Está Vd. en

Documento BOE-A-1984-9199

Orden de 12 de abril de 1984 por la que se establecen Administraciones de Hacienda en la Delegación de Hacienda Especial de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1984, páginas 11151 a 11151 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1984-9199
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/04/12/(9)

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de llevar a cabo el proceso de establecimiento de Administraciones de Hacienda, y haciendo uso de la autorización que concede la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero, procede aprobar la relación completa de Administraciones que han de funcionar, incluyendo en ella, por tanto, también las ya establecidas, estén o no en funcionamiento.

Esta relación se debe hacer para cada Delegación de Hacienda especial, con el fin de presentar con criterios de uniformidad la nueva realidad que proporciona mayor eficacia a la gestión tributaria.

En su virtud,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.-En el ámbito territorial de la Delegación de Hacienda especial de Valencia existirán las siguientes Administraciones de Hacienda:

1. Delegación de Hacienda de Alicante:

a) Alcoy.

b) Denia.

c) Elche.

d) Elda.

e) Orihuela.

f) Benidorm.

g) Villena.

2. Delegación de Hacienda de Castellón:

a) Castellón-Centro-Sur.

b) Vinaroz.

3. Delegación de Hacienda de Valencia:

a) Valencia-Grao.

b) Valencia-Norte.

c) Alcira.

d) Catarroja.

e) Gandía.

f) Játiva.

g) Liria.

h) Manises.

i) Moncada.

j) Requena

k) Sagunto

l) Sueca.

m) Torrente.

Segundo.-El ámbito territorial de cada una de las Administraciones de Hacienda, a que se refiere el número anterior es el que se señala en el anexo que se acompaña a esta Orden.

Tercero.-La distribución de las Administraciones de Hacienda que se establece en el número primero para la Delegación de Hacienda especial de Valencia, sustituye, en su caso, a la prevista en Ordenes anteriores para las respectivas Delegaciones de Hacienda.

Cuarto.-Por Orden ministerial se determinará la estructura orgánica, las funciones y la fecha de iniciación de las actividades de cada una de las Administraciones de Hacienda que se establecen.

Madrid, 12 de abril de 1984.-P. D., el Secretario de Estado de Hacienda, José Borrell Fontelles.

ANEXO

Ambito territorial de las Administraciones de Hacienda

1. Delegación de Hacienda de Alicante:

a) Alcoy.-Comprende el área de la Zona Recaudatoria de Alcoy.

b) Denia.-Comprende el área de la Zona Recaudatoria de Denia.

c) Elche.-Comprende el área de la Zona Recaudatoria de Elche.

d) Elda.-Comprende el área de la Zona Recaudatoria de Elda.

e) Orihuela.-Comprende el área de la Zona Recaudatoria de Orihuela.

f) Benidorm.-Comprende el área de la Zona Recaudatoria de Villajoyosa.

g) Villena.-Comprende el aérea de la Zona Recaudatoria de Villena.

2. Delegación de Hacienda de Castellón:

a) Castellón-Centro-Sur.-Comprende todos los pueblos de la provincia, excepto los incluidos en la Zona Recaudatoria de Vinaroz.

b) Vinaroz.-Comprende el aérea de la Zona Recaudatoria de Vinaroz.

3. Delegación de Hacienda de Valencia:

a) Valencia-Grao.-Comprende el área geográfica delimitada por los distritos postales 10 y 11 y 20, 21, 22, 23 y 24.

b) Valencia-Norte.-Comprende el área geográfica delimitada por los distritos postales 9, 15, 19 y 25.

c) Alcira.-Comprende la Zona Recaudatoria de Alcira.

d) Catarroja.-Comprende el área geográfica de la Zona Recaudatoria Sexta de Valencia.

e) Gandía.-Comprende el área geográfica de la Zona Recaudatoria de Gandía.

f) Játiva.-Comprende el aérea geográfica de las Zonas Recaudatorias de Játiva y Onteniente.

g) Liria.-Comprende el área geográfica de la Zona Recaudatoria de Liria.

h) Manises.-Comprende los restantes municipios de la Zona Recaudatoria 5. de Valencia: Manises, Mislata, Paterna y Quart de Poblet.

i) Moncada.-Comprende los restantes municipios de la Zona Recaudatoria 5. de Valencia: Albalat dels Sorells, Alboraya, Albuixech, Alfara del Patriarca, Almacera, Bonrrepós y Mirambell, Burjasot, Foyos, Godella, Meliana, Moncada, Rocafort, Tabernes Blanques y Vinalesa.

j ) Requena.-Comprende el área geográfica de las Zonas Recaudatorias de Requena y Ayora.

k) Sagunto.-Comprende el área geográfica de la Zona Recaudatoria de Sagunto.

l) Sueca.-Comprende el área geográfica de la Zona Recaudatoria de Sueca.

m) Torrente.-Comprende los municipios incluidos en la Zona Recaudatoria 7. de Valencia: Alacuás, Aldaya, Alfaro, Catadau, Chirivella, Llombay, Monserrat, Montroy y Real de Montroy.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/04/1984
  • Fecha de publicación: 23/04/1984
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACION, creando una Administración: Orden de 31 de julio de 1991 (Ref. BOE-A-1991-20448).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 154, de 28 de junio de 1984 (Ref. BOE-A-1984-14516).
Referencias anteriores
Materias
  • Administraciones de Hacienda
  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas
  • Delegaciones de Hacienda
  • Ministerio de Economía y Hacienda

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid