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Documento BOE-A-1979-8064

Orden de 12 de marzo de 1979 sobre acoplamiento de cátedras, equiparaciones y analogías en las Escuelas Universitarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 1979, páginas 7070 a 7075 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-8064
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/03/12/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Como consecuencia de la integración en las Universidades como Escuelas Universitarias de las Escuelas Técnicas de Grado Medio, de Escuelas de Comercio y de Escuelas Normales del Magisterio, sus planes de estudio han sufrido una profunda transformación al implantarse en aquéllas un plan experimental que esté en armonía con su nuevo nivel educativo.

Por ello se hace necesario el acoplamiento de las cátedras y plazas del profesorado auxiliar, adjunto o el nuevo de agregados con las denominaciones anteriores, a las que realmente corresponde, de acuerdo con las asignaturas que imparten dichas Escuelas Universitarias.

Asimismo, al unificarse en un solo Cuerpo de Catedráticos y otro de Profesores Agregados de Escuelas Universitarias los tres Cuerpos de Profesorado de las antiguas Escuelas, se hace preciso determinar el cuadro de equiparaciones y analogías entre las distintas ramas, que deben regir en los concursos de traslado y acceso y en la formación de Tribunales y Comisiones especiales.

En su virtud, este Ministerio, de acuerdo con los informes de la Junta Nacional de Universidades y del Consejo Nacional de Educación, ha dispuesto lo siguiente:

1.º Las actuales denominaciones de las cátedras y plazas del profesorado adjunto, auxiliar o agregado en las Escuelas Universitarias, equivalentes a las que tenían anteriormente las Escuelas Técnicas de Grado Medio, de Escuelas de Comercio y de Escuelas Normales del Magisterio, quedan reflejadas en el anexo I de esta Orden.

2.º 1. Por el desdoblamiento en las Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado de EGB de las cátedras de Lengua y Literatura, Ciencias Naturales, Filosofía, Física y Química, Geografía e Historia y Pedagogía, los actuales titulares de ellas solicitarán de este Ministerio, según sus preferencias y grado de especialización, su adscripción como titulares a una de las denominaciones de las cátedras nuevas que figuran en el anexo I, o en caso contrario podrán continuar siendo titulares, a todos los efectos, de las denominaciones que actualmente desempeñan, siendo informadas estas peticiones en la misma forma que se especifica en el número 2.º, 7.

Se aclara, no obstante, que este desdoblamiento no implica el aumento de dotaciones por estar distribuida actualmente la totalidad de la plantilla presupuestaria, por lo que cada Escuela conserva las que le fueron asignadas en, la Orden de 20 de febrero de 1973 para las cátedras y la de 17 de junio de 1974 de los Profesores adjuntos.

2. En las Escuelas donde se encuentren vacantes cátedras, agregadurías o adjuntías de Lengua y Literatura, Ciencias Naturales, Filosofía, Física y Química, Geografía e Historia y Pedagogía, y que no estén convocadas a concurso de traslado por los distintos Rectorados, se elevarán, con los mismos requisitos especificados en los párrafos anteriores, propuestas de adscripción a una de las dos cátedras con las nuevas, denominaciones.

3. En el supuesto de que existan convocadas a concurso de traslado plazas de las disciplinas señaladas en el párrafo anterior, estando en tramitación a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», los Profesores propuestos deberán optar igualmente por quedar adscritos a una de las dos nuevas denominaciones mencionadas.

4. Los Profesores que se encuentran en situación de supernumerarios o excedentes voluntarios podrán participar en los concursos de traslado que en lo sucesivo convoquen para plazas que se haya optado queden con las anteriores denominaciones o para las de las nuevas.

5. Los Catedráticos, Profesores agregados o Profesores adjuntos que actualmente sean titulares de plazas que comprenden la totalidad de las enseñanzas de Lengua y Literatura, Ciencias Naturales, Filosofía, Física y Química, Geografía e Historia y Pedagogía, e independientemente del uso que hagan del derecho de opción expresado, podrán participar en los concursos de traslado o de acceso que se convoquen a cátedras o plazas que tengan la denominación que corresponda a la otra especialidad no elegida por el concursante.

6. En tanto no sean dotadas la totalidad de las plazas desdobladas, los titulares de cualquiera de ellas, sea cualquiera la opción que hayan ejercitado, vendrán obligados a impartir la totalidad de las enseñanzas de Lengua y Literatura, Ciencias Naturales, Filosofía, Física y Química, Geografía e Historia y Pedagogía en las mismas circunstancias que hasta ahora se encontraban.

7. Tanto el derecho de opción del profesorado que resulte afectado como las propuestas que deben enviar las Universidades según las normas especificadas anteriormente, deberán ser informadas por la Junta de la Escuela y la Junta de Gobierno de la Universidad respectiva y remitirse a este Ministerio en el plazo de quince días, a contar del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

3.º En los anexos II y III figuran las equiparaciones y analogías entre las distintas ramas que regirán en los concursos de traslado y acceso de Catedráticos y Profesores agregados de Escuelas Universitarias, así como en la formación de Tribunales y Comisiones especiales.

Se emplea la definición de «equiparada» en armonía con la que se viene utilizando en el sector docente universitario, según lo previsto en el artículo 15 del Decreto 1873/1965, de 16 de junio. En cuanto a las cátedras que se declaran análogas son aquellas que, por su contenido o metodología, podrán ser tenidas en cuenta, a falta de equiparadas, para la formación de Tribunales, quedando, por lo tanto, aclaradas otras definiciones recogidas en disposiciones anteriores.

4.º Por la Dirección General de Universidades se dictarán cuantas resoluciones sean pertinentes para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 12 de marzo de 1979.

CAVERO LATAILLADE

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

ANEXO I
Equivalencia de cátedras de Escuelas Universitarias

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ANEXO II
Equiparaciones entre cátedras de Escuelas Universitarias considerándose como equiparadas las que figuran dentro de cada agrupación y con reciprocidad en todas

Agrupación 1.ª

Grupo I, «Matemáticas», de Industrial.

Grupo I, «Matemáticas Técnicas», de Minera.

Grupo I, «Matemáticas», de Naval.

Grupo I, «Matemáticas», de Forestal.

Grupo I, «Matemáticas», de Telecomunicación.

Grupo I, «Matemáticas», de Agrícola.

Grupo I, «Matemáticas», de Aeronáutica.

Grupo I, «Matemáticas», de Arquitectura.

Grupo I, «Matemáticas», de Obras Públicas.

Grupo I, «Matemáticas», de Topografía.

Grupo II, «Matemáticas II», de Industrial.

«Matemáticas Empresariales», de Estudios Empresariales.

«Matemáticas y su Didáctica», del Profesorado de E. G. B.

Agrupación 2.ª

Grupo III, «Dibujo I», de Industrial.

Grupo V, «Dibujo Técnico», de Minera.

Grupo XI, «Tecnología Naval», de Naval.

Grupo IV, «Dibujo», de Forestal.

Grupo V, «Topografía y Dibujo», de Agrícola.

Grupo VI, «Dibujo y Sistemas de Representación», de Aeronáutica.

Grupo IV, «Dibujo», de Obras Públicas.

Grupo IV, «Dibujo», de Industrial.

Grupo VI, «Representaciones Cartográficas», de Topografía.

Agrupación 3.ª

Grupo V, «Física», de Industrial.

Grupo II, «Física Técnica», de Minera.

Grupo II, «Física», de Naval.

Grupo II, «Física», de Forestal.

Grupo II, «Física», de Telecomunicación.

Grupo II, «Física», de Agrícola.

Grupo II, «Física», de Aeronáutica.

Grupo II, «Mecánica y ampliación de Física», de Arquitectura.

Grupo II, «Física», de Obras Públicas.

Grupo IV, «Física», de Topografía.

«Tecnología Industrial», de Estudios Empresariales.

«Física y su Didáctica», del Profesorado de E. G. B.

Agrupación 4.ª

Grupo VI, «Química I», de Industrial.

Grupo VII, «Química II», de Industrial.

Grupo VIII, «Química III», de Industrial.

Grupo IX, «Química IV», de Industrial.

Grupo IV, «Química aplicada», de Minera.

Grupo III, «Química», de Naval.

Grupo III, «Química», de Forestal.

Grupo III, «Química», de Telecomunicación.

Grupo III, «Química general y agraria», de Agrícola.

Grupo VIII, «Análisis agrario, Agrología y Climatología», de Agrícola.

Grupo III, «Química», de Aeronáutica.

Grupo III, «Química», de Obras Públicas.

«Productos básicos comerciales», de Estudios Empresariales.

«Química y su didáctica», del Profesorado de E. G. B.

Agrupación 5.ª

Grupo XI, «Electricidad I», de Industrial.

Grupo XII, «Electricidad II», de Industrial.

Grupo XIII, «Electricidad III», de Industrial.

Agrupación 6.ª

Grupo XIV, «Mecánica I», de Industrial.

Grupo XV, «Mecánica II», de Industrial.

Grupo VI, «Mecánica y resistencia de materiales», de Obras Públicas.

Agrupación 7.ª

Grupo XVIII, «Electrónica», de Industrial.

Grupo XIII, «Electrónica», de Aeronáutica.

Agrupación 8.ª

Grupo XIX, «Metalurgia», de Industrial.

Grupo XIII, «Metalurgia», de Minera.

Agrupación 9.ª

Grupo XX, «Organización y economía de Empresa», de Industrial.

Grupo XVII, «Organización industrial», de Telecomunicación.

«Economía de la Empresa», de Estudios Empresariales.

Agrupación 10

Grupa XXI, «Hilaturas», de Industrial.

Grupo XXII, «Tejidos», de Industrial.

Agrupación 11

Grupo XXIII, «Química textil», de Industrial.

Grupo XXIV, «Tintorería», de Industrial.

Agrupación 12

Grupo VII, «Geología», de Minera.

«Geología y su didáctica», del Profesorado de E. G. B.

Agrupación 13

Grupo V, «Construcción naval», de Naval.

Grupo VIII, «Resistencia de materiales», de Naval.

Agrupación 14

Grupo IV, «Biología general y aplicada», de Agrícola.

Grupo VII, «Genética y Fitopatología», de Agrícola.

«Biología y su didáctica», del Profesorado de E. G. B.

Agrupación 15

Grupo X, «Fitotecnia y cultivos extensivos», de Agrícola.

Grupo XII, «Cultivos hortícolas e intensivos», de Agrícola.

Agrupación 16

Grupo VIII, «Aeronaves y misiles y resistencia de materiales», de Aeronáutica.

Grupo VIII, «Resistencia de materiales», de Navales.

Agrupación 17

Grupo II, «Mecánica y ampliación de Física», de Arquitectura.

Grupo XI, «Resistencia de materiales y cálculo estructural», de Arquitectura.

Agrupación 18

Grupo V, «Dibujo arquitectónico I», de Arquitectura.

Grupo VI, «Dibujo arquitectónico II», de Arquitectura.

Agrupación 19

Grupo VIII, «Construcción I, II y III», de Arquitectura.

Grupo IX, «Construcción IV y V», de Arquitectura.

Agrupación 20

«Técnicas de expresión», de Estudios Empresariales.

«Lengua española y su didáctica», del Profesorado de E. G. B.

«Literatura y su didáctica», del Profesorado de E. G. B.

Agrupación 21

«Estructura económica», de Estudios Empresariales.

«Economía», de Estudios Empresariales.

Agrupación 22

«Historia económica», de Estudios Empresariales.

«Historia y su didáctica», del Profesorado de E. G. B.

Agrupación 23

«Derecho», de Estudios Empresariales.

«Derecho laboral», de Estudios Empresariales.

Agrupación 24

«Contabilidad general», de Estudios Empresariales.

«Contabilidad aplicada», de Estudios Empresariales.

Agrupación 25

«Francés», de Estudios Empresariales.

«Lengua francesa y su didáctica», del Profesorado de E. G. B.

Agrupación 26

«Inglés», de Estudios Empresariales.

«Lengua inglesa y su didáctica», del Profesorado de E. G. B.

ANEXO III,
Analogías entre Cátedras de Escuelas Universitarias

Agrupación 2.ª, con grupo VI, «Topografía», de Minera; grupo VI, «Topografía», de Forestal.

Agrupación 3.ª, con grupo VII, «Astronomía», de Topografía.

Agrupación 4.ª, con grupo X, «Química V», de Industrial; grupo V, «Materiales», de Obras Públicas.

Agrupación 5.ª, con agrupación 7.ª (con reciprocidad).

Agrupación 5.ª, con grupo III, «Electrotecnia», de Minera.

Agrupación 6.ª, con grupo XVI, «Mecánica III», de Industrial; grupo XVII, «Mecánica IV», de Industrial (con reciprocidad).

Agrupación 8.ª, con agrupación 4.ª; grupo XVII, «Mecánica IV», de Industrial.

