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Documento BOE-A-1989-2146

Orden de 30 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua caliente.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 1989, páginas 2539 a 2542 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1989-2146
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/12/30/(7)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

EL SISTEMA LEGAL DE UNIDADES DE MEDIDA, ASI COMO LOS PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES A LOS QUE HABRAN DE AJUSTARSE LA ORGANIZACION Y EL REGIMEN JURIDICO DE LA ACTIVIDAD METROLOGICA EN ESPAÑA, VIENEN ESTABLECIDOS EN LA ACTUALIDAD POR LA LEY 3/1985, DE 18 DE MARZO, DE METROLOGIA, UNA DE CUYAS PIEZAS CLAVES HA SIDO EL ESTABLECIMIENTO DE UN CONTROL METROLOGICO POR PARTE DEL ESTADO, AL QUE DEBERAN SOMETERSE, EN DEFENSA DE LA SEGURIDAD, DE LA PROTECCION DE LA SALUD Y DE LOS INTERESES ECONOMICOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS, TODOS LOS INSTRUMENTOS, APARATOS, MEDIOS Y SISTEMAS DE MEDIDA, QUE SIRVAN PARA PESAR, MEDIR O CONTAR, Y QUE HA SIDO DESARROLLADO POR EL REAL DECRETO 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE.

PRODUCIDA LA ADHESION DE ESPAÑA A LAS COMUNIDADES EUROPEAS, POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1296/1986, DE 28 DE JUNIO, SE MODIFICA LA LEY DE METROLOGIA PARA ADAPTARLA AL DERECHO DERIVADO COMUNITARIO, ESTABLECIENDOSE, ADEMAS DEL CONTROL DEL ESTADO, UN CONTROL METROLOGICO ESPECIAL, CON EFECTOS EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA, DENOMINADO CONTROL METROLOGICO CEE, QUE SERA APLICABLE, SI LOS EQUIPOS DE CONTROL DE QUE SE DISPONE POR EL ESTADO LO PERMITEN, A LOS INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y A LOS METODOS DE CONTROL METROLOGICO REGULADOS POR UNA DIRECTIVA ESPECIFICA DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA, Y QUE HA SIDO REGLAMENTADO POR REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE JUNIO.

ENTRE LAS NORMAS COMUNITARIAS REGULADORAS DE INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y METODOS DE CONTROL METROLOGICO, SE ENCUENTRA LA DIRECTIVA 79/830/CEE, DEL CONSEJO, DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1979, RELATIVA A LA APROXIMACION DE LAS LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS SOBRE LOS CONTADORES DE AGUA CALIENTE.

LA PRESENTE ORDEN NO TIENE OTRO OBJETO QUE INCORPORAR AL DERECHO INTERNO ESPAÑOL LA DIRECTIVA MENCIONADA, Y SE DICTA EN USO DE LA AUTORIZACION OTORGADA AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO POR LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL CONTROL METROLOGICO CEE.

EN SU VIRTUD DISPONGO:

PRIMERO. LOS CONTADORES DE AGUA CALIENTE QUE SE DESCRIBEN EN EL ANEXO DE LA PRESENTE ORDEN, SERAN OBJETO DEL CONTROL METROLOGICO DE APROBACION DE MODELO Y DE VERIFICACION PRIMITIVA, QUE SE EFECTUARA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL CONTROL METROLOGICO CEE, O, EN SU CASO, DE ACUERDO CON LO DETERMINADO EN EL REAL DECRETO 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CONTROL METROLOGICO QUE REALIZA LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.

SEGUNDO. EL CONTROL METROLOGICO A QUE SE REFIERE EL APARTADO ANTERIOR, SE REALIZARA POR EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE FIGURAN EN EL MENCIONADO ANEXO.

DISPOSICION FINAL.

LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 30 DE DICIEMBRE DE 1988.

SAENZ COSCULLUELA

ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL.

ANEXO

EL PRESENTE ANEXO ESTABLECE LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS DE FABRICACION Y FUNCIONAMIENTO, A LAS QUE DEBERAN AJUSTARSE LOS CONTADORES DE AGUA CALIENTE, PARA PODER SER IMPORTADOS, COMERCIALIZADOS Y PUESTOS EN SERVICIO, TRAS HABER PASADO LOS CONTROLES CORRESPONDIENTES Y HABERLES IMPUESTO LAS MARCAS Y SIGNOS PREVISTOS.

LOS CONTADORES DE AGUA CALIENTE, A LOS QUE SE REFIERE ESTA DISPOSICION, TIENEN COMO FINALIDAD MEDIR, DE FORMA CONTINUA, EL VOLUMEN DE AGUA CALIENTE QUE LOS ATRAVIESA. ESTAN PROVISTOS DE UN DISPOSITIVO DE MEDICION QUE ACCIONA UN DISPOSITIVO REGISTRADOR.

A LOS EFECTOS DE ESTA DISPOSICION, SE ENTIENDE POR AGUA CALIENTEE, EL AGUA CUYA TEMPERATURA SEA SUPERIOR A 30 CELSIUS, SIN SOBREPASAR LOS 90 CELSIUS.

QUEDAN EXCLUIDOS DEL AMBITO DE APLICACION DE ESTA ORDEN, LOS CONTADORES DE AGUA CALIENTE QUE HAYAN DE INCORPORARSE A UN CIRCUITO DE INTERCAMBIO DE ENERGIA TERMICA.

