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Documento BOE-A-1986-33751

Ley 22/1986, de 23 de diciembre, por la que se conceden determinadas exenciones fiscales y aduaneras al Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA).

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 1986, páginas 42368 a 42368 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1986-33751
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1986/12/23/22

TEXTO ORIGINAL

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

La Comisión de las Comunidades Europeas y el Parlamento Europeo han decidido en 1983 auspiciar la creación de un Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) que, como entidad internacional de carácter privado, sin ánimo de lucro, sirva para facilitar y robustecer las relaciones políticas, económicas y culturales entre las Comunidades Europeas y los países de Iberoamérica.

El Gobierno, consciente de la importancia que una institución de este tipo puede tener para las relaciones entre la Comunidad Europea ampliada e Iberoamérica y movido por las razones de carácter histórico, político, cultural y económico que unen a España con los países iberoamericanos, decidió presentar la candidatura de Madrid para la sede europea del Instituto.

El Comité Organizador del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA), conjuntamente con las Comisiones para América Central y América Latina del Parlamento Europeo, establecieron los requisitos que deberían reunir las candidaturas para sede del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA), entre los que se contaba la concesión de unos beneficios de carácter fiscal y exenciones de derechos a la importación y a la exportación.

La concesión de estos beneficios y exenciones viene requerida por el hecho de que los fondos del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) provienen, en su inmensa mayoría, de las consignaciones que el Parlamento Europeo (que para la puesta en marcha y funcionamiento durante 1985 supone una dotación de 900.000 ECUs) aporta al Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA), cuyo origen son los recursos impositivos recaudados en los países miembros de la Comunidad Europea. Es criterio del Parlamento Europeo que dichas aportaciones se destinen íntegramente al fin previsto sin sufrir mermas de gravámenes impositivos o arancelarios que beneficien únicamente al país de sede.

La candidatura presentada por el Gobierno de España incluía, de acuerdo con los requisitos establecidos por el Comité Organizador del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) y las Comisiones para América Central y América Latina del Parlamento Europeo, el compromiso de solicitar a las Cortes la concesión de exenciones de carácter fiscal y de derechos a la exportación y a la importación.

El Comité Organizador del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) y las Comisiones para América Central y América Latina del Parlamento Europeo han decidido oficialmente el 25 de abril de 1985, aceptando la candidatura presentada por España, establecer la sede europea del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) en Madrid. El Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) ha sido constituido, de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos, como Asociación no lucrativa de nacionalidad española e inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior.

La importancia que España concede a sus relaciones con Iberoamérica en el momento actual y como país miembro de la Comunidad Europea a partir del 1 de enero de 1986, y el compromiso adquirido en la candidatura española para la sede del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) hacen conveniente la concesión al Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) de beneficios fiscales y exenciones de derechos a la importación y a la exportación.

Artículo 1.

El Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) estará exento del Impuesto sobre Sociedades por los ingresos que perciba en el ejercicio de la actividad reconocida en sus Estatutos.

La exención no alcanzará a los rendimientos que el Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) pudiera obtener por el ejercicio de explotaciones económicas, los derivados de su patrimonio cuando se halle cedido, los sometidos a retención, ni a los incrementos de patrimonio.

Artículo 2.

El personal adscrito, con carácter permanente, al servicio del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) estará exento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por los sueldos y emolumentos percibidos del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA). No obstante, la cuantía de dichos sueldos y emolumentos se tendrá en cuenta a efectos de calcular el tipo de gravamen aplicable a las restantes rentas, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La anterior exención no es aplicable al personal de nacionalidad española, ni al que residiera en España con anterioridad a la fecha de su contratación por el Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA).

Artículo 3.

Las importaciones o exportaciones de artículos destinados al uso oficial del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) estarán exentas de derechos a la importación o a la exportación, asimismo estarán exentas de todo tipo de prohibiciones o restricciones.

Los artículos y vehículos importados por el Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA), en régimen de exención de derechos a la importación cuando sean vendidos o cedidos en territorio español, deberán ser importados a consumo, previo cumplimiento de las formalidades exigidas con carácter general y abono de los derechos e impuestos que correspondan.

De acuerdo con la reglamentación española aplicable en la materia, el Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) podrá importar temporalmente, con franquicia de derechos e impuestos, un vehículo automóvil oficial.

Los miembros del personal del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) de nacionalidad extranjera disfrutarán de la posibilidad de importar y exportar en franquicia de derechos e impuestos su mobiliario personal, así como un vehículo automóvil, de conformidad con la legislación española sobre la materia.

Los miembros del personal del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) de nacionalidad española y residentes en España antes de la fecha de su contratación por el Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) no disfrutarán de los beneficios anteriormente mencionados.

DISPOSICIÓN FINAL

Los beneficios concedidos en la presente Ley se otorgarán desde el día de la constitución legal del Instituto de Relaciones Europeo-Latinoamericanas (IRELA) en España.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 23 de diciembre de 1986.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 23/12/1986
  • Fecha de publicación: 30/12/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 19/01/1987
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la vigencia del art. 2, por Ley 40/1998, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-28472).
Materias
  • Aduanas
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Instituto de Relaciones Europeo Latinoamericanas
  • Vehículos de motor

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