Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el excelentísimo señor Rector magnifico de la Universidad de Extremadura en solicitud de aprobación del plan de estudios del segundo ciclo de la Sección de Biológicas de la Facultad de Ciencias de dicha Universidad;
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de planes de estudios de las Facultades Universitarias;
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 37,1, de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, y visto el informe favorable de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha dispuesto aprobar, con efectos de 1 de octubre de 1980, el plan de estudios del segundo ciclo de la Sección de Biológicas de la Facultad de Ciencias dependiente de la Universidad de Extremadura, que quedará estructurada conforme figura en el anexo de la presente Orden.
Lo digo a V. I. a los efectos oportunos.
Madrid, 23 de noviembre de 1981.‒P. D. (Ordenes ministeriales de 18 de junio de 1979 y 15 de marzo de 1981), el Director general de Ordenación Universitaria y Profesorado, Angel Viñas Martín.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Universitaria y Profesorado.
Especialidad fundamental
Cuarto curso:
«Fisiología vegetal».
«Fisiología animal».
«Ampliación de Bioquímica».
«Biología celular».
Quinto curso:
«Ampliación de Microbiología».
«Ecología».
«Ampliación de Genética».
Una asignatura a elegir entre:
«Biología molecular».
Enzimología».
Microbiología industrial».
Especialidad de Zoología
Cuarto curso:
«Fisiología vegetal».
«Fisiología animal».
«Invertebrados».
«Edafología».
Quinto curso:
«Ecología».
«Cordados».
«Etología».
Una asignatura a elegir entre:
«Biología celular».
«Paleontología».
«Zoología aplicada».
Especialidad de Botánica
Cuarto curso:
«Fisiología vegetal».
«Fisiología animal».
«Criptógamia».
«Edafología».
Quinto curso:
«Ecología».
«Fanerogamia».
«Geobotánica».
Una asignatura a elegir entre:
«Biología celular».
«Paleontología».
«Botánica aplicada».
Observaciones generales:
El acceso al segundo ciclo supondrá haber aprobado todas las asignaturas del primero.
Cada asignatura tendrá un horario semanal de tres horas teóricas y tres horas prácticas.
La Facultad pondrá en vigor las tres especialidades, de acuerdo con sus disponibilidades dé plazas de profesorado Y medios materiales.
La Facultad desarrollará en cada curso académico aquellas asignaturas optativas, de las indicadas anteriormente, que sus medios le permitan, y que cuentan con un mínimo de diez alumnos matriculados.
Al término del segundo ciclo, los alumnos podrán realizar una tesina o reválida para 1a obtención del grado de Licenciado, requisito que será, en todo caso, necesario para poder acceder a las enseñanzas del tercer ciclo.
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