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Documento BOE-A-1981-24954

Real Decreto 2451/1981, de 20 de agosto, por el que se prorroga la resolución tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de turbinas de vapor para centrales nucleares de 700 a 1.250 MW., de potencia (P. A. 84 05.B).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 27 de octubre de 1981, páginas 25167 a 25167 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1981-24954
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/08/20/2451

TEXTO ORIGINAL

El Decreto mil cuatrocientos treinta y uno/mil novecientos setenta y tres, de siete de junio («Boletín Oficial del Estado» de tres de julio), aprobó la resolución tipo para la fabricación mixta de turbinas de vapor para centrales nucleares de setecientos a mil doscientos cincuenta MW. de potencia, con una vigencia de cuatro años. Esta resolución tipo he sido modificada por Decreto ciento doce/mil novecientos setenta y cinco, de dieciséis de enero («Boletín Oficial del Estado» de cinco de febrero) y prorrogada y modificada por Real Decreto dos mil cuatrocientos veintiuno/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de julio («Boletín Oficial del Estado» de veintitrés de septiembre).

Persistiendo las mismas circunstancias que aconsejaron su establecimiento y posterior prórroga y considerando que está prevista la aprobación de algunas autorizaciones particulares, al amparo de la resolución tipo, es conveniente proceder nuevamente a la prórroga de su plazo de vigencia.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Comercio, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de agosto de mil novecientos ochenta y uno,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda prorrogada por cuatro años, a partir de la fecha de su caducidad, la vigencia de la resolución tipo establecida por Decreto mil cuatrocientos treinta y uno/mil novecientos setenta y tres, de siete de junio, para la fabricación mixta de turbinas de vapor para centrales nucleares de setecientos a mil doscientos cincuenta MW. de potencia.

Artículo 2.

El presente Real Decreto entraré en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca a veinte de agosto de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Economía y Comercio,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 20/08/1981
  • Fecha de publicación: 27/10/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 27/10/1981
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Resolución tipo aprobada por Decreto 1431/1973, de 7 de junio (Ref. BOE-A-1973-913).
  • CITA:
Materias
  • Bienes de equipo
  • Energía eléctrica
  • Energía nuclear
  • Importaciones

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