Contido non dispoñible en galego
Vista la propuesta elevada por el excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Extremadura, en solicitud de modificación del Plan de Estudios del segundo ciclo de la Facultad de Ciencias, Sección de Biología (especialidad Fundamental), dependiente de dicha Universidad, aprobado por Orden ministerial de 23 de noviembre de 1981 (<Boletín Oficial del Estado> de 12 de enero de 1982);
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de Planes de Estudio de Facultades Universitarias;
Considerando que esta modificación no implica aumento del gasto público;
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por la Junta Nacional de Universidades, y con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.- Modificar el Plan de Estudios del segundo ciclo de la Facultad de Ciencias, Sección de Biología (especialidad Fundamental), dependiente de la Universidad de Extremadura, introduciendo en él las siguientes modificaciones:
Añadir a las asignaturas optativas de quinto curso de la <Especialidad Fundamental> las asignaturas: <Edafología> y <Zoología (Procordados y Vertebrados)>.
Sustituir la asignatura optativa de 5. curso de la Especialidad Fundamental <Enzimología> por <Bioquímica especial>.
Madrid, 28 de septiembre de 1984.- P. D. (Orden de 27 de marzo de 1982, <Boletín Oficial del Estado> de 3 de abril), el Director general de Enseñanza Universitaria, Emilio Lamo de Espinosa.
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