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Documento BOE-A-1979-8193

Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación por la que se anuncia única convocatoria del Cupo Global número 4, «Conservar de frutas».

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 1979, páginas 7174 a 7175 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-8193

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Política Arancelaria e Importación, en uso de la facultad atribuida por el Apartado 4.° de la Orden de fecha 3 de agosto de 1959, ha resuelto abrir el Cupo Global número 4 en única convocatoria «Conservas de frutas». Partidas Arancelarias

  20.03

  20.04

  20.05

Ex. 20.06

  20.07-B

con erreglo a las siguientes normas:

1.ª El cupo se abre por el 100 por 100 de su importe anual, establecido por la Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación de 1 de febrero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» número 35).

2.ª Las peticiones se formularán en los impresos habituales (solicitudes de importación para mercancías globalizadas) que se facilitarán en el Registro General de este Ministerio o en los de sus Delegaciones Regionales.

3.ª Las solicitudes de importación deberán presentarse dentro del plazo de veinte días, contados a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución.

El plazo de presentación de las licencias será de quince días a partir de la fecha de salida de los ejemplares GA-4.

4.ª En cada solicitud deberán figurar únicamente mercancías incluidas en una sola de las Partidas Arancelarias indicadas anteriormente.

5.ª En la casilla de la solicitud correspondiente a especificación se indicarán detalladamente la mercancía a importar y la partida arancelaria exacta que le corresponda.

6.ª La firma importadora deberá facilitar, además de las especificaciones que figuran en la solicitud de licencia de importación, las que hagan referencia a antigüedad de la firma, capacidad en metros cúbicos de sus almacenes e importaciones realizadas en los tres últimos años, tanto de las mercancías objeto del Cupo como de cualquier otro producto agropecuario.

Madrid, 12 de marzo de 1979.‒El Director general, José Ramón Bustelo y García del Real.

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