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Documento BOE-A-1982-11349

Orden de 12 de mayo de 1982 por la que se da nueva redacción al número 2 del artículo 18 del Reglamento de Estaciones de Aficionado aprobado por Orden de 28 de febrero de 1979.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 1982, páginas 12793 a 12793 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1982-11349
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1982/05/12/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

Por diversas Sociedades y Entidades de radioaficionados se ha solicitado que los exámenes fijados para el mes de julio se realicen en el de junio, puesto que su celebración en el primero de los meses citados, iniciado ya el período de vacaciones estivales con los consiguientes desplazamientos del domicilio habitual, supone una serie de inconvenientes para los interesados que pueden evitarse atendiendo la petición precitada.

En su virtud, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Correos y Telecomunicación, ha resuelto:

Primero.

El apartado 2 del artículo 18 del Reglamento de Estaciones de Aficionado, aprobado por Orden de 28 de febrero de 1979, quedará redactado como sigue:

«Los exámenes se realizarán en los meses de febrero, junio y octubre de cada año, dándose a cada una de las diversas pruebas que se detallan en el apartado 1 del presente artículo, así como al conjunto de las mismas, la calificación de “apto” o “deficiente”.»

Segundo.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 12 de mayo de 1982.

GAMIR CASARES

Ilmo. Sr. Director general de Correos y Telecomunicación.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/05/1982
  • Fecha de publicación: 17/05/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 18/05/1982
  • Fecha de derogación: 07/04/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 2 del art. 18 del Reglamento aprobado por Orden de 28 de febrero de 1979 (Ref. BOE-A-1979-8007).
Materias
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Radioaficionados

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