Ilustrísimos señores:
De acuerdo con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados 1981, aprobado por el Consejo de Ministros de fecha 6 de marzo de 1981, en lo que se refiere al seguro combinado de helada y pedrisco en cítricos (producciones de naranja, mandarina, limón y pomelo, campaña 1982-83), y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios,
Este Ministerio ha dispuesto:
Las condiciones técnicas mínimas de cultivo de cítricos serán aquellas que estén establecidas en cada comarca, según el criterio de la tradición y el buen quehacer del agricultor.
No obstante, se fijan unas prácticas culturales tradicionales mínimas, consistentes en dos labores anuales, excepto en las plantaciones que se realiza la práctica de «no cultivo», y un abonado tipo según lo empleado en cada comarca y para cada variedad.
De todas formas, será obligación inexorable el cumplimiento de cuantas normas sean dictadas por los Órgano competentes del Ministerio de Agricultura y Pesca, tanto en lucha antiparasitaria, tratamientos integrales, incluso medidas culturales o preventivas. La no observancia de tales normas significará la pérdida de los derechos del asegurado que no las cumpla.
Dejar en libertad al agricultor para la fijación de los rendimientos a efectos de a declaración del seguro. No obstante, estos rendimientos estimados deberán ajustarse a las esperanzas reales de producción.
Los precios a aplicar únicamente a los efectos del seguro, pago de primas e importe de indemnizaciones en caso de siniestro, para el seguro combinado de helada y pedrisco en cítricos, serán:
Naranjas. Navelina, Newhall, Navel y Salustiana, a elegir libremente por el agricultor, entre: 13,50 y 16 pesetas/kilogramo.
– Cadenera, Castella, Blancas comunes, Sanguina, Vema y Amargas: 13 pesetas/kilogramo.
– Navelate; 30 pesetas/kilogramo.
– Valencia late: 25 pesetas/kilogramo.
Mandarinas. Clementina fina, Oroval, Nules, Clausellina y Wilking: 24 pesetas/kilogramo.
– Satsuma, Común, Karb y Monreál: 13 pesetas/kilogramo.
Limón. Todo: 26 pesetas/kilogramo.
Pomelo. Todo: 15 pesetas /kilogramo.
El periodo de suscripción del seguro combinado de helada y pedrisco en cítricos será:
Opción A.
Naranja, mandarina, limón y pomelo: Iniciación, 1 de diciembre de 1981. Final, 31 de marzo de 1982.
Opción B.
Naranja, mandarina, limón y pomelo: Iniciación, 1 de abril do 1982. Final, 31 de octubre de 1982.
Se encomienda a la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y al Servicio de Extensión Agraria las funciones de fomento y divulgación de este seguro, a cuyo efecto dichos Organismos podrán coordinar sus acciones apoyándolas, en su caso, en las Delegaciones Provinciales de este Ministerio, otros Organismos de la Administración del Estado y en las Comunidades Autónomas y Entes Preautonómicos.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 3 de agosto de 1981.
LAMO DE ESPINOSA
limos. Sres.: Presidente del FORPPA, Director general de la Producción Agraria. Director general de Investigación y Capacitación Agrarias, Director del IRA y Presidente de ENESA.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid