Ilmo. Sr.: Por el artículo 3.º de la Ley 18/1978, de 15 de marzo, sobre creación de una Universidad con sede en Palma de Mallorca, se dispone la creación de una Comisión Gestora que desempeñará las funciones docentes y administrativas en tanto sean designados los órganos de gobierno de dicha Universidad.
Con la reciente designación de Rector, parece aconsejable proceder a la creación de los órganos de asistencia en el ejercicio de sus funciones, previstos en el artículo 85 de la Ley General de Educación, dando asimismo satisfacción a la petición de creación de la Junta de Gobierno que ha sido formulada por la Comisión Gestora y el Rectorado de la Universidad.
Conforme al párrafo dos del citado artículo 85, la competencia y composición de la Junta de Gobierno debe terminarse en los Estatutos de la Universidad, de los cuales carece la de referencia. Por tanto, es necesario proceder a la creación de dicho órgano con carácter provisional hasta tanto sean aprobados los correspondientes Estatutos, estableciendo en su composición la participación de los estamentos mencionados en el artículo 85 de la Ley General de Educación.
Por todo ello, y en virtud de la autorización establecida en la disposición final primera de la Ley 18/1978, de 15 de marzo,
Este Ministerio ha dispuesto:
Autorizar la creación y funcionamiento provisional de la Junta de Gobierno de la Universidad de Palma de Mallorca, cuya composición, hasta tanto sean aprobados sus Estatutos, será la siguiente: El Rector, los Vicerrectores, los Decanos de las Facultades, los Directores de las Escuelas Universitarias, el Director del Instituto de Ciencias de la Educación, un representante del Profesorado interino o contratado de cada una de las Facultades y Escuelas Universitarias, un representante del alumnado de cada una de las Facultades y Escuelas Universitarias, dos representantes del personal no docente de la Universidad, un Catedrático o Profesor agregado o numerario de Universidad, un Profesor adjunto numerario de Universidad, un Catedrático o Profesor agregado numerario de Escuelas Universitarias, el Gerente y el Secretario general de la Universidad.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 22 de junio de 1981.–P. D., el Secretario de Estado de Universidades e Investigación, Manuel Cobo del Rosal.
Ilmo. Sr. Director general de Programación Económica y Servicios.
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