Ilustrísimo señor:
Por diversas Sociedades y Entidades de radioaficionados se ha solicitado que los exámenes fijados para el mes de julio se realicen en el de junio, puesto que su celebración en el primero de los meses citados, iniciado ya el período de vacaciones estivales con los consiguientes desplazamientos del domicilio habitual, supone una serie de inconvenientes para los interesados que pueden evitarse atendiendo la petición precitada.
En su virtud, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Correos y Telecomunicación, ha resuelto:
El apartado 2 del artículo 18 del Reglamento de Estaciones de Aficionado, aprobado por Orden de 28 de febrero de 1979, quedará redactado como sigue:
«Los exámenes se realizarán en los meses de febrero, junio y octubre de cada año, dándose a cada una de las diversas pruebas que se detallan en el apartado 1 del presente artículo, así como al conjunto de las mismas, la calificación de “apto” o “deficiente”.»
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 12 de mayo de 1982.
GAMIR CASARES
Ilmo. Sr. Director general de Correos y Telecomunicación.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid