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Documento BOE-A-1987-12552

Real Decreto 665/1987, de 30 de abril, por el que se modifica la cuantía en unidades de cuenta europeas (ECUS), que figura en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Estado, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 931/1986, de 2 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 1987, páginas 15416 a 15417 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1987-12552
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1987/04/30/665

TEXTO ORIGINAL

LA DISPOSICION ADICIONAL DECIMOSEPTIMA DE LA LEY 21/1986, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1987, AUTORIZA AL GOBIERNO PARA QUE, MEDIANTE REAL DECRETO PUEDA MODIFICAR, PARA ADAPTARLA A LAS DECISIONES DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA SOBRE LA MATERIA, LA CIFRA DE 140.000 UNIDADES DE CUENTA EUROPEAS QUE FIGURA EN EL ARTICULO 84 DE LA LEY DE CONTRATOS DEL ESTADO, EN LA REDACCION DADA AL MISMO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 931/1986, DE 2 DE MAYO.

EL DIARIO OFICIAL DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DE 25 DE NOVIEMBRE DE 1986 PUBLICA EL ACUERDO DE LA COMISION (86/C-300/02) EN EL QUE SE ESTABLECE QUE EL IMPORTE DE 140.000 ECUS MENCIONADO EN EL ARTICULO 3 DE LA DIRECTIVA 80/767/CEE SE ELEVA A 181.500 ECUS PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 1987, ACLARANDO QUE DICHO IMPORTE SE APLICARA, PARA EL MISMO PERIODO, EN EL CASO DE LOS CONTRATOS CUBIERTOS POR EL ACUERDO RELATIVO A LOS CONTRATOS PUBLICOS.

RESULTA NECESARIO, POR TANTO, HACER USO DE LA AUTORIZACION CONTENIDA EN LA LEY DE PRESUPUESTOS DE 1987, CON LA DOBLE FINALIDAD DE MANTENER VIGENTE LA ADAPTACION DE LA LEGISLACION DE CONTRATOS DEL ESTADO A LAS DISPOSICIONES COMUNITARIAS SOBRE CONTRATOS PUBLICOS Y NO HACER RECAER SOBRE LOS ORGANOS DE CONTRATACION OBLIGACIONES FORMALES DE PUBLICIDAD DE LOS RESPECTIVOS CONTRATOS, EN EL <DIARIO OFICIAL DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS>, DISTINTAS Y SUPERIORES A LAS QUE PESAN SOBRE LOS ORGANOS DE CONTRATACION DEL RESTO DE LOS PAISES COMUNITARIOS.

EN SU VIRTUD, PREVIO INFORME DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA, DE ACUERDO CON EL CONSEJO DE ESTADO, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE ECONOMIA Y HACIENDA Y PREVIA APROBACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DE 30 DE ABRIL DE 1987. DISPONGO:

ARTICULO UNICO. EL IMPORTE DE 140.000 UNIDADES DE CUENTA EUROPEAS (ECUS) QUE FIGURA EN EL ARTICULO 84 DE LA VIGENTE LEY DE CONTRATOS DEL ESTADO SE ELEVARA A 181.500 PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 1987.

DADO EN MADRID A 30 DE ABRIL DE 1987. JUAN CARLOS R.

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y HACIENDA,CARLOS SOLCHAGA CATALAN

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 30/04/1987
  • Fecha de publicación: 26/05/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 15/06/1987
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado del art. 84 de la Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Real Decreto Legislativo 931/1986, de 2 de mayo (Ref. BOE-A-1965-7156).
  • CITA Real Decreto Legislativo 931/1986, de 2 de mayo (Ref. BOE-A-1986-11657).
Materias
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Contratación de la Administración Institucional
  • Contratación de la Administración Local
  • Contratación de la Administración Militar

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