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Documento BOE-A-1990-22560

Real Decreto 1104/1990, de 7 de septiembre, por el que se modifica el primer párrafo del artículo 11 del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 1990, páginas 26599 a 26599 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1990-22560
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1990/09/07/1104

TEXTO ORIGINAL

El Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 24 de octubre), sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música, determinó, en su artículo 11, primer párrafo, los títulos académicos del sistema educativo general, vigentes en ese momento, que debían poseer en cada caso los interesados para poder solicitar la expedición de los diplomas y títulos correspondientes a los estudios realizados en los Conservatorios de Música.

No obstante, las importantes reformas producidas en materia de ordenación académica y titulaciones a partir de la Ley 14/1970, General de Educación, han generado una falta de identidad entre la denominación de los títulos exigidos como requisitos académicos previos por el Decreto 2618/1966 y los títulos actualmente en vigor y consecuentemente la imposibilidad legal, en algunos supuestos, de que los interesados puedan acreditar la concurrencia de dichos requisitos al haber cursado estudios y obtenido títulos distintos a los exigidos en la citada disposición reglamentaria.

Por ello, resulta preciso la modificación del primer párrafo del artículo 11 del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, incorporando al mismo las titulaciones del sistema educativo actual que habiliten a los alumnos, una vez superados los estudios en los Conservatorios de Música, para solicitar los Diplomas y títulos correspondientes a las enseñanzas musicales cursadas.

En su virtud, previo informe del Consejo Escolar del Estado, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de septiembre de 1990,

DISPONGO:

Artículo único.

Se modifica el primer párrafo del artículo 11 del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música, quedando redactado de la siguiente forma:

«Artículo 11.

Para solicitar los diplomas y títulos establecidos en el artículo anterior será necesario hallarse en posesión del Certificado de Estudios Primarios o del Certificado de Escolaridad, para los diplomas Elemental, de Instrumentista o de Cantante; del título de Bachiller Elemental o Graduado Escolar o Técnico Auxiliar, para el título de Profesor, y del título de Bachiller Superior o de Bachiller o de Técnico Especialista o de Graduado en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos y Cerámica o haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años y un curso completo de estudios universitarios, para el título de Profesor Superior. En todos los casos, se podrán también solicitar los diplomas y títulos mencionados si se está en posesión de algún otro título declarado equivalente a los exigidos para poder solicitar dichos diplomas y títulos.

Los solicitantes deberán abonar la tasa correspondiente y acreditar, en razón al diploma o título solicitado, que reúnen los requisitos siguientes:»

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 7 de septiembre de 1990.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

JAVIER SOLANA MADARIAGA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 07/09/1990
  • Fecha de publicación: 11/09/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 12/09/1990
Referencias anteriores
  • MODIFICA el primer párrafo del art. 11 del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre (Ref. BOE-A-1966-17113).
  • CITA Ley 14/1970, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1970-852).
Materias
  • Conservatorios de Música
  • Enseñanza Artística
  • Títulos académicos y profesionales

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