El Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de julio del presente año, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra la Ley 4/1981, de 18 de marzo, del Parlamento Vasco, sobre designación de Senadores representantes de Euskadi, publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» correspondiente al día 12 de mayo de 1981. Y se hace saber que en mencionado recurso se ha invocado por el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, que produce desde el día 15 de julio actual, fecha de la formalización, la suspensión de la vigencia y aplicación de los artículos 2 (íntegro:; 5, en sus párrafos segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto: 6, en sus párrafos primero y tercero, y en el inciso final del segundo párrafo que dice; «y, en todo caso, el finalizar la legislatura del Parlamento Vasco en la que fueron nombrados»: 7 (íntegro); e inciso final de la disposición transitoria («y los candidatos que resultaren electos ostentarán su mandato en el Senado durante el tiempo de vigencia de la actual legislatura»); de la citada Ley del Parlamento Vasco 4/1981, de 18 de marzo.
Por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, se publica para general conocimiento.
Madrid, 17 de julio de 1981.‒El Presidente del Tribunal Constitucional. Manuel García-Pelayo y Alonso.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid