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Documento BOE-A-1988-24862

Orden de 6 de octubre de 1988 por la que se modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Maíz.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 1988, páginas 30849 a 30850 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1988-24862
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/10/06/(3)

TEXTO ORIGINAL

LA NECESIDAD DE ADAPTAR LA LEGISLACION ESPECIFICA EN MATERIA DE CONTROL Y CERTIFICACION DE SEMILLAS DE MAIZ A LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 66/402, ULTIMAMENTE MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 87/120/CEE, OBLIGA A MODIFICAR CONSECUENTEMENTE EL REGLAMENTO TECNICO DE CONTROL Y CERTIFICACION DE SEMILLAS DE MAIZ, APROBADO POR ORDEN DE 1 DE JULIO DE 1986.

EN CONSECUENCIA, DISPONGO:

PRIMERO. SE MODIFICA EL REGLAMENTO TECNICO DE CONTROL Y CERTIFICACION DE SEMILLAS DE MAIZ, APROBADO POR ORDEN DE 1 DE JULIO DE 1986, EN LOS TERMINOS QUE A CONTINUACION SE EXPONEN:

EN EL CAPITULO IV. PRODUCCION DE SEMILLA, LETRA B), NUMERO 3. , LA ULTIMA FRASE DEL PRIMER PARRAFO SE SUSTITUYE POR LA SIGUIENTE: <EL NUMERO MINIMO DE INSPECCIONES SERA DE UNA PARA LAS LINEAS PURAS E HIBRIDOS Y DE TRES PARA VARIEDADES DE POLINIZACION LIBRE>.

EN EL CAPITULO IV. PRODUCCION DE SEMILLA, LETRA C), NUMERO 4. , LA ULTIMA FRASE DEL PRIMER PARRAFO SE SUSTITUYE POR LA SIGUIENTE: <EL NUMERO MINIMO DE INSPECCIONES SERA DE UNA PARA HIBRIDOS Y DE TRES PARA VARIEDADES DE POLINIZACION LIBRE>.

ANEJO NUMERO 4. <PESO DE LOS LOTES Y DE LAS MUESTRAS>, SE SUSTITUYE POR EL SIGUIENTE CUADRO:

18.3,6 PESO

DE LA MUESTRA

PARA EFECTUAR

LOS CONTEOS

DE SEMILLA

DEL ANEJO 3

GRAMOS

14,6.3,6 PESO MINIMO

DE LA MUESTRA

A TOMAR

DE UN LOTE

GRAMOS

11.3,6 PESO MAXIMO

DEL LOTE

KILOGRAMOS

0.11 CATEGORIA DE SEMILLA

0.21,6

LINEA PURA COMO SEMILLA DE BASE 40.000 250 250

SEMILLA DE BASE DISTINTA DE LINEA PURA Y SEMILLA CERTIFICADA 40.000 1.000 1.000

EN EL PESO MAXIMO DE LOS LOTES SE ADMITE UNA TOLERANCIA DE HASTA EL 5 POR 100.

OBSERVACIONES:

LOS LOTES DE SEMILLAS DE BASE ESTARAN CONSTITUIDOS POR SEMILLAS PROCEDENTES DE UN SOLO CAMPO.

LOS LOTES DE SEMILLA CERTIFICADA PUEDEN PROCEDER DE UNA O VARIAS PARCELAS DE LA MISMA ZONA.

SEGUNDO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 6 DE OCTUBRE DE 1988.

ROMERO HERRERA

ILMO. SR.

DIRECTOR GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/10/1988
  • Fecha de publicación: 26/10/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 27/10/1988
Referencias anteriores
Materias
  • Cereales
  • Plantas
  • Semillas

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