Ilustrísimo señor:
Dispuesta por el artículo sexto de la Ley 7/1981, de 25 de marzo, reguladora del canon sobre la producción de energía, eléctrica, la autoliquidación del mismo mediante declaraciones-liquidaciones trimestrales, ajustadas al modelo que determine el Ministerio de Hacienda, y a presentar en la Delegación de Hacienda donde las Empresas suministradoras tengan su domicilio fiscal, en los meses de abril, julio, octubre y enero de cada año, con referencia al trimestre natural inmediatamente anterior, se hace preciso establecer el modelo de referencia.
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien aprobar el modelo 340 de declaración-liquidación del canon sobre la producción de energía eléctrica anexo a la presente Orden.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 22 de junio de 1981.
GARCIA AÑOVEROS
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