En el recurso contencioso-administrativo número 265/76, interpuesto por «Frío, Frutos y Derivados, S. A.» (FRUDESA), contra resoluciones de este Registro de 25 de noviembre de 1974 y 24 de noviembre de 1975 se ha dictado, con fecha 2 de junio de 1978, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que/desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Frío, Frutos y Derivados, Sociedad Anónima" (FRUDESA), contra acuerdos del Registro de la Propiedad Industrial de fechas veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro y veinticuatro de noviembre de mil novecientos setenta y cinco, por los que denegó la inscripción de la marca "Delirio" a favor de la actora, debemos declarar tales acuerdos conformes con el ordenamiento jurídico; sin hacer especial imposición de costa».
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 28 de febrero de 1979.−El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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