I.

TERMINOLOGIA Y DEFINICIONES

1.0 EL PRESENTE ANEXO SE APLICARA, UNICAMENTE, A LOS CONTADORES DE AGUA CALIENTE, EN ADELANTE DENOMINADOS <CONTADORES>, EN LOS QUE SE UTILICE UN PROCEDIMIENTO MECANICO DIRECTO, EN EL QUE INTERVENGAN CAMARAS VOLUMETRICS DE PAREDES MOVILES O LA ACCION DE LA VELOCIDAD DEL AGUA SOBRE LA ROTACION DE UN ORGANO MOVIL (TURBINA, HELICE, ETC.).

NO SE APLICARA A LOS CONTADORES DE AGUA CALIENTE PROVISTOS DE DISPOSITIVOS ELECTRONICOS.

1.1 CAUDAL: Q.

EL CAUDAL (Q) ES EL COCIENTE QUE SE OBTIENE AL DIVIDIR EL VOLUMEN DE AGUA QUE HA PASADO POR EL CONTADOR, POR EL TIEMPO DE PASO DE DICHO VOLUMEN.

1.2 VOLUMEN SUMINISTRADO:

V.

EL VOLUMEN SUMINISTRADO (V) DURANTE UN TIEMPO CUALQUIERA, ES EL VOLUMEN TOTAL DE AGUA QUE HA PASADO POR EL CONTADOR DURANTE ESE TIEMPO.

1.3 CAUDAL MAXIMO: Q MAX

EL CAUDAL MAXIMO (Q MAX ) ES EL VALOR DEL CAUDAL CORRESPONDIENTE AL LIMITE SUPERIOR DEL CAMPO DE MEDIDA; ES EL CAUDAL MAS ELEVADO AL QUE DEBE PODER FUNCIONAR EL CONTADOR SIN SUFRIR DETERIORO, DURANTE UN TIEMPO DETERMINADO, SIN SOBREPASAR LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS, NI SOBREPASAR EL VALOR MAXIMO DE LA PERDIDA DE PRESION.

1.4 CAUDAL NOMINAL: Q N

EL CAUDAL NOMINAL (Q N ) ES IGUAL A LA MITAD DEL CAUDAL MAXIMO Q MAX EL NUMERO QUE REPRESENTE EL VALOR Q N , EXPRESADO EN METROS CUBICOS POR HORA, SERVIRA PARA DESIGNAR EL CONTADOR.

AL CAUDAL NOMINAL Q N , EL CONTADOR DEBERA PODER FUNCIONAR NORMALMENTE, ES DECIR, EN REGIMEN PERMANENTE Y EN REGIMEN INTERMITENTE, SIN SOBREPASAR LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS.

1.5 CAUDAL MINIMO: Q MIN

EL CAUDAL MINIMO (Q MIN ) ES EL VALOR DEL CAUDAL CORRESPONDIENTE AL LIMITE INFERIOR DEL CAMPO DE MEDIDA; ES EL CAUDAL A PARTIR DEL CUAL EL CONTADOR NO DEBERA SOBREPASAR LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS, SE FIJARA EN FUNCION DE Q N

1.6 CAMPO DE MEDIDA.

EL CAMPO DE MEDIDA DE UN CONTADOR, ES EL CAMPO DENTRO DEL CUAL LAS INDICACIONES DEL CONTADOR NO DEBEN TENER ERRORES SUPERIORES A LOS MAXIMOS TOLERADOS. ESTA DELIMITADO POR EL CAUDAL MAXIMO Q MAX Y EL CAUDAL MINIMO Q MIN , Y SE DISTRIBUIRA EN DOS ZONAS, LLAMADAS INFERIOR Y SUPERIOR, EN LAS QUE LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS SERAN DIFERENTES.

1.7 CAUDAL DE TANSICION: Q T

EL CAUDAL DE TRANSICION (Q T ) ES EL VALOR DEL CAUDAL PARA EL CUAL EL CAMPO DE MEDIDA QUEDA DIVIDIDO EN DOS ZONAS <SUPERIOR> E <INFERIOR>, CARACTERIZADAS, CADA UNA, POR EL ERROR MAXIMO TOLERADO EN ELLAS. EN Q T LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS SUFREN UNA DISCONTINUIDAD.

1.8 ERROR MAXIMO TOLERADO:

EL ERROR MAXIMO TOLERADO ES EL VALOR EXTREMO DEL ERROR TOLERADO POR LA PRESENTE DISPOSICION, CON OCASION DE LA APROBACION DE MODELO Y DE LA VERIFICACION PRIMITIVA DE UN CONTADOR.

1.9 PERDIDA DE PRESION;

POR PERDIDA DE PRESION, ES PECISO ENTENDER LA QUE ES DEBIDA A LA PRESENCIA DEL CONTADOR EN LA CONDUCCION.

1.10 PRESION MAXIMA DE SERVICIO: P MAX

ES EL VALOR MAXIMO DE LA PRESION (SUPERIOR A LA PRESION ATMOSFERICA) CON LA CUAL EL CONTADOR DEBE FUNCIONAR DE FORMA CONTINUA.

1.11 TEMPERATURA DE SERVICIO: T

LA TEMPERATURA DE SERVICIO (T) ES LA TEMPERATURA DEL AGUA CALIENTE EN LA TUBERIA INMEDIATAMENTE ANTES DEL CONTADOR.

II. CARACTERISTICAS METROLOGICAS

2.1 ERRORES MAXIMOS TOLERADOS.

2.1.1 LOS ERRORES DE MEDIDA SE INDICAN EN PROCENTAJE Y SON IGUALES A:

( FORMULA OMITIDA )

SIENDO V I EL VALOR DEL VOLUMEN INDICADO POR EL CONTADOR Y V*IS C EL VALOR CONVENCIONALMENTE VERDADERO DEL VOLUMEN SUMINISTRADO, EXPRESADOS EN LA MISMA UNIDAD Y A LA MISMA TEMPERATURA.

2.1.2 EL ERROR MAXIMO TOLERADO EN LA ZONA INFERIOR COMPRENDIDA ENTRE Q MIN INCLUSIVE Y Q T EXCLUSIVE SERA +-5 POR 100.

EL ERROR MAXIMO TOLERADO EN LA ZONA SUPERIOR COMPRENDIDA ENTRE Q T INCLUSIVE Y Q MAX INCLUSIVE SERA +-3 POR 100.

EN EL CASO DE QUE LOS ERRORES OBTENIDOS, EN TODO EL CAMPO DE MEDIDA DEL CONTADOR, SEAN DEL MISMO SIGNO, LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS SERAN LA MITAD DE LOS INDICADOS ANTERIORMENTE.

2.2 CLASES METROLOGICAS

LOS CONTADORES SE DISTRIBUIRAN, DE ACUERDO CON LOS VALORES Q MIN Y Q T ANTERIORMENTE DEFINIDOS, EN CUATRO CLASES METROLOGICAS, CON ARREGLO A LA TABLA SIGUIENTE:

( TABLA OMITIDA )

III. CARACTERISTICAS TECNOLOGICAS

3.1 CONSTRUCCION-DISPOSICIONES GENERALES.

LOS CONTADORES DEBERAN ESTAR CONSTRUIDOS DE MANERA QUE:

QUEDE ASEGURADO UN SERVICIO PROLONGADO, GARANTIZANDO LA IMPOSIBILIDAD DE FRAUDE,

SE CUMPLAN LAS PRESCRIPCIONES DE LA PRESENTE DISPOSICION, EN LAS CONDICIONES NORMALES DE USO.

CUANDO LOS CONTADORES PUEDAN ESTAR SOMETIDOS A UN REFLUJO ACCIDENTAL DEL AGUA, DEBERAN PODER SOPORTARLO SIN SUFRIR DETERIORO, NI ALTERACION ALGUNA EN SUS CUALIDADES METROLOGICAS, Y DEBERAN REGISTRAR EL DESCUENTO CORRESPONDIENTE.

3.2 MATERIALES.

EL CONTADOR DEBERA FABRICARSE CON MATERIALES QUE POSEAN UNA RESISTENCIA Y DURABILIDAD APROPIADAS AL USO AL QUE SE DESTINAN. EL CONTADOR, EN SU CONJUNTO, DEBERA ESTAR CONSTRUIDO CON MATERIALES RESISTENTES A LAS CORROSIONES EXTERNAS E INTERNAS Y, EN CASO DE NECESIDAD, DEBERAN PROTEGERSE MEDIANTE LA APLICACION DE UN TRATAMIENTO ADECUADO DE SU SUPERFICIE. LAS VARIACIONES DE TEMPERATURA ENTRE 0 CELSIUS Y 110 CELSIUS, NO DEBERAN ALTERAR LOS MATERIALES QUE SE HAYAN UTILIZADO EN LA CONSTRUCCION DEL CONTADOR.

TODAS LAS PARTES DEL CONTADOR EN CONTACTO CON EL AGUA, DEBEN REALIZARSE CON MATERIALES QUE CUMPLAN LA LEGISLACION SANITARIA VIGENTE Y NO PROVOQUEN DEGRADACION DE LA POTABILIDAD DE LA MISMA.

3.3 ESTANQUIDAD-RESISTENCIA A LA PRESION Y A LA TEMPERATURA.

LOS CONTADORES DEBERAN SOPORTAR DE MANERA PERMANENTE Y SIN QUE SE PRODUZCAN DEFECTOS DE FUNCIONAMIENTO, NI FUGAS, NI FILTRACIONES A TRAVES DE LAS PAREDES, NI DEFORMACION PERMANENTE, UNA TEMPERATURA CONTINUA DEL AGUA DE 90 CELSIUS, ASI COMO LA PRESION CONTINUA PARA LA QUE ESTAN CONSTRUIDOS, DENOMINADA PRESION MAXIMA DE SERVICIO. EL VALOR MINIMO DE ESTA PRESION SERA DE 10 BAR.

3.4 PERDIDA DE PRESION.

LA PERDIDA DE PRESION PRODUCIDA POR EL CONTADOR, COMPRENDIENDO SU FILTRO Y LA PARTE DE CONDUCTO INTEGRADA EN EL CONTADOR, EN CASO DE QUE DISPONGAN DE ELLOS, SE DETERMINARA MEDIANTE LOS ENSAYOS PARA LA APROBACION DE MODELO Y NO DEBERA SOBREPASAR EN NINGUN CASO 0,25 BAR EN REGIMEN DE CAUDAL NOMINAL Y 1 BAR EN REGIMEN DE CAUDAL MAXIMO.

EN FUNCION DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN LOS ENSAYOS, LOS MODELOS SE CLASIFICARAN EN CUATRO GRUPOS SEGUN QUE SU PERDIDA DE PRESION, EN REGIMEN DE CAUDAL MAXIMO, SEA COMO MAXIMO IGUAL A UNO DE LOS VALORES SIGUIENTES:

1, 0,6, 0,3 Y 0,1 BAR.

ESTE VALOR SE CONSIGNARA EN EL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO.

3.5 DISPOSITIVO INDICADOR.

EL DISPOSITIVO INDICADOR DEBERA PERMITIR, MEDIANTE LA SIMPLE YUXTAPOSICION DE LAS INDICACIONES DE LOS DIFERENTES ELEMENTOS QUE LO COMPONEN, UNA LECTURA SEGURA, FACIL E INEQUIVOCA DEL VOLUMEN DEL AGUA QUE ATRAVIESA EL CONTADOR, EXPRESADO EN METROS CUBICOS.

DICHO VOLUMEN VENDRA DADO:

A) BIEN POR LA POSICION DE UNA O VARIAS AGUJAS QUE SE DESPLAZAN ANTE ESCALAS CIRCULARES;

B) BIEN POR LA LECTURA DE CIFRAS ALINEADAS CONSECUTIVAMENTE Y COLOCADAS SOBRE RODILLOS CILINDRICOS QUE APAREZCAN EN UNA O VARIAS ABERTURAS;

C) BIEN POR LA COMBINACION DE AMBOS SISTEMAS.

CON EL FIN DE PODER DISTINGUIR LOS MULTIPLOS Y LOS SUBMULTIPLOS DEL METRO CUBICO, SE EMPLEARA EL COLOR NEGRO COMO INDICATIVO DEL METRO CUBICO Y SUS MULTIPLOS, Y EL COLOR ROJO COMO INDICATIVO DE LOS SUBMULTIPLOS DEL METRO CUBICO.

LA ALTURA REAL O APARENTE DE LAS CIFRAS ALINEADAS NO DEBERA SER INFERIOR A 4 MILIMETROS.

EN LOS INDICADORES DE CIFRAS, SOBRE RODILLOS, ALINEADAS (TIPO (B) Y (C)), EL DESPLAZAMIENTO VISIBLE DEBERA PRODUCIRSE DE ABAJO HACIA ARRIBA PARA TODAS LAS CIFRAS. EL AVANCE EN UNA UNIDAD DE UNA CIFRA, CUALQUIERA QUE SEA SU ORDEN, DEBERA PRODUCIRSE COMPLETAMENTE MIENTRAS LA CIFRA DE ORDEN INMEDIATAMENTE INFERIOR DESCRIBA LA ULTIMA DECIMA PARTE DE SU GIRO. EN EL TIPO DE CONTADOR (C), EL RODILLO SOBRE EL QUE VAYAN INSCRITAS LAS CIFRAS DE ORDEN MAS BAJO PODRA TENER UN MOVIMIENTO CONTINUO. EL NUMERO ENTERO DE METROS CUBICOS DEBERA QUEDAR INDICADO CLARAMENTE.

EN LOS INDICADORES DE AGUJAS (TIPOS (A) Y (C)), EL SENTIDO DE ROTACION DEBERA SER EL DE LAS AGUJAS DEL RELOJ. EL VALOR EXPRESADO EN METROS CUBICOS DEL ESCALON DE CADA ESCALA DEBERA SER DE LA FORMA 10 , SIENDO N UN NUMERO ENTERO, POSITIVO, NEGATIVO O CERO, DE MANERA QUE CONSTITUYA UN SISTEMA DE DECADAS CONSECUTIVAS. AL LADO DE CADA ESCALA DEBEN FIGURAR INDICACIONES TALES COMO COMO:

X 1.000; X 100; X 10; X 1; X 0,1; X 0,01; X 0,001.

EN AMBOS TIPOS DE CONTADORES (DE AGUJAS Y CIFRAS ALINEADAS):

DEBERA FIGURAR, EN EL DIAL, O INMEDIATAMENTE AL LADO DE LA INDICACION NUMERADA, EL SIMBOLO M 3 ,

EL ELEMENTO GRADUADO MAS RAPIDO QUE SE PUEDA OBSERVAR VISUALMENTE, QUE CONSTITUYE EL ELEMENTO CONTROLADOR Y CUYO ESCALON SE LLAMA ESCALON DE VERIFICACION, DEBERA MOVERSE CONTINUAMENTE. DICHO ELEMENTO CONTROLADOR PODRA SER PERMANENTE, O AJUSTARSE TEMPORALMENTE MEDIANTE LA INSERCION DE PIEZAS AMOVIBLES.

ESTAS ULTIMAS NO DEBERAN INFLUIR SOBRE LAS CUALIDADES METROLOGICAS DEL CONTADOR.

LA LONGITUD DEL ESCALON DE VERIFICACION NO DEBE SER INFERIOR A UN MILIMETRO, NI SUPERIOR A CINCO MILIMETROS. LA ESCALA ESTARA CONSTITUIDA:

BIEN POR TRAZOS DE IGUAL ESPESOR, QUE NO SOBREPASEN LA CUARTA PARTE DE LA DISTANCIA ENTRE LOS EJES DE DOS TRAZOS CONSECUTIVOS, DE MANERA QUE LOS TRAZOS NO SE DIFERENCIEN NADA MAS QUE POR SU LONGITUD,

BIEN POR BANDAS DE CONTRASTE, CUYA ANCHURA CONSTANTE SEA IGUAL A LA LONGITUD DEL ESCALON.

3.6 NUMERO DE CIFRAS Y VALORES DEL ESCALON DE VERIFICACION.

EL DISPOSITIVO INDICADOR DEBERA PODER REGISTRAR, SIN VUELTA A CERO, UN VOLUMEN, EXPRESADO EN METROS CUBICOS, COMO MINIMO IGUAL AL QUE CORRESPONDA A 1.999 HORAS DE FUNCIONAMIENTO EN REGIMEN DE CAUDAL NOMINAL.

EL ESCALON DE VERIFICACION DEBE SER DE LA FORMA 1 X 10 , 2 X 10 O 5 X 10 DEBERA SER SUFICIENTEMENTE PEQUEÑO PARA PODER GARANTIZAR, DURANTE LA VERIFICACION, UNA IMPRECISION EN LA MEDIDA NO SUPERIOR AL 0,5 POR 100 (ADMITIENDOSE UN ERROR POSIBLE DE LECTURA NO SUPERIOR A LA MITAD DE LA LONGITUD DEL ESCALON PEQUEÑO), Y PODER EXIGIR UN SUMINISTRO LO SUFICIENTEMENTE PEQUEÑO, PARA QUE EL ENSAYO, EFECTUADO EN REGIMEN DE CAUDAL MINIMO, NO DURE MAS DE UNA HORA Y TREINTA MINUTOS.

PODRA INCORPORARSE UN DISPOSITIVO COMPLEMENTARIO (ESTRELLA, DISCO CON SEÑAL DE REFERENCIA, ETCETERA), CON EL FIN DE DETECTAR EL MOVIMIENTO DEL DISPOSITIVO MEDIDOR, ANTES DE QUE SE PUEDA OBSERVAR CLARAMENTE EL MOVIMIENTO DE ESTE ULTIMO EN EL DISPOSITIVO INDICADOR.

3.7 DISPOSITIVO DE REGULACION.

LOS CONTADORES PODRAN INCLUIR UN DISPOSITIVO DE REGULACION QUE PERMITA MODIFICAR LA RELACION ENTRE EL VOLUMEN INDICADO Y EL VOLUMEN SUMINISTRADO. DICHO DISPOSITIVO SERA OBLIGATORIO EN LOS CONTADORES QUE UTILIZAN LA ACCION DE LA VELOCIDAD DEL AGUA SOBRE LA ROTACION DE UN ORGANO MOVIL.

3.8 DISPOSITIVO ACELERADOR.

QUEDA PROHIBIDO EL EMPLEO DE DISPOSITIVOS PARA ACELERAR LA MARCHA DEL CONTADOR POR DEBAJO DEL VALOR Q MIN

3.9 DIPOSITIVOS ADICIONALES.

EL CONTADOR PODRA INCLUIR UN DISPOSITIVO PARA PRODUCIR IMPULSOS, SIEMPRE QUE DICHO DISPOSITIVO NO INFLUYA APRECIABLEMENTE SOBRE LAS CUALIDADES METROLOGICAS DEL CONTADOR.

EL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO PUEDE PREVER LA INCORPORACION DE DISPOSITIVOS ESPECIALES, PERMANENTES O AMOVIBLES, DESTINADOS A PERMITIR LA VERIFICACION AUTOMATIZADA DEL CONTADOR.

IV. INSCRIPCIONES Y MARCAS

4.1 INSCRIPCIONES DE IDENTIFICACION.

EL CONTADOR DEBERA LLEVAR OBLIGATORIAMENTE, DE MANERA LEGIBLE E INDELEBLE, AGRUPADAS O REPARTIDAS EN DIFERENTES LUGARES DE LA SUPERFICIE EXTERNA, EL DIAL DEL DISPOSITIVO INDICADOR O LA PLACA DESCRIPTIVA, LAS INDICACIONES SIGUIENTES:

A) EL NOMBRE O LA RAZON SOCIAL DEL FABRICANTE O SU MARCA DE FABRICA;

B) LA CLASE METROLOGICA Y EL CAUDAL NOMINAL Q N EN METROS CUBICOS POR HORA;

C) EL AÑO DE FABRICACION Y EL NUMERO INDIVIDUAL DE FABRICACION;

D) UNA O DOS FLECHAS QUE INDIQUEN EL SENTIDO DEL FLUJO;

E) EL SIGNO DE APROBACION DE MODELO O, EN SU CASO, EL DE APROBACION DE MODELO CEE;

F) LA PRESION MAXIMA DE SERVICIO EN BAR, CUANTO ESTA PUEDA SER SUPERIOR A 10 BAR;

G) LA TEMPERATURA MAXIMA DE FUNCIONAMIENTO EN LA FORMA:

90 CELSIUS;

H) LAS LETRAS V O H, CUANDO EL CONTADOR SOLO PUEDA FUNCIONAR CORRECTAMENTE EN LA POSICION VERTICAL (V) O EN LA POSICION HORIZONTAL (H).

4.2 EMPLAZAMIENTO DE LAS MARCAS DE VERIFICACION. DEBE ESTAR PREVISTO UN EMPLAZAMIENTO SOBRE UNA PIEZA ESENCIAL DEL APARATO (EN PRINCIPIO LA CUBIERTA), VISIBLE SIN DESMONTAJE, PARA COLOCAR LAS MARCAS DE VERIFICACION.

4.3 PRECINTADO. EL CONTADOR DEBERA LLEVAR DISPOSITIVOS DE PROTECCION, QUE PUEDAN SER PRECINTADOS, CON EL FIN DE IMPEDIR, SIN DETERIORO DE LOS MISMOS, EL DESMONTAJE O LA MODIFICACION DEL CONTADOR O DE SU DISPOSITIVO DE REGULACION, TANTO ANTES COMO DESPUES DE LA INSTALACION CORRECTA DEL CONTADOR.

V.

APROBACION DE MODELO

5.1 PROCEDIMIENTO. EL PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE MODELO, SE AJUSTARA A LO ESTABLECIDO EN LOS REALES DECRETOS 597/1988, DE 10 DE JUNIO O 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE, SEGUN EL CASO.

5.2 ENSAYOS PARA LA APROBACION DE MODELO. CUANDO, DEL EXPEDIENTE DE LA SOLICITUD DE APROBACION, SE DESPRENDA QUE EL MODELO SE AJUSTA A LAS PRESCRIPCIONES DE LA PRESENTE DISPOSICION, EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA, PROCEDERA A EFECTUAR ENSAYOS DE LABORATORIO, EN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

5.2.1 NUMERO DE CONTADORES QUE DEBERAN PRESENTARSE. EL PETICIONARIO DEBERA PONER INICIALMENTE A DISPOSICION DEL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA, EL NUMERO DE CONTADORES FIJADOS EN LA TABLA SIGUIENTE:

CAUDAL NOMINAL Q N EN M /H / NUMERO DE CONTADORES

Q N < 1,5 / 10

1,5 <= Q N < 15 / 3

Q N >= 15 / 2

DURANTE LOS ENSAYOS, EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA, PODRA:

DECIDIR NO EFECTUAR LOS ENSAYOS EN TODOS LOS CONTADORES PRESENTADOS O

PEDIR A LOS FABRICANTES CONTADORES SUPLEMENTARIOS CON EL FIN DE PROSEGUIR DICHOS ENSAYOS.

5.2.2 PRESION. PARA LOS ENSAYOS METROLOGICOS PREVISTOS EN EL PUNTO 5.2.4, LA PRESION A LA SALIDA DEL CONTADOR DEBERA SER SUFICIENTE PARA IMPEDIR LA FORMACION DE CAVIDADES.

5.2.3 MATERIAL DE ENSAYO.

EN GENERAL, LOS CONTADORES SE ENSAYARAN INDIVIDUALMENTE Y, EN TODO CASO, DE MODO QUE QUEDEN INEQUIVOCAMENTE PATENTES LAS CARACTERISTICAS INDIVIDUALES DE CADA UNO DE ELLOS.

EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA ADOPTARA TODAS LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA QUE, HABIDA CUENTA DE LAS DIFERENTES CAUSAS DE ERROR DE LA INSTALACION, LA INCERTIDUMBRE MAXIMA DE PRESION RELATIVA NO SOBREPASE EL 0,3 POR 100 EN LA MEDIDA DEL VOLUMEN SUMINISTRADO.

LA INCERTIDUMBRE MAXIMA DE PRECISION RELATIVA DE LA INSTALACION SERA DEL 5 POR 100 PARA LA MDIDA DE LA PRESION Y DEL 2,5 POR 100 PARA LA MEDIDA DE LA PERDIDA DE PRESION.

EN CADA ENSAYO, LA VARIACION RELATIVA DEL VALOR DE LOS CAUDALES NO DEBERA SOBREPASAR EL 2,5 POR 100 ENTRE Q MIN Y Q T Y EL 5 POR 100 ENTRE Q T Y Q MAX

LAS MEDICIONES DE TEMPERATURA DEBERAN EFECTUARSE CON UNA INCERTIDUMBRE DE PRECICION COMO MAXIMO IGUAL A 1 GRADO CELSIUS.

CUALQUIERA QUE SEA EL LUGAR EN QUE SE VERIFIQUEN LOS ENSAYOS, LA INSTALACION DEBERA SER APROBADA POR EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA.

5.2.4 ENSAYOS.

5.2.4.1 EJECUCION DE LOS ENSAYOS. ESTOS ENSAYOS COMPRENDEN LAS OPERACIONES SIGUIENTES, REALIZADAS EN EL ORDEN QUE SE INDICA:

1. ENSAYO DE ESTANQUIDAD;

2. DETERMINACION DE LAS CURVAS DE ERROR EN FUNCION DEL CAUDAL, ESTUDIANDO LA INFLUENCIA DE LA PRESION Y DE LA TEMPERATURA Y TENIENDO EN CUENTA LAS CONDICIONES NORMALES DE INSTALACION (LONGITUDES DE TUBERIA RECTA, ANTES Y DESPUES DEL CONTADOR, ESTRANGULAMIENTOS, OBSTACULOS, ETC.), PREVISTAS POR EL FABRICANTE PARA ESTE TIPO DE CONTADOR;

3. DETERMINACION DE LAS PERDIDAS DE PRESION;

4. ESTUDIO ACELERADO DEL ENVEJECIMIENTO;

5.

PRUEBA DE RESISTENCIA A LOS CHOQUES TERMICOS PARA LOS CONTADORES CUYO CAUDAL NOMINAL Q N SEA INFERIOR O IGUAL A 10 M 3 /H.

5.2.4.2 DESCRIPCION DE LOS ENSAYOS. LOS ENSAYOS SE REALIZARAN DE LA MANERA SIGUIENTE:

EL ESTUDIO DE ESTANQUIDAD DEL CONTADOR CONSISTIRA EN LOS DOS ENSAYOS QUE SE INDICAN A CONTINUACION, EFECTUADOS A UNA TEMPERATURA DE 85 +- 5 CELSIUS:

A) CADA CONTADOR DEBERA SOPORTAR, SIN FUGAS, SIN REZUMAR A TRAVES DE LAS PAREDES Y SIN DETERIORO, UNA PRESION IGUAL A 1,6 VECES LA PRESION MAXIMA DE SERVICIO APLICADA DURANTE QUINCE MINUTOS (VER PUNTO 4.1, LETRA F));

B) CADA CONTADOR DEBERA SOPORTAR, SIN DESTRUCCION NI BLOQUEO, UNA PRESION IGUAL A DOS VECES LA PRESION MAXIMA DE SERVICIO APLICADA DURANTE UN MINUTO (VER PUNTO 4.1, LETRA F));

LOS RESULTADOS DE LOS ENSAYOS RELATIVOS A LAS CURVAS DE ERRORES Y A LA PERDIDA DE PRESION, DEBERAN PROPORCIONAR UN NUMERO DE PUNTOS SUFICIENTES PARA TRAZAR CON SEGURIDAD LAS CURVAS EN TODO EL CAMPO DE MEDIDA;

EL ESTUDIO ACELERADO DEL ENVEJECIMIENTO SE EFECTUARA EN LAS CONDICIONES QUE SE CONSIGNAN EN EL CUADRO SIGUIENTE:

( CUADRO OMITIDO )

ANTES DEL PRIMER ENSAYO Y DESPUES DE CADA SERIE DE ENSAYOS, SE DETERMINARAN, EN LAS MISMAS CONDICIONES, LOS ERRORES DE MEDIDA, POR LO MENOS, A LOS SIGUIENTES CAUDALES:

Q MIN -Q T -0,5 Q N -Q MAX

EN CADA ENSAYO, EL VOLUMEN SUMINISTRADO DEBE SER SUFICIENTE PARA QUE LA AGUJA O EL RODILLO DEL ESCALON DE VERIFICACION EFECTUE UNA O VARIAS VUELTAS COMPLETAS Y QUEDEN ELIMINADOS LOS EFECTOS DE LA DISTORSION CICLICA.

EL ENSAYO DE RESISTENCIA A LOS CHOQUES TERMICOS COMPRENDE 25 CICLOS, QUE SE REALIZARAN DEL MODO SIGUIENTE:

( CUADRO OMITIDO )

5.2.5 CONDICIONES DE APROBACION DE MODELO. UN MODELO DE CONTADOR SE APROBARA:

A) CUANDO CUMPLA LAS PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS, TECNICAS Y METROLOGICAS DE LA PRESENTE DISPOSICION;

B) CUANDO LOS ENSAYOS 1, 2 Y 3 PREVISTOS EN EL PUNTO 5.2.4.1 PONGAN DE MANIFIESTO QUE EL CONTADOR CUMPLE LAS CARACTERISTICAS METROLOGICAS Y TECNOLOGICAS DE LAS PARTES II Y III DEL PRESENTE ANEXO, Y

C) CUANDO DESPUES DE CADA ENSAYO DEL PROGRAMA DE ENVEJECIMIENTO ACELERADO, Y DESPUES DE LA PRUEBA DE RESISTENCIA A LOS CHOQUES TERMICOS, NO SE OBSERVE, EN RELACION CON LA CURVA INICIAL, VARIACION EN LA MEDIDA, SUPERIOR AL 1,5 POR 100 ENTRE Q T Y Q MAX , AMBOS INCLUSIVE, NI SUPERIOR AL 3 POR 100 ENTRE Q MIN INCLUSIVE Y Q T EXCLUSIVE.

5.3 CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO. EL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO PUEDE PREVER LA POSIBILIDAD DE REALIZAR, EN LA VERIFICACION PRIMITIVA, EL ENSAYO DE PRECISION CON AGUA FRIA.

SOLO SE ADMITIRA ESTA POSIBILIDAD CUANDO EN EL EXAMEN DE APROBACION DE MODELO, EL ESTUDIO REFERENTE A LAS NORMAS DE EQUIVALENCIA AGUA CALIENTE-AGUA FRIA, HAYA PERMITIDO REALIZAR UN ENSAYO DE PRECISION CON AGUA FRIA Y SE HAYA PODIDO CONSTATAR QUE, SI EL CONTADOR SATISFACE ESTE ENSAYO, RESPETA IGUALMENTE LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS A LOS QUE SE REFIERE EL PUNTO 2.1.

EN TAL CASO, EL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO INCLUIRA LA DESCRIPCION DE DICHO ENSAYO, CON SUS PRESCRIPCIONES Y, EN PARTICULAR, LAS REFERENTES A LOS ERRORES TOLERADOS Y A LOS CAUDALES DE ENSAYO.

VI. VERIFICACION PRIMITIVA

EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACION PRIMITIVA SE AJUSTARA A LO ESTABLECIDO EN LOS REALES DECRETOS 597/1988, DE 10 DE JUNIO, O 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE, SEGUN EL CASO.

6.1 MEDIOS DE VERIFICACION. EL LUGAR DE LA VERIFICACION PRIMITIVA DEBERA ESTAR AUTORIZADO POR EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA.

LA DISPOSICION DE LOS LOCALES Y DEL MATERIAL DE ENSAYO DEBERA PERMITIR EFECTUAR LA VERIFICACION CON PRECISION Y SEGURIDAD, Y SIN PERDIDAS INUTILES DE TIEMPO PARA EL AGENTE ENCARGADO DEL CONTROL. DEBERAN CUMPLIRSE LAS PRESCRIPCIONES DEL PUNTO 5.2.3, SALVO EN LO REFERENTE A LAS TEMPERATURAS, SI LOS ENSAYOS SE EFECTUAN CON AGUA FRIA, DE ACUERDO CON DISPOSICIONES EVENTUALES DEL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO. LA ORGANIZACION DEL BANCO DE ENSAYOS DEBERA PERMITIR DISPONER LOS CONTADORES EN SERIE. LA PRESION DE SALIDA DE TODOS LOS CONTADORES DEBERA SER SIEMPRE SUFICIENTE PARA QUE NO EXISTAN PERTURBACIONES EN SU FUNCIONAMIENTO, NI INTERFERENCIAS ENTRE LOS CONTADORES.

LA INSTALACION PODRA INCLUIR DISPOSITIVOS AUTOMATICOS, DERIVACIONES, REDUCCIONES DE SECCION, ETC., SIEMPRE QUE CADA CIRCUITRO DE ENSAYO, ENTRE LOS CONTADORES A VERIFICAR Y LOS DEPOSITOS DE CONTROL, ESTE CLARAMENTE DETERMINADO Y SU ESTANQUIDAD INTERNA PUEDA VERIFICARSE DE MANERA PERMANENTE.

SE AUTORIZA CUALQUIER SISTEMA DE ALIMENTACION DE AGUA, PERO EN CASO DE QUE FUNCIONEN EN PARALELO VARIOS CIRCUITOS DE ENSAYO, NO DEBERAN PRODUCIRSE INTERACCIONES INCOMPATIBLES CON LAS DISPOSICIONES DEL PUNTO 5.2.3.

CUANDO UN DEPOSITO DE CONTROL ESTE DIVIDIDO EN VARIAS CAMARAS, LA RIGIDEZ DE LOS TABIQUES DE SEPARACION DEBERA SER TAL QUE EL VOLUMEN DE UNA CAMARA NO PUEDA VARIAR EN MAS DEL 0,2 POR 100, SEGUN QUE LAS CAMARAS MAS PROXIMAS ESTEN LLENAS O VACIAS.

6.2 OPERACIONES DE CONTROL. LOS CONTADORES DEBERAN AJUSTARSE A UN MODELO APROBADO. LA VERIFICACION PRIMITIVA INCLUIRA ENSAYOS

DE ESTANQUIDAD Y DE PRECISION.

6.2.1 ENSAYO DE ESTANQUIDAD. DICHO ENSAYO PODRA REALIZARSE CON AGUA FRIA. SE REALIZARA CON UNA PRESION 1,6 VECES LA PRESION MAXIMA DE SERVICIO, DURANTE UN MINUTO. DURANTE EL ENSAYO, EL CONTADOR NO DEBERA PRESENTAR FUGAS NI FILTRACIONES A TRAVES DE LAS PAREDES.

6.2.2 ENSAYO DE PRECISION.

6.2.2.1 ENSAYO EFECTUADO CON AGUA CALIENTE. EL ENSAYO DE PRECISION SE EFECTUARA, EN PRINCIPIO, CON AGUA CALIENTE A UNA TEMPERATURA IGUAL A 50 +- 5 GRADOS CELSIUS Y, COMO MINIMO, A TRES CAUDALES, COMPRENDIDOS RESPECTIVAMENTE ENTRE:

A) 0,9 Q MAX Y Q MAX .

B) Q T Y 1,1 Q T .

C) Q MIN Y 1,1 Q MIN

DURANTE DICHO ENSAYO, EL CONTADOR DEBERA RESPETAR LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS PREVISTOS EN EL PUNTO 2.1.

CUANDO TODOS LOS ERRORES SEAN DEL MISMO SIGNO, DEBERA AJUSTARSE EL CONTADOR DE FORMA QUE NINGUNO DE DICHOS ERRORES SOBREPASE LA MITAD DEL ERROR MAXIMO TOLERADO.

6.2.2.2 ENSAYO EFECTUADO CON AGUA FRIA. EL ENSAYO DE PRECISION PODRA REALIZARSE CON AGUA FRIA, CUANDO ASI SE PREVEA EN EL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO. EN TAL CASO, EL ENSAYO SE EFECTUARA DE ACUERDO CON LAS MODALIDADES QUE SE HUBIERAN ESTABLECIDO EN DICHO CERTIFICADO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/12/1988
  • Fecha de publicación: 30/01/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 31/01/1989
  • Fecha de derogación: 30/10/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Metrología y metrotecnia

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