La Orden ministerial número 22.641, de 28 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» número 209), del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dispone que ciertos buques mercantes nacionales instalen un equipo «receptor de sintonía fija para la escucha en la frecuencia radiotelefónica de socorro de 2182 kHz».
Por Resolución de esta Subsecretaría número 27.531, de 17 de octubre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» número 265), corregida por la Resolución número 10.750, de 30 de marzo de 1979 («Boletín Oficial del Estado» número 98), se puso en vigor la especificación número C-002, «Características técnicas del receptor para la escucha de socorro en la frecuencia de 2182 kHz».
En el punto 5.1.2 de dicha Resolución se dice que los receptores con números de aprobación 31.001 al 31.004 se sustituirán antes de la fecha que oportunamente se ordenará.
Siendo, pues, preciso el fijar dichas fechas, se dispone lo siguiente:
1. Los receptores con los números de aprobación 31.001 al 31.004, ambos inclusive, no serán válidos para cumplir la obligación que establece la Orden ministerial número 22.641, de 28 de julio de 1978, en el apartado b) del artículo segundo. En consecuencia, dichos receptores, instalados en los buques, deberán ser sustituidos por otros aprobados por esta Subsecretaría que satisfagan la especificación número C-002, en las fechas que se indican a continuación.
1.1. Antes del 1 de julio de 1980 los instalados en los buques que obligados a llevar dicho receptor efectúen viajes internacionales.
1.2. Antes del 1 de julio de 1982 los instalados en los restantes buques que considera la citada Orden ministerial.
Madrid, 28 de diciembre de 1979.−El Subsecretario, Miguel Ignacio de Aldasoro Sandberg.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid