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Documento BOE-A-1979-8310

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza industria de servicio público de suministro de agua potable a Zaorejas (Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 1979, páginas 7240 a 7240 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-8310

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Zaorejas;

Teniendo en cuenta el informe favorable emitido por la Delegación Provincial de este Ministerio en Guadalajara,

Esta Dirección General, de acuerdo con lo dispusto en el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el Real Decreto 378/1977, de 25 de febrero, ha resuelto autorizar las instalaciones de suministro de agua a Zaorejas, con arreglo a las condiciones siguientes:

Primera.

La autorización que se otorga al Ayuntamiento de Zaorejas es intransferible, salvo autorización expresa de esta Dirección General, y en ningún caso podrá ser enajenada con independencia de las instalciones a que se refiere.

Segunda.

Las instalaciones habrán de ajustarse a las características siguienes:

a) Capacdad aproximada de suministro: 100 metros cúbicos por día.

b) Descripción de las instalciones: El agua se capta de un manantial y es elevada, por medio de dos grupos motobombas de 25 C. V. cada uno y a través de una tubería de fibrocemento de 2.000 metros de longitud y 100 milímetros de diámetro, hasta un depósito enterrado de 50 metros cúbicos de capacidad. Desde este depósito es impulsada, mediante dos grupos motobombas de 25 C. V. ya través de una tubería de fibrocemento de 2.225 metros de longitud y 100 milímetros de diámetro, hasta un depósito regulador de 100 metros cúbicos de capacidad, del cual parte la red de distribución, que tiene 100 metros de longitud y 60, 70 y 80 milímetros de diámetro.

c) Valor de las instalciones: 6.557.000 pesetas.

Tercera.

Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a la condición segunda, será necesario obtener autorización de esta Dirección General.

Cuarta.

Se faculta a esa Delegación Provincial para aprobar las condiciones concretas de aplicción e introducir las modificaciones de detalle que pudieran ser convenientes.

Quinta.

Las condiciones sanitarias y de potabilidad del agua destinada al suministro habrán de ajustarse a las normas y disposiciones en vigor sobre esta materia.

Sexta.

La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización en el momento en que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas, por la inexactitud de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo justifique.

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a V. S.

Madrid, 20 de diciembre de 1978 —El Director general, P. D., el Subdirector general de Combustibles, Antonio Martín Díaz.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Emergía en Guadalajara.

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