Ilmo. Sr.: Considerando que en la Orden ministerial de 27 de julio de 1981 (por la que se aprueba el cuadro general de equiparaciones y analogías de las distintas Facultades universitarias) no está incluida la plaza de «Topología diferencial (a término)» de Facultades de Ciencias;
Vista la autorización contenida en la disposición final primera del Real Decreto 1324/1981, de 19 de junio, y previo informe favorable de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha dispuesto:
Declarar equiparaciones, y analogías a las plazas de «Topología diferencial (a término)» de Facultades de Ciencias, de acuerdo con el siguiente cuadro:
Equiparadas: «Geometría diferencial», «Geometría 5.º (Geometría diferencial)», «Geometría 1.º y 5.º (Trigonometría y Geometría diferencial)», «Geometría 4.º y 5.º», «Topología».
Análogas: «Algebra y Topología», «Geometría 2.º (Topología)», «Geometría Analítica y Topología».
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de noviembre de 1981.–P. D. (Orden ministerial de 16 de marzo de 1981), el Director general de Ordenación Universitaria y Profesorado. Angel Viñas Martín.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Universitaria y Profesorado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid