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Ilustrísimo señor:
Las circunstancias que aconsejaron en su día la ordenación comercial del sector cañizo y consiguiente creación del Registro Especial de Exportadores de Cañizo ya no se dan en la actualidad.
Eh consecuencia, este Departamento ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Queda derogada la Orden del Ministerio de Comercio de 20 de marzo de 1973 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de abril).
Se faculta al Director general de Exportación para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo anteriormente ordenado.
La presente Orden ministerial entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que digo a V. I.
Madrid, 6 de abril de 1981.
GARCIA DIEZ
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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