De acuerdo con el informe emitido por la Junta Nacional de Universidades en la sesión celebrada el 7 de julio de 1983, en relación con las equiparaciones y analogías a la plaza de <Gramática histórica de la lengua catalana> de Facultades de Filologia;
Vista la autorización contenida en la disposición final primera del Real Decreto 1324/1981, de 19 de junio,
Este Ministerio ha dispuesto:
1. Sustituir la declaración de analogías contenida en la Orden ministerial de 27 de julio de 1981, <Boletín Oficial del Estado> de 1 al 11 de septiembre (aprobatoria del cuadro general de equiparaciones y analogías), en lo relativo a la plaza de <Gramática histórica de la lengua catalana> de Facultades de Filología, sustuyendo las equiparaciones y analogías declaradas a esta plaza por las que a continuación se detallan:
Equiparadas
<Dialectología catalana>.
<Historia de la lengua catalana>.
Análogas
<Lengua y Literatura catalanas.>
<Lengua catalana>.
<Lingüística catalana>.
<Lengua valenciana>.
<Lingüística valenciana>
<Literatura catalana>.
En segundo lugar, es decir, después de agotar las precedentes:
<Lingüística románica>.
<Filogía románica>.
<Historia de las literaturas románicas y Comentario estilístico de textos clásicos y modernos románicos>.
En tercer lugar, es decir, después de agotar las anteriores:
<Gramática histórica española>.
<Gramática histórica francesa>.
<Gramática histórica italiana>.
<Historia de la lengua española>.
2. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 7 de septiembre de 1983.- P. D. (Orden de 27 de marzo de 1982), el Director general de Enseñanza Universitaria, Emilio Lamo de Espinosa Michels.
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