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Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el excelentísimo señor Rector Magnifico de la Universidad de Málaga en solicitud de aprobación del plan de estudios de la División de Biología de la Facultad de Ciencias, dependiente de la misma;
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de los planes de estudios de las Facultades Universitarias, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, y visto el informe favorable de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha dispuesto:
Aprobar el plan de estudios de la División de Biología de la Facultad de Ciencias, dependiente de la Universidad de Málaga, que quedará estructurado conforme figura en el anexo de la presente Orden, y siempre que la implantación del mismo no suponga aumento del gasto público.
Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Madrid, 28 de septiembre de 1981.‒P. D. (Orden ministerial de 18 de junio de 1979), el Director general de Ordenación Universitaria y Profesorado, Angel Viñas Martin.
Ilmo Sr. Director general de Ordenación Universitaria y Profesorado.
Para el acceso al segundo ciclo los alumnos deberán acreditar un conocimiento de lengua inglesa suficiente para el uso de textos científicos escritos en otro idioma.
Las asignaturas optativas para poder impartirse necesitarán un mínimo de diez alumnos matriculados.
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