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Documento BOE-A-1982-4416

Cambios que este Banco aplicará a las operaciones que realice por su propia cuenta durante la semana del 22 de febrero de 1982, salvo aviso en contrario.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 1982, páginas 4599 a 4599 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1982-4416

TEXTO ORIGINAL

Banco de España

Billetes de Banco extranjeros

Cambios que este Banco aplicará a las operaciones que realice por su propia cuenta durante la semana del 22 al 28 de febrero de 1982, salvo aviso en contrario.

 

Comprador

Pesetas

Vendedor

Pesetas

Billetes correspondientes a las divisas convertibles admitidas a cotización en el mercado español:

   
1 dólar USA:    
  Billete grande (1). 98,64 102,34
  Billete pequeño (2). 97,65 102,34
1 dólar canadiense. 80,90 84,34
1 franco francés. 16,45 17,07
1 libra esterlina. 183,59 190,47
1 libra irlandesa (4). 147,27 152,79
1 franco suizo. 52,52 54,49
100 francos belgas. 220,57 228,84
1 marco alemán. 41,87 43,44
100 liras italianas (3). 7,84 8,63
1 florín holandés. 38,16 39,59
1 corona sueca (4). 17,09 17,81
1 corona danesa. 12,69 13,23
1 corona noruega. 16,55 17,25
1 marco finlandés (4). 21,88 22,81
100 chelines austríacos. 594,26 619,52
100 escudos portugueses (5). 137,96 143,82
100 yens japoneses. 42,28 43,59

Otros billetes:

   
1 dirham. 14,36 14,96
100 francos CFA. 33,03 34,06
1 cruceiro. 0,58 0,60
1 bolívar. 22,60 23,29
1 peso mejicano.

No disponible

1 rial árabe Saudita. 28,67 29,56
1 dinar kuwaití. 340,92 351,46

(1) Esta cotización es aplicable para los billetes de 10 dólares USA y denominaciones superiores.

(2) Esta cotización es aplicable para los billetes de 1, 2 y 5 dólares USA.

(3) Cambios aplicables para billetes de denominaciones de hasta 50.000 liras, inclusive.

(4) Queda excluida la compra de billetes de denominaciones superiores a 100 coronas suecas, loo marcos finlandeses y 20 libras irlandesas.

(5) Las compras so limitan a residentes en Portugal y sin exceder de 5.000 escudos por persona.

Madrid, 22 de febrero de 1982.

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