Ilmo. Sr.: Vista la propuesta que eleva el excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Oviedo, en solicitud de aprobación de las normas para la obtención del grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, dependiente de la citada Universidad;
Considerando que la Junta de Gobierno de la Universidad de Oviedo informó favorablemente de esta propuesta en sesión celebrada el día 25 de febrero de 1980 y visto el dictamen favorable de la Junta Nacional de Universidades, emitido con fecha 17 de abril del presente año,
Este Ministerio ha dispuesto:
Aprobar las normas para la obtención del grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, dependiente de la Universidad de Oviedo, según se indica a continuación:
Se podrá obtener el grado de Licenciado, una vez superadas todas las materias que componen la Licenciatura, a través de dos opciones, por la superación de un examen o par la redacción de un trabajo de investigación en torno a un tema relacionado con las disciplinas que se cursan en la Facultad y de conformidad con las normas que a continuación se establecen:
1. Los graduandos que deseen acogerse al sistema de examen podrán hacerlo Indicándolo así en el momento de formalizar la matricula.
1.1. El examen constará de las pruebas siguientes:
a) Ejercicio oral, consistente en la exposición durante un plazo máximo de una hora, de un tema sacado a la suerte de entre aquellos que figuren en un cuestionario de 35, referentes a las siguientes áreas de conocimiento:
Areas | Rama Empresariales | Rama Economía general |
---|---|---|
Derecho y Sociología. | 6 | 6 |
Métodos cuantitativos. | 6 | 6 |
Historia Económica, Política, Económica y Estructura económica. | 6 | 9 |
Teoría Económica. | 6 | 10 |
Economía de la Empresa y Contabilidad. | 11 | 4 |
El alumno podrá disponer de un plazo previo de tres horas par la consulta de la documentación que estime conveniente en la preparación del tema sacado a suerte. Terminada la exposición por el graduando éste deberá contestar a cuantas preguntas y observaciones le formule el Tribunal sobre el tema.
b) Ejercicio escrito sobre un tema interdisciplinar de carácter general determinado por el Tribunal y tendente a valorar la aptitud profesional y la formación intelectual del graduando. Para su elaboración se podrá consultar la documentación que se crea conveniente. El Tribunal señalará discrecionalmente el tiempo máximo para la realización de esta prueba.
c) Ejercicio práctico que consistirá en la resolución de un problema o comentario de un texto en un tiempo máximo de tres horas, que fijará el Tribunal.
1.2. Para obtener el grado de Licenciado será necesario superar las tres pruebas de una misma convocatoria.
1.3. El Tribunal, al efecto designado al comienzo de cada curso académico, deberá constar, al menos, de tres Doctores, uno por cada área temática. El Tribunal establecerá el contenido de los programas, al menos seis meses antes de la fecha del examen
1.4. Se establecen dos convocatorias, que tendrán lugar en los meses de julio y octubre, para las que regirán los mismos programas.
2. Los graduandos que deseen acogerse al sistema de presentación de un tema de investigación observarán las siguientes normas:
a) El trabajo habrá de realizarse bajo la dirección de un Doctor, sea o no Profesor de la Facultad, a propuesta del departamento o cátedra correspondiente, a cuyo efecto los alumnos podrán solicitar dicha dirección a partir del cuarto curso de estudios de Licenciatura. Al otorgarla, el Director deberá comunicarlo al departamento o cátedra correspondiente.
b) Concluidos los estudios de Licenciatura el graduando solicitará se juzgue el trabajo realizado, a cuyo fin presentará cinco ejemplares, debidamente mecanografiados y encuadernados, con el informe del Director y del departamento a que corresponda. El señor Decano deberá comunicar su presentación a los Profesores de la Facultad y disponer de un plazo máximo de quince días para su conocimiento. En el caso de que algún miembro de la Facultad formulara, en escrito razonado, reparos al trabajo realizado, se votará secretamente por la Junta de Facultad el pase o rechazo de la Tesis de Licenciatura.
c) Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, el señor Decano de la Facultad, a propuesta de la Junta de la misma, designará en el plazo de quince días un Tribunal, compuesto por tres miembros que deberán ser Doctores, sean o no Profesores de la Facultad, quienes dispondrán de un plazo máximo de un mes para dar a conocer la calificación, tras a defensa por su autor de la tesis sustentada, en sesión pública oportunamente convocada. En el acto de lectura de la tesis el graduando expondrá un resumen del trabajo idealizado, así como su justificación, pudiendo el Tribunal efectuar las observaciones que estime pertinentes.
d) La calificación podrá ser de aprobado, notable y sobresaliente. En el caso de que el Tribunal considerase que la tesis no mereciera ser aprobada, indicará las modificaciones que deban introducirse en el trabajo, antes de ser juzgado nuevamente. Tenidas en cuenta éstas, habrá de presentarlo de nuevo para iniciar los trámites anteriormente establecidos.
Lo comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 27 de mayo de 1980.–P. D., el Director general de Ordenación Académica v Profesorado, Vicente Gandía Gomar
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.
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