054 / 3.054

2. Complementos de turnicidad y jornadas especiales:

Importes mensuales

Pesetas

De veinticuatro horas realizadas en tres turnos (seis trabajadores) 10.867

De veinticuatro horas realizadas en dos turnos (seis trabajadores) 8.150

De trece a veintititrés horas realizadas en dos turnos 10.867

De nueve a catorce horas realizadas en jornada especial de dos equipos 5.436

De nueve a catorce horas realizadas en jornada especial de tres equipos 3.620

3. Complemento de nocturnidad:

Nivel / Valor hora nocturna

1 / 341

2 / 288

3 / 257

4 / 228

5 / 219

6 / 210

7 / 204

8 / 198

9 / 193

4. Complemento de peligrosidad: Importe mensual, 9.571 pesetas. Importe anual, 114.846 pesetas.

5. Complemento de disponibilidad horaria y especial responsabilidad. Disponibilidad horaria: Permanecen vigentes las cuantías de 1992. Especial responsabilidad: Los importes de 1992 se incrementan en el 1,89 por 100.

6. Complemento de residencia: Permanecen vigentes los valores de 1992.

7. Complemento de funciones diversas: Importe mensual, 7.773 pesetas. Importe anual: 93.276 pesetas.

8. Premios de permanencia: Se mantienen vigentes los valores de 1992.

9. Plus de distancia (Tenerife Sur): Los importes de 1992 se incrementan en el 1,89 por 100.

10. Indemnizaciones por razón del servicio: Permanecen vigentes las cuantías de 1992.

11. Complemento compensable:

Nivel / Importe mensual / Importe anual

1 / 25.537 / 306.440

2 / 21.402 / 256.821

3 / 18.923 / 227.079

4 / 16.572 / 198.862

5 / 15.677 / 188.126

6 / 14.941 / 179.294

7 / 14.462 / 173.547

8 / 13.993 / 167.921

9 / 13.503 / 162.032

12. Paga consolidable:

Nivel / Importe anual

1 / 22.436

2 / 22.436

3 / 22.436

4 / 22.436

5 / 22.436

6 / 22.436

7 / 22.436

8/ 22.436

9 / 22.436

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/05/1994
  • Fecha de publicación: 27/05/1994
Referencias anteriores
Materias
  • Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea
  • Convenios colectivos

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