Agrupación 10, con agrupación 11 (con reciprocidad).

Agrupación 15, con grupo XIII, «Cultivos leñosos», de Agrícola (con reciprocidad).

Agrupación 16, con grupo IV, «Mecánica», de Naval (con reciprocidad).

Agrupación 23, con «Hacienda pública y derecho tributario», de Estudios Empresariales (con reciprocidad).

Agrupación 24, con «Economía de la Empresa», de Estudios Empresariales (con reciprocidad).

Grupo X, Laboreo de minas», de Minera, con grupo XIV, «Preparación de minas y explosivos», de Minera (con reciprocidad).

Grupo V, «Construcción naval», de Naval, con grupo X, «Teoría del buque», de Naval (con reciprocidad).

Grupo VII, «Ordenación», de Forestal, con grupo V, «Botánica forestal», de Forestal; grupo IX, «Selvicultura y Pasticultura», de Forestal (con reciprocidad).

Grupo IX, «Motores y máquinas forestales», de Forestal, con grupo XI, «Industrias de los productos forestales», de Forestal (con reciprocidad).

Grupo IV, «Tecnología aeronáutica», de Aeronáutica, con grupo XIV, «Navegación, circulación y tráfico aéreo», de Aeronáutica.

Grupo V, «Mecánica general y aplicada», de Aeronáutica, con agrupación 16, grupo X, «Fabricación y organización de talleres aeronáuticos», de Aeronáutica.

Grupo XI, «Motores», de Aeronáutica, con grupo XII, «Sistemas auxiliares del motor», de Aeronáutica.

Grupo III, «Materiales de construcción», de Arquitectura, con agrupación 19, grupo XI, «Resistencia de materiales y cálculo estructural», de Arquitectura.

Grupo V, «Dibujo arquitectónico I», de Arquitectura, con agrupación 18, grupo VII, «Oficina técnica», de Arquitectura (con reciprocidad).

Grupo VII, «Construcción I, II y III», de Arquitectura, con agrupación 19, grupo III, «Materiales de construcción», de Arquitectura; grupo X, «Instalaciones de la edificación», de Arquitectura; grupo XIII, «Mediciones, presupuestos y valoraciones», de Arquitectura; grupo XIV, «Organización y control de obras», de Arquitectura (con reciprocidad).

Grupo XII, «Legislación y economía aplicada», de Arquitectura, con grupo VII, «Oficina técnica», de Arquitectura; grupo XIV, «Organización y control de obras», de Arquitectura; grupo XIII, «Mediciones, presupuestos y valoraciones», de Arquitectura (con reciprocidad).

Grupo IX, «Hidráulica», de Obras Públicas, con grupo XIV, «Obras hidráulicas», de Obras Públicas (con reciprocidad).

Grupo X, «Construcciones», de Obras Públicas, con grupo V, «Materiales», de Obras Públicas.

Grupo XVI, «Servicios municipales», de Obras Públicas..., con grupo XVII, «Urbanismo», de Obras Públicas (con reciprocidad).

Grupo II, «Aparatos topográficos», de Topografía..., con grupo V, «Métodos topográficos», de Topografía (con reciprocidad).

«Estructura económica», de Estudios Empresariales, con agrupación 21, «Historia económica», de Estudios Empresariales; «Economía de la Empresa», de Estudios Empresariales; «Política económica de la Empresa», de Estudios Empresariales (con reciprocidad).

«Técnicas de expresión», de Estudios Empresariales, con «Francés», «Inglés», «Alemán», «Italiano» y «Portugués», de Estudios Empresariales.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/03/1979
  • Fecha de publicación: 22/03/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 23 de marzo de 1983, que declara la nulidad, por Orden de 20 de febrero de 1984 (Ref. BOE-A-1984-14492).
  • SE AMPLÍA equiparaciones y Analogias, por Orden de 28 de abril de 1983 (Ref. BOE-A-1983-18684).
  • SE AÑADE una nueva Catedra en la relación del Anexo II por Orden de 1 de junio de 1979 (Ref. BOE-A-1979-16121).
  • SE CORRIGEN errores, por Orden de 28 de marzo de 1979 (Ref. BOE-A-1979-11697).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 90, de 14 de abril de 1979 (Ref. BOE-A-1979-10195).
Referencias anteriores
Materias
  • Cátedras
  • Escuelas Universitarias
  • Oposiciones y concursos

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